NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (25/09/1999)
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Pág. 178597 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de setiembre de 1999 Artículo 9º.- Normas de Implementación Por Resolución del Ministro de Economía y Finanzas se dictará el Reglamento y las demás normas que se requieran para la implementación del presente Decreto de Urgencia. Artículo 10º.- Refrendos El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cuatro días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 12282 P C M Aprueban donación efectuada a fa- vor de instituciones, organizaciones sociales y centros educativos y asis- tenciales de diversos departamentos del país RESOLUCION SUPREMA Nº 481-99-PCM Lima, 24 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Secretarial Nº 013-99-MTC/ 15.12 de 21 junio de 1999, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Vivienda y Construcción formalizó la baja de bienes muebles diversos y aprobó su transferen- cia, en favor del Despacho Presidencial Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros; Que, con el objeto de apoyar a las Instituciones, Orga- nizaciones Sociales y Centros Educativos y Asistenciales y mediante la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción respectivas el Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Mi- nistros ha procedido a entregar en calidad de donación 2117 bienes muebles en favor de Instituciones, Organiza- ciones Sociales y Centros Educativos y Asistenciales de los departamentos de Ancash, Apurímac, Arequipa, Aya- cucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lambayeque, La Libertad, Lima, Loreto, Piura, Puno, Tacna y la Provincia Constitucional del Callao, siendo pertinente regularizar su situación legal para las subse- cuentes acciones de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de 2117 bienes muebles, constituidos por mobiliario, equipos de ofici- na y bienes diversos valorizados en Setentisiete Mil Novecientos Veinticinco y 72/100 Nuevos Soles (S/. 77 925,72), que efectúa el Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 Pliego Presidencia del Consejo de Mi- nistros, en favor de las Instituciones, Organizaciones Sociales y Centros Educativos y Asistenciales que se detallan en el ANEXO adjunto que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de Educación, Ministerio de Defensa, Ministe- rio de Salud, a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 12285 Aprueban transferencia de bienes en favor de centros educativos e instituciones públicas de diversos de- partamentos del país RESOLUCION MINISTERIAL Nº 088-99-PCM Lima, 23 de setiembre de 1999 Visto los documentos de gestión de centros educativos nacionales e instituciones del sector público. CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de visto, distintos cen- tros educativos nacionales e instituciones del sector públi- co vienen solicitando la transferencia de bienes muebles y equipos excedentes del Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Mi- nistros; Que mediante Decreto Supremo Nº 116-91-PCM se autoriza a las entidades públicas comprendidas en el Gobierno Central a dar de baja a los excedentes de bienes y equipos que no sean vehículos que les han sido asigna- dos, previo inventario, los cuales podrán ser transferidos al Ministerio de Educación, para los colegios nacionales, al Ministerio del Interior, para las comisarías y demás entidades del Sector Público que los requieran; Que mediante las Actas de Entrega y Recepción res- pectivas el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, ha proce- dido a Transferir 579 de sus bienes patrimoniales mue- bles, consistentes en mobiliario, equipo de oficina y bienes diversos, con el propósito de apoyar a los diversos centros educativos nacionales e Instituciones del Sector Público, de los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Huancave- lica, Lima, Loreto y la Provincia Constitucional del Ca- llao, por lo que resulta pertinente expedir la resolución que formalice dicha transferencia para las subsecuentes acciones de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 009-93-PCM y Decreto Supremo Nº 116-91-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de Quinientos Setentinueve (579) bienes patrimoniales muebles, consis- tentes en mobiliario, equipo de oficina y bienes diversos, valorizados referencialmente en Quinientos Setentinue- ve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 579,00), efectuada por el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, en favor de los centros educativos nacionales e instituciones públicas de los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Huancaveli- ca, Lima, Loreto y la Provincia Constitucional del Callao, bienes cuyo detalle se consigna en el anexo adjunto a la presente resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Despacho Presidencial a excluir de los Registros Patrimoniales y Contables los bienes descritos en el anexo adjunto que forma parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución al Ministerio de Educación, a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros