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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (28/09/1999)

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TEXTO PAGINA: 4

Pág. 178778 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de setiembre de 1999 Encargan el Despacho de la Presiden- cia del Consejo de Ministros y la Car- tera de Economía y Finanzas al Minis- tro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción RESOLUCION SUPREMA Nº 487-99-PCM Lima, 25 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas, ingeniero Víctor Joy Way Rojas, se ausentará del país del 25 de setiembre al 2 de octubre de 1999, para participar en las Reuniones Anuales de Gobernadores del Banco Mundial y Fondo Monetario Internacional, así como para sostener reuniones inherentes a su cargo, que se desarrollarán en las ciudades de Washington D.C. y Nueva York, Estados Unidos de América; Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Cartera de Economía y Finanzas, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Cartera de Economía y Finanzas al ingeniero Alberto Pandolfi Arbulú, Ministro de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a partir del 25 de setiembre de 1999 y en tanto dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 12373 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Acuerdo del FONAFE que dispone transferencia no reembolsa- ble de recursos a favor de ENAFER DECRETO SUPREMO Nº 159-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 010-99/35-FONAFE-, el Direc- torio del FONAFE aprobó la transferencia no reembolsable de US$ 11 061 000,00 (ONCE MILLONES SESENTA Y UN MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), a solicitud del Comité Especial en la Empresa Nacional de Ferrocarriles S.A. -ENAFER-, para ser aplicada por dicha empresa, bajo responsabilidad de su Directorio, a beneficios sociales, bono paz laboral, bolsa de cierre y pensiones de jubilados; Que, es necesaria la aprobación de dicho Acuerdo median- te Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el inciso 2) del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo-; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Acuerdo Nº 010-99/35- FONAFE-, que dispone la transferencia no reembolsable de recursos a favor de la Empresa Nacional de Ferroca-rriles S.A. -ENAFER-, para ser aplicada por dicha empre- sa, bajo responsabilidad de su Directorio, a beneficios sociales, bono paz laboral, bolsa de cierre y pensiones de jubilados. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrenda- do por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 12367 Aceptan y aprueban donación a favor de asociación, destinada al apoyo de actividades asistenciales en beneficio de población de escasos recursos RESOLUCION SUPREMA Nº 459-99-EF Lima, 25 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Asociación Esperanza y Caridad, Inc., filial Mia- mi, Florida, Estados Unidos de América, ha efectuado una donación a favor de la Asociación Esperanza y Caridad consistente en diversos bienes, que serán destinados a apoyar las actividades de carácter asistencial en beneficio de la población de escasos recursos de Chorrillos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impues- to General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artícu- lo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobier- no Peruano, la donación efectuada por la Asociación Espe- ranza y Caridad, Inc., filial Miami, Florida, Estados Unidos de América, a favor de la Asociación Esperanza y Caridad, consistente en ropa para niños usada, juguetes usados, una computadora y accesorios usados, según de- claración simplificada Nº 235-98-003200. Dicha donación será destinada a apoyar las actividades de carácter asis- tencial en beneficio de la población de escasos recursos de Chorrillos. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Minis- tro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 12375