Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2000 (07/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 185415

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Ingreso Minimo Legal Indexado correspondiente al mes de MORDAZA del ano 2000
COMUNICADO OFICIAL Nº 05-2000-SG/OCSRP Conforme a la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR, el INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO correspondiente al mes de MORDAZA del 2000, para los efectos de determinar los topes indemnizatorios aplicables a los trabajadores empleados sujetos al regimen laboral de la actividad privada, en concordancia con lo establecido por el Articulo 4º de la Ley Nº 25223, es el siguiente: INGRESO MINIMO LEGAL INDEXADO (Nuevos Soles) S/. 384.00 S/. 384.27 S/. 386.12 S/. 388.20

anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS : MORDAZA - HUANCAYO y viceversa (via Los Libertadores) : MORDAZA : HUANCAYO : MORDAZA - HUANTA : MORDAZA - HUANTA : una semanal : dos omnibus : un omnibus: VG-4343 (1999) : un omnibus: UQ-9368 (1994) : salida de Lima: 19.00 horas (domingos) salida de Huancayo: 19.00 horas (jueves).

MES ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA

ANO 2000 2000 2000 2000

La tarjeta de circulacion sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del referido Reglamento. Articulo Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 3968 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 013-2000-MTC

MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2000 Elaboracion: OFICINA DE ECONOMIA DEL TRABAJO Y PRODUCTIVIDAD MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL 3982

MTC
Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta MORDAZA - Huancayo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 374-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 8 de marzo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00347010, organizado por la empresa TRANSPORTES TURISTICOS REYBUS S.R.L., sobre concesion de ruta: MORDAZA - HUANCAYO y viceversa (via Los Libertadores), e Informe Nº 159-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de TRANSPORTES TURISTICOS REYBUS S.R.L. mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: MORDAZA - Huancayo y viceversa (via Los Libertadores), al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 159-2000-MTC/15.18.04.1.ATR, se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 01999-MTC, y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la empresa TRANSPORTES TURISTICOS REYBUS S.R.L., la concesion de la ruta: MORDAZA - HUANCAYO y viceversa (via Los Libertadores), para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10)

Por Oficio Nº 086-2000-SCM-PR, se solicita la publicacion de Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 013-2000-MTC, publicado en nuestra edicion del dia 4 de MORDAZA de 2000, en la pagina 185342. Articulo 4º, primer parrafo DICE: "Tratandose de las transferencias materia del presente Decreto Supremo, no resultara de aplicacion lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 32º del Reglamento de la Ley de Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 122-94-EF, correspondiendo imputar la totalidad de los beneficios del ejercicio 1994, incluyendo las actualizaciones correspondientes, en el cual se efectuo el devengo de los mismos". DEBE DECIR: "Tratandose de las transferencias materia del presente Decreto Supremo, no resultara de aplicacion lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 32º del Reglamento de la Ley de Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 122-94-EF, correspondiendo imputar la totalidad de los beneficios al ejercicio 1994, incluyendo las actualizaciones correspondientes, en el cual se efectuo el devengo de los mismos". 4016

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra presuntos responsables de delitos en agravio de las Municipalidades Distritales de Cochabamba, Nueva MORDAZA y Pimpincos
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 073-2000-CG MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2000

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