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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (17/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 178024 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de setiembre de 1999 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban política remunerativa del Pa- tronato del Parque de las Leyendas - PATPAL DECRETO SUPREMO Nº 149-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 146 se crea el Patro- nato del Parque de las Leyendas - PATPAL, con persone- ría jurídica de derecho público y autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa; cuyos traba- jadores están sujetos al régimen laboral de la actividad privada; Que, el Artículo 9º de la Ley Nº 27013 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el año 1999 establece que las escalas remunerativas y los reajustes de remuneraciones, bonificaciones, beneficios de toda índole, que fueran necesa- rios durante el ejercicio fiscal para los Pliegos Presupuesta- rios comprendidos dentro de los alcances de la presente Ley, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector; Que, es necesario aprobar la política remunerativa del Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 1999; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la política remunerativa del Pa- tronato del Parque de las Leyendas - PATPAL a partir del 1 de agosto de 1999 de acuerdo al anexo adjunto, y que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El egreso que origine la aplicación de la escala remunerativa aprobada en el Artículo 1º del presente Decreto Supremo, se atenderá con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 11931 Autorizan viaje de representante del Tribunal Fiscal a Portugal para partici- par en conferencia técnica del CIAT RESOLUCION SUPREMA Nº 434-99-EF Lima, 16 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 20 al 23 de setiembre de 1999, se llevará a cabo la Conferencia Técnica del Centro Interamericano de Admi- nistradores Tributarios - CIAT, en la ciudad de Oporto, Portugal, bajo los auspicios del Ministerio de Finanzas de Portugal y del CIAT; Que, se ha designado a la señorita doctora Mónica Lucía Byrne Santa María, Vocal I del Tribunal Fiscal del Ministe- rio de Economía y Finanzas, para que participe en dicho evento, por lo que se hace necesario autorizar el viaje de la indicada funcionaria a la citada ciudad;Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presen- te Resolución, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislati- vo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135- 90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita doctora Mónica Lucía Byrne Santa María, Vocal I del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Oporto, Portugal, del 19 al 24 de setiembre de 1999, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, según se indica, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas: - Pasajes US$ 1 404,89 - Viáticos US$ 1 560,00 - Tarifa CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 11936 Aceptan y aprueban donación de vehículos efectuada a favor del Cuer- po General de Bomberos Voluntarios del Perú RESOLUCION SUPREMA Nº 435-99-EF Lima, 16 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association de Japón, ha efec- tuado una donación en favor del Cuerpo General de Bombe- ros Voluntarios del Perú consistente en vehículos usados; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Im- puesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entida- des y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por Japan Firefighters Association de Japón, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, consis- tente en 2 vehículos usados, cuyas características se encuen- tran señaladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de ¥ 310 000,00 (Trescientos Diez Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 18 de junio de 1999 y un peso aproxi- mado de 5 160 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº YHZX-1 de H U A L AS. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.