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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (13/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 185605 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de abril de 2000 entre otros, los bienes inmuebles de la Dirección General de Correos que le serán aportados a su capital por el Estado; Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 24-94-MTC, se expidió la Reso- lución Ministerial Nº 488-99-MTC/15.03, mediante la cual se aprobó la relación de cinco (5) inmuebles de la Dirección General de Correos a ser transferidos como aporte del Estado al capital social de SERPOST S.A., los mismos que son objeto de la presente Resolución; Que, la Dirección de Margesí y Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes Nacionales ha infor- mado que los cinco (5) inmuebles a que se refieren los Expedientes Nºs. 08334-98, 08349-98, 02173-99, 05661- 99 y 05662-99 se encuentran debidamente inscritos a favor del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción - Dirección General de Correos; Que, la Dirección de Expropiaciones y Tasaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales mediante Tasaciones Nºs. 138-99/SBN-DET, 160-99/SBN-DET, 132-99/SBN-DET, 179-99/SBN-DET y 168-99/SBN-DET ha determinado el valor monetario de cada predio; Que, en aplicación a lo dispuesto por los Artículos 1º y 4º del Decreto Ley Nº 18806 el Poder Ejecutivo podrá aprobar, a favor de las Empresas del Estado, las transfe- rencias de bienes en propiedad necesarios para el desa- rrollo de sus actividades comerciales e industriales, como aporte de capital, por su valor de tasación, a través de una Resolución Suprema, refrendada por los Minis- tros de la Presidencia y del Sector al cual corresponda la Empresa respectiva; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 685, Decreto Ley Nº 18806, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supremo Nº 005-93- PRES;Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 4234 P R E S Aprueban transferencia de inmuebles a favor de SERPOST S.A. RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2000-PRES Lima, 12 de abril del 2000 Vistos, los Expedientes Nºs. 08334-98, 08349-98, 02173-99, 05661-99 y 05662-99 mediante los cuales el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, solicita la transferencia de cinco (5) in- muebles en calidad de aporte de capital del Estado a favor de la empresa de Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima - SERPOST S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, por el Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 685 se creó la empresa Servicios Postales del Perú Sociedad Anónima - SERPOST S.A. como una persona jurídica de derecho privado regida por la Ley de la Actividad Empre- sarial del Estado, la misma que tiene como patrimonio, MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 007-2000-EF/76.01 A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO CENTRAL E INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLANEAMIENTO ESTRATEGICO INSTITUCIONAL PERIODO 2001 - 2005 La Dirección Nacional del Presupuesto Público recuerda a los Pliegos Presupuestarios conformantes del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, que los plazos de elaboración, aprobación y presentación de los Planes Estratégicos Institucionales 2001 - 2005, son los siguientes: 1.Su elaboración y presentación por la Oficina de Presupuesto y Planificación o la que haga sus veces al Titular del Pliego vence el día 17 de abril del Año Fiscal 2000. 2.La corrección y/o subsanación de los mismos tiene como plazo máximo el día 2 de mayo del Año Fiscal 2000. 3.La Resolución del Titular del Pliego, se aprueba a más tardar el día 17 de mayo del Año Fiscal 2000. 4.La presentación de los Planes Estratégicos Institucionales se remiten a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a más tardar el día 22 de mayo del Año Fiscal 2000. Por lo expuesto se sugiere a los Pliegos Presupuestarios tomar las previsiones del caso a fin que cumplan con los plazos de elaboración, aprobación y presentación de los Planes Estratégicos Institucionales, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 22º del Instructivo Nº 001-2000-EF/76.01 - Instructivo para la formulación del Plan Estratégico Institucional de los Pliegos Presupuestarios del Sector Público. Lima, 12 de abril del 2000 DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 4199