NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (03/09/1999)
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Pág. 177418 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante las resoluciones administrativas de la vista, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, constituyó el Despacho Colectivo de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrado de Surco y San Borja, integrado por dos Magistrados, quienes desde el 3 de mayo al 3 de julio del presente año, asumirían la carga procesal de los expedientes en estado de ejecución; prorrogándose hasta el día 3 de setiembre del año en curso; Que, por Resolución Administrativa Nº 274-99-P- CSJL del 5 de julio último, en el Artículo Octavo, se designó a la doctora Nancy Isabel Medrano Guarachi, como Juez Provisional del Despacho Colectivo de Apoyo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, encargada de los Procesos en Ejecución y Procesos Con- tenciosos en trámite, a partir del 6 de julio del año en curso; Que, por Resolución Administrativa Nº 281-99-P- CSJL, del día 6 de julio pasado, en el Artículo Tercero, se ratificó en el cargo a la doctora Gloria Elizabeth Calde- rón Paredes, como Juez Suplente del Despacho Colectivo de Apoyo del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, encargada de los Procesos en Ejecución y Procesos No Contenciosos, Laborales y Penales en trá- mite; Que, la puesta en funcionamiento del Despacho Co- lectivo de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrado de Surco y San Borja ha dado resultados y logros positivos para la Corte Superior de Justicia de Lima, pues de las estadís- ticas y el Informe evacuado por la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, se advierte que se ha logrado reducir notable- mente la carga procesal que venía siendo soportada por los dos juzgados en referencia, brindando de esta forma una inmediata y efectiva administración de justicia a favor de los justiciables, así como se ha logrado tener un real y efectivo manejo de los expedientes y documentos que vienen siendo conocidos en cada uno de los Despa- chos; sin embargo, advirtiéndose que el Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado de Surco y San Borja ha sobrepasado a la fecha la cantidad ideal para el buen manejo de los procesos, siendo su carga aproximada de 4,490 expedientes, conforme se advierte del Informe emitido por la Comisión Distrital de Control de la Magis- tratura, se hace necesario diseñar la estrategia necesa- ria a fin de equiparar en forma estandarizada la carga procesal entre los cuatro Juzgados de Paz, razones por las cuales resulta conveniente y pertinente disponer la prórroga del funcionamiento de los Juzgados Colectivos de Apoyo, por espacio de 60 días, con el objetivo de seguir disminuyendo la carga procesal existente hasta llegar a la meta de la carga procesal cero, asimismo, disponer que el ingreso de las demandas a partir del 3 de setiembre próximo, sea en forma proporcional y aleatorio por orden de ingreso entre los Juzgados de Paz Letrados de Surco y San Borja a excepción del Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado de Surco y San Borja hasta la equiparación y estandarización de los cuatro juzgados; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad de la sede judicial a su cargo, dirigiendo la política del Poder Judicial emanada de la Comisión Ejecutiva en coordinación con la Secretaría Ejecutiva, por lo que asume competencia administrati- va, siendo responsable del cumplimiento de las disposi- ciones administrativas dictadas para la mejor organiza- ción y funcionamiento de las dependencias que confor- man su Distrito Judicial; Que, estando a lo expuesto y en mérito de las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la prórroga del Fun- cionamiento del Despacho Colectivo de Apoyo integrado por dos Magistrados de los Juzgados de Paz Letrado de Surco y San Borja, por el término de 60 días, esto es, del 6 de setiembre al 2 de noviembre del año en curso. Artículo Segundo.- ROTAR a la doctora NANCY ISABEL MEDRANO GUARACHI, Juez del Primer Juz- gado Colectivo de Paz Letrado de Surco y San Borja, designándola como Juez del Segundo Juzgado Colectivo de Paz Letrado de Surco y San Borja, a partir del 6 de setiembre del año en curso.Artículo Tercero .- ROTAR a la doctora GLORIA ELIZABETH CALDERON PAREDES, Juez del Segun- do Juzgado Colectivo de Paz Letrado de Surco y San Borja, designándola como Juez del Primer Juzgado Co- lectivo de Paz Letrado de Surco y San Borja, a partir del 6 de setiembre del presente año. Artículo Cuarto.- DISPONER a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, que el Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, así como el Segundo Juzgado Colectivo de Paz Letrado de dicho distrito, recepcionen las demandas nuevas y denuncias que son de competencia de los Jueces de Paz Letrado hasta que alcancen una carga similar a la del Primer Juzgado Colectivo de Paz Letrado; para tal fin, DEJESE SIN EFECTO la subespecialización dis- puesta por la Resolución Administrativa Nº 213-99-P- CSJL del 23 de abril pasado; y en la eventualidad que la carga procesal supere la carga promedio, su distribución será en forma equitativa entre los cuatro Juzgados de Paz Letrados, bajo responsabilidad del Jefe de la Mesa de Partes Unica de dichos Juzgados; asimismo, se debe nivelar la carga procesal que conoce cada Secretario, debiéndose efectuar una distribución equitativa al volu- men, nivelación que estará a cargo de cada Juzgado, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- DISPONER que el Primer Juzga- do Colectivo de Paz Letrado de Surco y San Borja, siga conociendo la carga procesal asignada por la Resolución Administrativa Nº 213-99-P-CSJL, así como la carga procesal existente, la que asciende a 4,490 expedientes, hasta lograr la estandarización general entre los cuatro Juzgados de Paz Letrado. Artículo Sexto.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA continúe supervisando la labor jurisdiccio- nal de los cuatro Magistrados, quienes darán cuenta de la producción jurisdiccional, cada fin de mes, bajo inventa- rio con carácter de Declaración Jurada; de igual modo, supervisará la depuración de los expedientes que se encuentran en estado de archivo, remitiendo los mismos al Archivo Transitorio de los Juzgados Civiles. Artículo Sétimo.- DISPONER que la Presidencia del Equipo Especial en coordinación con la CODICMA, cumplan con presentar el Informe de Evaluación, preci- sando los avances, logros y resultados, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 213-99-P- CSJL. Artículo Octavo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judi- cial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, de la Presi- dencia de la Comisión Distrital de Control de la Magis- tratura, de la Presidencia del Equipo Especial y de los Magistrados comprendidos en la presente, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 11271 Designan jueces suplentes de juzga- dos especializado en lo civil de Lima y de paz letrado de Villa María del Triunfo RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 399-99-P-CSJL Lima, 2 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, por consiguiente puede designar, rotar, promo- ver y remover, según el requerimiento de la necesidad de servicios y respetando la especialidad a los Magistrados