Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 1999 (19/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 139

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de setiembre de 1999

c)

Estos codigos a solicitud del interesado pueden ser incorporados en la DUI hasta MORDAZA de la cancelacion de los tributos y ser modificados hasta MORDAZA del levante de las mercancias, lo cual debe registrarse en el SIGAD. En el Casillero 7.15 de la DUI; se indica la Subpartida arancelaria en NANDINA y en el Casillero 7.16 en NABANDINA segun Arancel Anexo al Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano-Colombiano. El pago de tributos se efectua en los Bancos autorizados por ADUANAS, mediante cheque de gerencia, cheque certificado o en efectivo; al haberse consignado el codigo correspondiente, el monto objeto de devolucion debe depositararse en la Subcuenta Corriente Nº 0000-225959 "Subcuenta Especial Tesoro Publico D.S. Nº 15-94-EF", en caso contrario se abonara a la cuenta definitiva Una vez otorgado el levante para el traslado de la mercancia a la MORDAZA de aplicacion del Convenio, la informacion correspondiente de las DUIs acogidas al D.S. Nº 15-94-EF queda a disposicion de las Aduanas de Destino.

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Aduana de Destino 5. Las mercancias trasladadas por via terrestre, aerea o fluvial a la MORDAZA de aplicacion del Convenio se encuentran sujetas a una verificacion exterior en los Puestos de Control de la Aduana de Destino. Este control se efectua como consecuencia del itinerario a seguir en su traslado. A la llegada de las mercancias al Puesto de Control, el Transportista debe presentar al Oficial de Aduanas dos copias autenticadas de la DUI quien efectua la verificacion exterior de las mercancias. Concluida la verificacion exterior de las mercancias, el Oficial de Aduanas procede a firmar y sellar en el casillero 13 de la DUI indicando fecha y hora, devolviendo al Transportista una MORDAZA de la DUI diligenciada, reservandose la 2da MORDAZA . Los Puestos de Control de las Aduanas de Destino deben implementar un Registro de las importaciones que ingresan a la MORDAZA para acogerse al D.S. Nº 15-94-EF, consignando: Nº de la DUI, Dueno o Consignatario (Importador), Identidad del Transportista, cantidad de bultos y otras observaciones a que hubieran lugar. Sin perjuicio de lo senalado en el parrafo anterior, en el traslado por via terrestre el Transportista debe presentar la MORDAZA de Empadronamiento del Sector Transportes, registrandose el numero del mismo, asi como placa y matricula del vehiculo. El Jefe del Puesto de Control en base a la informacion contenida en el Registro senalado en el numeral anterior remite en forma diaria un Reporte al Area de Tecnica Aduanera de la Aduana a cuya jurisdiccion pertenece, la que ingresara esta informacion al Modulo del SIGAD.

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original y dos (02) copias, adjuntandose una MORDAZA de la " DUI acogida al D.S. Nº015-94-EF "; de encontrarse conforme se procede a su numeracion, entregandose al importador el Original y la 1era MORDAZA de la Solicitud como MORDAZA de recepcion, reservandose la 2da MORDAZA e ingresando la informacion al Modulo correspondiente del SIGAD. El Reconocimiento Fisico se solicita cuando MORDAZA llegado la totalidad de las mercancias respecto de las cuales se ha solicitado la devolucion, este acto debe llevarse a cabo dentro del plazo de sesenta (60) dias siguientes a la fecha de pago. El Importador solicita el Reconocimiento Fisico ante el Area de Tecnica Aduanera presentandose con el Original y la 1era MORDAZA de la "Solicitud de Regularizacion / Reconocimiento fisico", debiendose adjuntar una MORDAZA de la DUI firmada y sellada por el Oficial de Aduanas del Puesto de Control que realizo la verificacion exterior, cuando corresponda. El Area de Tecnica Aduanera verifica que se MORDAZA cumplido con los plazos establecidos en la R.M, Nº 107-94-EF/10 asi como con lo senalado en los numerales anteriores del presente Rubro; de encontrarse conforme notificara al importador, indicando la Fecha y Hora para el Reconocimiento Fisico de la mercancia, debiendo remitir la Solicitud y la MORDAZA de la Declaracion presentada al Especialista en Aduanas designado. El Especialista en Aduanas designado, se presenta en el local donde se encuentran depositadas las mercancias, a efectos de realizar el Reconocimiento Fisico de las mismas, verificando en dicho acto que las mercancias MORDAZA las consignadas en la DUI acogida al D.S.Nº 015-94-EF, y que se encuentren negociadas en el Arancel Comun Anexo al Protocolo Modificatorio del Convenio Peruano Colombiano. Efectuado el reconocimiento fisico de las mercancias, se procede a liquidar los tributos a devolver en el casillero 7º de la "Solicitud de Regularizacion / Reconocimiento Fisico", en base al cual se elabora un informe tecnico y el proyecto de resolucion correspondiente que debe ser suscrita por el Intendente de Aduana La Resolucion de Intendencia dispone el otorgamiento de las Notas de Credito Negociables en los casos que corresponda, informacion que es ingresada al SIGAD, y puesta en conocimiento del Area de Recaudacion para su ejecucion. En los casos que no se cumpla con lo senalado en los numerales 14 y 15 del presente Rubro, el Area de Tecnica Aduanera debe emitir la Resolucion de Intendencia disponiendo el caracter definitivo del monto de los tributos consignado en la DUI y declarando improcedente la Solicitud de Regularizacion, debiendo remitir los actuados al Area de Recaudacion para su registro en el SIGAD.

B.

CASOS ESPECIALES B.1.DE LA EMISION Y CONTROL DE NOTAS DE CREDITO NEGOCIABLES La Aduana de Destino debe emitir y controlar la Nota de Credito Negociable ( ver anexo 2 ) teniendo en cuenta lo establecido en el procedimiento INRA-PE.09 B.2.DE LA UTILIZACION DE NOTAS DE CREDITO NEGOCIABLES COMO MEDIO DE PAGO 1. La Nota de Credito Negociable puede ser utilizada en cualquiera de las Intendencias de Aduana de la Republica y ser aplicable al pago de los Tributos, sanciones e intereses que recaude

A.2 DEL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACION EN LA ADUANA DE DESTINO 10. El Importador debe solicitar la devolucion, dentro del plazo de treinta (30) dias siguientes a la fecha de pago, mediante el formato denominado "Solicitud de Regularizacion / Reconocimiento Fisico" (ver anexo 1), la cual se elabora por cada DUI indicando la cantidad total de la mercancia consignada en la DUI sujeta a regularizacion en las Aduanas de Destino, a efectos de solicitar la devolucion al MORDAZA del D.S. Nº 015-94-EF. 11. La Solicitud se presenta ante el Area de Tramite Documentario de Aduana de Destino en

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