Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 1999 (28/09/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 178792

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 28 de setiembre de 1999

la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial del Cusco-Madre de MORDAZA, y Fiscales mencionados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 12342

Ley Organica del Ministerio Publico y Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 337-98-MPCEMP, estando al Acuerdo Nº 6123 adoptado por unanimidad en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confieren las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Ica, contra la Resolucion Nº 582, de fecha 9 de MORDAZA de 1999, expedida por la Fiscalia Suprema de Control Interno, la cual resuelve Suspender Temporalmente de la Funcion Fiscal hasta la expedicion de la resolucion definitiva al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Ica. Articulo Segundo.- Devolver lo actuado a la Fiscalia Suprema de Control Interno, para que continue el tramite de la investigacion, conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 12343

Declaran infundada apelacion contra resolucion que suspendio temporalmente a fiscal provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Ica
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 715-99-MP-CEMP MORDAZA, 27 de setiembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 565-99-MP-F.SUPR.CI., de fecha 21 de MORDAZA de 1999, suscrito por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, elevando el Cuaderno de Suspension Temporal en el ejercicio de sus funciones, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Ica, solicitada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Presidente de la Comision Distrital Descentralizada de Control Interno del Distrito Judicial de Ica, en el Expediente Nº 40-99-C.I.-ICA, aperturado de oficio por irregularidades en el Ejercicio de sus Funciones, al haber interpuesto Recurso de Apelacion contra la Resolucion Nº 582, de fecha 9 de MORDAZA de 1999; con los escritos de fechas 20 de MORDAZA y 9 de agosto de 1999, respectivamente, cursados por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante los cuales fundamenta el Recurso de Apelacion interpuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 582, de fecha 9 de MORDAZA de 1999, la Fiscalia Suprema de Control Interno, resolvio Suspender Temporalmente de la Funcion Fiscal, hasta la expedicion de la resolucion definitiva, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Ica, al haber incurrido en hechos que constituyen graves irregularidades que afectan la imagen del Ministerio Publico, tales como haberse constituido "...a la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal los dias 9, 10, 11 y 12 de junio del presente ano, no obstante encontrarse suspendido por el termino de treinta dias, segun Resolucion Nº 37 de fecha 8 de junio de 1999, recaida en el Expediente Nº 10-99-CI-ICA, hecho que se corrobora con el Informe del Jefe Regional de la Compania JCB Profesionales de Seguridad E.I.R.L. (fs. 03) que presta servicio de seguridad en el Ministerio Publico de Ica...", asi como haberse constatado en la referida Fiscalia Provincial, mediante una Visita Inopinada a cargo del Presidente de la Comision Distrital Descentralizada de Control Interno (fs. 21/24), que entre los archivos de la computadora que utilizaba el Fiscal investigado, existian una serie de documentos y recursos que guardan relacion con investigaciones tramitadas ante su Despacho, asi como diversas solicitudes para realizar tramites particulares; Que, los argumentos del Recurso de Apelacion interpuesto, no enervan los considerandos de la resolucion recurrida, la misma que ha sido expedida por la Fiscalia Suprema de Control Interno conforme a sus atribuciones; por lo que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 052 -

SBS
Autorizan a institucion bancaria la apertura de oficinas especiales en los distritos de La MORDAZA y Ate Vitarte, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 0869-99 MORDAZA, 17 de setiembre de 1999 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial, con caracter temporal, el dia MORDAZA 19 de setiembre del presente, en el Colegio MORDAZA Raimondi, ubicado en la Av. La Fontana Nº 755, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº ASIF "A" 163-OT/99; y a lo opinado por el Superintendente Adjunto de Banca; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru, la apertura de una Oficina Especial, con caracter temporal, el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.