Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (17/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 185724 NORMAS LEGALES Lima, lunes 17 de abril de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 4336 MITINCI Autorizan viaje de representante del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 049-2000-ITINCI Lima, 14 de abril del 2000 CONSIDERANDO: Que, del 24 al 26 de abril del 2000, se llevará a cabo la Reunión del Grupo de Negociación sobre Subsidios, Antidum- ping y Derechos Compensatorios, y del 27 al 28 de abril del 2000 se realizará la Reunión sobre Políticas de Competencia en el marco del Area de Libre Comercio de las Américas, a desarrollar- se en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la política de integración y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participa- ción de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 23 al 29 de abril del 2000, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del señor José Antonio de la Puente León, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. JOSE ANTONIO DE LA PUENTE LEON Pasajes US$ 599.94 Viáticos US$ 1,320.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cual- quiera fuera su clase o denominación.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 4337 P R E S Afectan en uso inmueble ubicado en la provincia de Lima, destinado al funcionamiento del "Centro de Integra- ción Laboral - Vida" del INABIF RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2000-PRES Lima, 14 de abril del 2000 Visto el Expediente Nº 02310-93, mediante el cual el Institu- to Nacional de Bienestar Familiar - INABIF solicita la afecta- ción en uso del predio ubicado entre la Av. Lima y las calles Mariscal Ramón Castilla y Santa Ana del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, según Oficio Nº 516-98/INABIF-GG, de fecha 2 de setiembre de 1998, el INABIF solicita la afectación en uso del predio de propiedad del Estado de 28 000,00 m2, ubicado en el jirón Ramón Castilla Nº 501, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, actualmente ocupado por el "Centro de Integración Laboral - Vida" del INABIF, el cual tiene como misión la atención de los niños, adolescentes, mujeres y ancianos en situación de riesgo o abandono; Que, el predio descrito en el considerando precedente es de propiedad del Estado conforme consta la inscripción a Fojas 73 del Tomo 35-B del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en el Asiento Nº 2252 del Margesí de Bienes Naciona- les; Que, por Informe Nº 151-99/SBN-DAT, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales precisa que el predio cuya afectación se solicita, tiene un área real ascendente a 27 720,00 m2, existiendo una menor superficie de 280,00 m2 con respecto al área de 28 000,00 m2 solicitada, diferencia que se encuentra dentro de la variación admisible establecida por el Artículo 71º del Reglamento de las Inscripcio- nes; Que, las afectaciones en uso se aprueban mediante Resolu- ción Suprema, expedida por el Sector del Ministerio de la Presidencia, a favor de las reparticiones del Estado, razón por la cual es atendible la solicitud del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; Que, mediante Oficio Nº 6619-99/SBN-OAJ, la Supe- rintendencia de Bienes Nacionales propone la tramitación de la afectación en uso solicitada, atendiendo a que la misma se encuentra conforme a lo dispuesto por el Artículo 67º y siguien- tes del Reglamento de Administración de la Propiedad Fiscal, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-78-VC; COLOCARCOLOCAR CIDEICIDEI