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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (08/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 177556 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de setiembre de 1999 libertad de seis (6) meses con el carácter de suspendida por el plazo de un (1) año, por el Décimo Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Chiclayo el 6 de abril de 1999, en el proceso penal seguido en su contra por la comisión del delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de María Analy Quiroz Terrones, tal como consta de las copias certificadas de fojas 10 a 13; sentencia que se encuentra en ejecución, conforme lo informa el juez del citado Juzgado, como aparece de fojas 9; por tanto, Humberto Salvador Quiroz Bardales se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida por el Artículo 26º numeral 3 concor- dante con el Artículo 23º numeral 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26491; Que, ante la existencia probada de una causal de vacancia de un alcalde o regidor de Concejo, el Jurado Nacional de Elecciones debe proceder a declararla, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º literal u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º numeral 2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de regidores son reemplazados por suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial de San Miguel, corres- ponde asumir el cargo de regidora a doña Lilia Socorro Vásquez Terrones candidata no proclamada integrante de la agrupación independiente "Movimiento Indepen- diente Vamos Vecino"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de regidor del Concejo Distrital El Prado, provincia de San Miguel que desempeña Humberto Salvador Quiroz Bar- dales, por estar incurso en causal sobreviniente de vacan- cia, al sufrir condena por la comisión de delito doloso, la cual se encuentra en etapa de ejecución. Artículo Segundo.- Convocar a Lilia Socorro Vás- quez Terrones candidata no proclamada integrante de la agrupación independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital El Prado, provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca, quien deberá juramentar el cargo que asume ante el alcalde del citado Concejo, por vacancia del cargo de regidor de Humberto Salvador Quiroz Bardales; para completar el período 1999 - 2002, conforme a ley. Artículo Tercero.- Otorgar a Lilia Socorro Vásquez Terrones la correspondiente credencial. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 11447 Declaran nulos acuerdo de concejo y resolución que declaró vacancia de regidor del Concejo Distrital de San Lorenzo de Quinti RESOLUCION Nº 1448-99-JNE Lima, 7 de setiembre de 1999 Vista, la solicitud recibida el 24 de agosto de 1999, remitida por Tomás Huamanyauri Tello, alcalde del Con- cejo Distrital de San Lorenzo de Quinti, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, quien remite la docu- mentación respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidor Amancio Virgilio Lara Julián, por la causal devacancia establecida en el Artículo 26º numeral 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y, solicita se proclame al regidor reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, de autos aparece que el Concejo recurrente en sesión del 3 de abril de 1999 y por Resolución Nº 003-99- MDSLQ/PH del 6 de abril de 1999, acordó declarar la vacancia del cargo de regidor de Amancio Virgilio Lara Julián, por estar incurso en la causal de vacancia estable- cida en el Artículo 26º numeral 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, tal como consta de fojas 31 y 33; Que, la causal de vacancia establecida en el Artículo 26º numeral 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se aplica en caso que el alcalde o regidor, deje de asistir injustificadamente a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses; siendo necesario que previamente la autoridad edil pres- te el juramento de ley, para ejercer el cargo para el cual ha sido elegido; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26997, acto jurídico que no ha ocurrido en el caso de autos, conforme lo acredita el acta de sesión del referido Concejo de fecha 3 de abril de 1999, en la cual se indica "declarar la vacancia de regidor al Sr. Amancio Virgilio Lara Julián quien no ha juramentado el cargo ...", tal como se aprecia de fojas 31 a 33; por tanto, la causal de vacancia alegada por el citado Concejo ha sido indebidamente aplicada; Que, por otro lado, el Concejo recurrente no cumple con agotar los medios a su disposición para notificar al regidor Amancio Virgilio Lara Julián, a fin que preste el juramen- to de ley; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Tomás Huamanyauri Tello, alcalde del Con- cejo Distrital de San Lorenzo de Quinti, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, respecto al nombra- miento de reemplazante del regidor Amancio Virgilio Lara Julián; y, NULOS el acuerdo de concejo de sesión del 3 de abril de 1999 y la Resolución Nº 003-99-MDSLQ/PH del 6 de abril de 1999, que declara la vacancia del cargo de regidor de Amancio Virgilio Lara Julián. Artículo Segundo.- Apercibir a Tomás Huaman- yauri Tello, alcalde del Concejo Distrital de San Lorenzo de Quinti, a fin que cumpla con tomar el juramento de ley al regidor Amancio Virgilio Lara Julián, previa citación, utilizando cualquier medio de los que permite el Código Procesal Civil, conforme a ley; asimismo, apercibir a Amancio Virgilio Lara Julián para que preste el juramen- to de ley, a fin de ejercer el cargo para el cual ha sido elegido. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 11448 Llaman provisionalmente a regidor para que ejerza cargo de alcalde del Concejo Distrital de Cusipata, provin- cia de Quispicanchi RESOLUCION Nº 1449-99-JNE Lima, 7 de setiembre de 1999 Visto el Oficio Nº 006-99-MDC, recibido el 26 de agosto de 1999, de Marcial Huillca Ccori, mediante el cual infor-