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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (17/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 178034 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de setiembre de 1999 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2266-99-MTC/15.18 Lima, 25 de agosto de 1999 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 26475004, 00416011, 00287011, 00030011, 26763004 y 00168011, or- ganizados en torno a la infracción al Reglamento de Tránsito por conducir vehículos motorizados sin haber obtenido sus correspondientes licencias de conducir, Informe Nº 1175-99- MTC/15.18.05.3 emitido por la Subdirección de Otorgamien- to de Licencias de Conducir y Memorándum Nº 1321-99- MTC/15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circu- lación Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Delegaciones de la Policía Nacional del Perú han remitido a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, oficios donde ponen en conocimiento haber intervenido a conductores de vehículos motorizados que han participado en accidentes de tránsito, quienes CARECEN DE LICENCIAS DE CONDUCIR siendo las personas invo- lucradas las siguientes: Nº APELLIDOS Y NOMBRES F. INICIO F. TERMINO 1.- GRANADOS QUEZADA, Jorge Luis 9.1.99 9.1.2002 2.- MARIN RIOS, Claudia Patricia 4.1.99 4.1.2002 3.- MORENO SALINAS, Artemio 21.1.99 21.1.2002 4.- MONTERO VISSO, Carlos Augusto 4.1.99 4.1.2002 5.- RAMOS MENDOZA, Gonzalo 16.1.99 16.1.2002 Que, los conductores indicados en el considerando anterior han infringido lo dispuesto en el literal F-1 del Artículo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94- MTC de fecha 16 de junio de 1994, al CONDUCIR VEHICULOS MOTORIZADOS SIN HABER OBTENIDO SUS CORRESPONDIENTES LICENCIAS DE CONDU- CIR, siendo por lo tanto pasibles a la sanción adminis- trativa de inhabilitación establecida en el literal e) del Artículo 6º del reglamento acotado; Estando a lo opinado por la Subdirección de Otorga- miento de Licencias de Conducir en informe indicado en vistos y de la Asesoría Legal de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial en Informe Nº 318-99-MTC/ 15.18.05.AL; Con las visaciones correspondientes de las Direcciones de Asesoría Legal y de Parque Automotor y Circulación Vial ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Reglamento para obtener Licen- cias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Su- premo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolución, con INHABILI- TACION por el término de tres años para obtener licencias de conducir, computados a partir de la fecha de remisión de los oficios por parte de las Delegaciones de la Policía Nacio- nal del Perú o de la fecha de ocurrencia de la infracción según corresponda, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente resolución. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 11845COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan participación de magistra- dos en evento académico sobre temas de Derecho vinculados a actividades bancarias y financieras, a realizarse en Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 973-CME-PJ Lima, 16 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial encargada de la gestión y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y prorrogadas por la Ley Nº 27009, encargándosele además la Reestructuración y Reorganiza- ción Integral del Poder Judicial, incluyendo las materias referidas a la Carrera Judicial y Estatuto Orgánico del Magistrado; Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel académico de los Magistra- dos, promoviendo su participación en actividades de capaci- tación y actualización; Que, la Asociación de Bancos del Perú - ASBANC con carta de fecha 25 de agosto de 1999, comunica la realización del "Encuentro Académico sobre temas especializados del Derecho vinculados a las Actividades Bancarias y Financie- ras", a llevarse a cabo los días 17 y 18 de setiembre de 1999 en la ciudad de Lima, en el Hotel El Pueblo; Que, la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Oficio Nº 3698-1999-P-CSJLI/PJ de fecha 2 de setiembre de 1999, propone una relación de Magistrados para participar en el evento mencionado; Que, el "Encuentro Académico sobre temas especiali- zados del Derecho vinculados a las Actividades Bancarias y Financieras", se inserta dentro de los planes de mejoramien- to de la Administración de Justicia, por lo que resulta conveniente autorizar la participación de los Magistrados; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009 y las Resoluciones Admi- nistrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE- TP-CME-PJ y estando a lo acordado en la Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar la participación de los Magistrados pertenecientes al Distrito Judicial de Lima que se mencio- nan a continuación, en el "Encuentro Académico sobre temas especializados del Derecho vinculados a las Activida- des Bancarias y Financieras", organizado por la Asociación de Bancos del Perú - ASBANC, a llevarse a cabo los días 17 y 18 de setiembre de 1999 en la ciudad de Lima, en el Hotel El Pueblo. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA DRA. TERESA JARA GARCIA VOCAL SUPERIOR DR. MANUEL SOLLER RODRIGUEZ VOCAL SUPERIOR DRA. LEONOR CHAMORRO GARCIA VOCAL SUPERIOR DRA. ANA MARIA VALCARCEL SALDAÑA VOCAL SUPERIOR DR. ROGER WILLIAMS FERREYRA VILDOZOLA VOCAL SUPERIOR DRA. CARMEN MARTINEZ MARAVI VOCAL SUPERIOR DRA. IRENE SOFIA HUERTA HERRERA VOCAL SUPERIOR DR. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE VOCAL SUPERIOR DRA. MARIELLA CHIRIBOGA MENDOZA JUEZ CIVIL DRA. EDDY LUZ VIDAL CCANTO JUEZ CIVIL DRA. LILIANA VICUÑA INAMI JUEZ CIVIL DRA. LETICIA NIÑO NEYRA RAMOS JUEZ CIVIL DR. JOSE ZAPATA MORENO JUEZ CIVIL DR. RICARDO CALLE TAGUCHE JUEZ CIVIL DRA. TERESA ANGELA URBINA GALLESE JUEZ CIVIL DRA. MARIA SALOME PULACHE AYALA JUEZ CIVIL DRA. DORILA MONTENEGRO SALDAÑA JUEZ CIVIL DR. PEDRO ANTONIO MARTINEZ LETONA JUEZ CIVIL DRA. LOLA VIOLETA RONDON AGUIRRE JUEZ CIVIL DRA. MARIA SALDAÑA GROSSO JUEZ CIVIL DRA. MARIA JESUS GUERRA CERRON JUEZ CIVIL DR. RONALD ALIAGA RENGIFO JUEZ CIVIL