Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 1999 (03/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 1999

Que, mediante las resoluciones administrativas de la vista, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, constituyo el Despacho Colectivo de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, integrado por dos Magistrados, quienes desde el 3 de MORDAZA al 3 de MORDAZA del presente ano, asumirian la carga procesal de los expedientes en estado de ejecucion; prorrogandose hasta el dia 3 de setiembre del ano en curso; Que, por Resolucion Administrativa Nº 274-99-PCSJL del 5 de MORDAZA ultimo, en el Articulo Octavo, se designo a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guarachi, como Juez Provisional del Despacho Colectivo de Apoyo del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, encargada de los Procesos en Ejecucion y Procesos Contenciosos en tramite, a partir del 6 de MORDAZA del ano en curso; Que, por Resolucion Administrativa Nº 281-99-PCSJL, del dia 6 de MORDAZA pasado, en el Articulo Tercero, se ratifico en el cargo a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del Despacho Colectivo de Apoyo del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, encargada de los Procesos en Ejecucion y Procesos No Contenciosos, Laborales y Penales en tramite; Que, la puesta en funcionamiento del Despacho Colectivo de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA ha dado resultados y logros positivos para la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, pues de las estadisticas y el Informe evacuado por la Comision Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, se advierte que se ha logrado reducir notablemente la carga procesal que venia siendo soportada por los dos juzgados en referencia, brindando de esta forma una inmediata y efectiva administracion de justicia a favor de los justiciables, asi como se ha logrado tener un real y efectivo manejo de los expedientes y documentos que vienen siendo conocidos en cada uno de los Despachos; sin embargo, advirtiendose que el Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA ha sobrepasado a la fecha la cantidad ideal para el buen manejo de los procesos, siendo su carga aproximada de 4,490 expedientes, conforme se advierte del Informe emitido por la Comision Distrital de Control de la Magistratura, se hace necesario disenar la estrategia necesaria a fin de equiparar en forma estandarizada la carga procesal entre los cuatro Juzgados de Paz, razones por las cuales resulta conveniente y pertinente disponer la prorroga del funcionamiento de los Juzgados Colectivos de Apoyo, por espacio de 60 dias, con el objetivo de seguir disminuyendo la carga procesal existente hasta llegar a la meta de la carga procesal cero, asimismo, disponer que el ingreso de las demandas a partir del 3 de setiembre proximo, sea en forma proporcional y aleatorio por orden de ingreso entre los Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA y San MORDAZA a excepcion del Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA hasta la equiparacion y estandarizacion de los cuatro juzgados; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad de la sede judicial a su cargo, dirigiendo la politica del Poder Judicial emanada de la Comision Ejecutiva en coordinacion con la Secretaria Ejecutiva, por lo que asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas dictadas para la mejor organizacion y funcionamiento de las dependencias que conforman su Distrito Judicial; Que, estando a lo expuesto y en merito de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la prorroga del Funcionamiento del Despacho Colectivo de Apoyo integrado por dos Magistrados de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, por el termino de 60 dias, esto es, del 6 de setiembre al 2 de noviembre del ano en curso. Articulo Segundo.- ROTAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA GUARACHI, Juez del Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, designandola como Juez del MORDAZA Juzgado Colectivo de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, a partir del 6 de setiembre del ano en curso.

Articulo Tercero.- ROTAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del MORDAZA Juzgado Colectivo de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, designandola como Juez del Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, a partir del 6 de setiembre del presente ano. Articulo Cuarto.- DISPONER a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion, que el Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, asi como el MORDAZA Juzgado Colectivo de Paz Letrado de dicho distrito, recepcionen las demandas nuevas y denuncias que son de competencia de los Jueces de Paz Letrado hasta que alcancen una carga similar a la del Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado; para tal fin, DEJESE SIN EFECTO la subespecializacion dispuesta por la Resolucion Administrativa Nº 213-99-PCSJL del 23 de MORDAZA pasado; y en la eventualidad que la carga procesal supere la carga promedio, su distribucion sera en forma equitativa entre los cuatro Juzgados de Paz Letrados, bajo responsabilidad del Jefe de la Mesa de Partes Unica de dichos Juzgados; asimismo, se debe nivelar la carga procesal que conoce cada Secretario, debiendose efectuar una distribucion equitativa al volumen, nivelacion que estara a cargo de cada Juzgado, bajo responsabilidad. Articulo Quinto.- DISPONER que el Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, siga conociendo la carga procesal asignada por la Resolucion Administrativa Nº 213-99-P-CSJL, asi como la carga procesal existente, la que asciende a 4,490 expedientes, hasta lograr la estandarizacion general entre los cuatro Juzgados de Paz Letrado. Articulo Sexto.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA continue supervisando la labor jurisdiccional de los cuatro Magistrados, quienes daran cuenta de la produccion jurisdiccional, cada fin de mes, bajo inventario con caracter de Declaracion Jurada; de igual modo, supervisara la depuracion de los expedientes que se encuentran en estado de archivo, remitiendo los mismos al Archivo Transitorio de los Juzgados Civiles. Articulo Setimo.- DISPONER que la Presidencia del Equipo Especial en coordinacion con la CODICMA, cumplan con presentar el Informe de Evaluacion, precisando los avances, logros y resultados, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Administrativa Nº 213-99-PCSJL. Articulo Octavo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, de la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, de la Presidencia del Equipo Especial y de los Magistrados comprendidos en la presente, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 11271

Designan jueces suplentes de juzgados especializado en lo civil de MORDAZA y de paz letrado de MORDAZA MORDAZA del Triunfo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 399-99-P-CSJL MORDAZA, 2 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, por consiguiente puede designar, rotar, promover y remover, segun el requerimiento de la necesidad de servicios y respetando la especialidad a los Magistrados

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