Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 1999 (25/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 1999

Autorizan viaje de funcionaria del Viceministerio de Industria a Austria para participar en reunion de la JIFE
RESOLUCION SUPREMA Nº 162-99-ITINCI MORDAZA, 24 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 22 al 24 de setiembre de 1999, se realizara la Cuarta Reunion del Grupo Asesor de Expertos de la Junta Internacional de Fiscalizacion de Estupefacientes (JIFE), que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Austria; Que, en dicha reunion se trataran temas de especial interes para los paises comprometidos en la lucha contra el trafico ilicito de drogas, por lo que es conveniente la participacion de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, la entidad organizadora financiara los gastos por concepto de pasajes aereos y parte de los viaticos; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y Resolucion Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 20 al 26 de setiembre de 1999, a la MORDAZA de MORDAZA, Austria, de la senora MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, Directora de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados del Viceministerio de Industria, para que asista y participe en la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos derivados del cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, son de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, segun el siguiente detalle: Sra. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Viaticos Tarifa CORPAC US$ US$ 520.00 25.00

tivos ejercer la funcion conciliadora mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Lima; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Que estando a lo opinado en el Informe Nº 179-99-JUS/ DM-STC, de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del Centro Peruano de Conciliacion y Arbitraje - CEPCA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 Ley de Conciliacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Centro Peruano de Conciliacion y Arbitraje - CEPCA, a funcionar como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 12187 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 268-99-JUS MORDAZA, 22 de setiembre de 1999 Vista la solicitud con Registro Nº 07932 de fecha 7 de MORDAZA de 1999 del Instituto Peruano de Resolucion de Conflictos, Negociacion y Mediacion (IPRECON); CONSIDERANDO:

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 12291

JUSTICIA
Autorizan funcionamiento de Centros de Conciliacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-99-JUS MORDAZA, 22 de setiembre de 1999 Vista la solicitud con Registro Nº 08751 de fecha 22 de MORDAZA de 1999 y la carta del 9 de agosto de 1999 del Centro Peruano de Conciliacion y Arbitraje - CEPCA; CONSIDERANDO: Que el Centro Peruano de Conciliacion y Arbitraje CEPCA, es una asociacion civil que tiene entre sus obje-

Que el Instituto Peruano de Resolucion de Conflictos, Negociacion y Mediacion (IPRECON) es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos, el mismo que mediante Resolucion Ministerial Nº 279-98-JUS de fecha 30 de noviembre de 1998, fue autorizado para que funcione como Centro de Conciliacion; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento de un Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Trujillo; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a establecer una sede del Centro de Conciliacion en la MORDAZA de Trujillo; Que estando a lo opinado en el Informe Nº 140-99-JUS/ DM-STC y el Informe ampliatorio Nº 176-99-JUS/DMSTC, de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del Instituto Peruano de Resolucion de Conflictos, Negociacion y Mediacion (IPRECON); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 Ley de Conciliacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Instituto Peruano de Resolucion de Conflictos, Negociacion y Mediacion (IPRE-

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