Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2000 (17/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES
21.43 al 21.53 21.55 RESERVADO

Pag. 185731

(a) Aeronave de un solo motor de aspiracion natural, con una velocidad de perdida (stall) de 61 nudos (113 Km./hr.) o menor como se define en el FAR 23.49; o es un helicoptero con una limitacion de carga del disco del rotor principal de 6 Lb. por pie MORDAZA (29.29 Kg. por metro cuadrado), bajo condiciones de dia estandar a nivel del mar; (b) No pese mas de 2700 Lb. (1225 Kg.), o 3375 Lb. (1531 Kg.) para aeronaves que pueden despegar y aterrizar en agua. (c) Tiene una capacidad MORDAZA de asientos de no mas de cuatro (4) personas, incluyendo el piloto; y, (d) Tiene cabina no presurizada.
21.10 Disposicion Provisional

Aceptacion de Certificado MORDAZA

La DGTA aceptara:

a) Certificado MORDAZA emitido por las Autoridades Aeronauticas de los Paises que establecen los Codigos de Aeronavegabilidad segun la RAP 21.7, para aeronaves, motores de aeronave y helices. b) Certificado MORDAZA emitido por las Autoridades Aeronauticas, con Codigos de Aeronavegabilidad diferentes a los indicados en la RAP 21.7, para aeronaves, motores de aeronave o helices. Siempre que se cumpla con lo siguiente: 1) El solicitante debera presentar un documento de la Autoridad Aeronautica del MORDAZA fabricante del producto, que demuestre y certifique que los Codigos de Aeronavegabilidad que sirvieron de base para la certificacion de la aeronave, motor de aeronave o helice, cumplan con el RAP 21.7, segun el Codigo aplicable. 2) La DGTA podra solicitar las pruebas, demostraciones y vuelos de prueba que considere necesarios para verificar el cumplimiento de lo indicado en la RAP 21.7. (c) Adicionalmente a lo indicado en (a) y (b) para el Certificado MORDAZA, se debera tener datos relativos al mantenimiento de la aeronave que incluya Instrucciones para la Aeronavegabilidad Continuada y Manuales de Mantenimiento del fabricante que contenga Limitaciones de Aeronavegabilidad; asi como, Directivas de Aeronavegabilidad emitidas por la Autoridad Aeronautica del MORDAZA de fabricacion.
SUBPARTE C: CERTIFICADO MORDAZA PROVISIONAL Seccion: 21.71 al 21.85 SUBPARTE D: Seccion: 21.91 al 21.101 RESERVADO SUBPARTE E: 21.111 CERTIFICADO MORDAZA SUPLEMENTARIO Reservado. CAMBIOS A LOS CERTIFICADOS MORDAZA

Los FAR's seran utilizados como documentos de uso oficial cuando se haga mencion a una RAP correspondiente que no se encuentre publicada. SUBPARTE B: CERTIFICADO MORDAZA 21.11 Aplicabilidad

Esta Subparte prescribe:

(a) RESERVADO (b) RESERVADO (c) Requerimientos referidos a procedimientos para la aceptacion de Certificados MORDAZA para aeronaves, motores de aeronave y helices.
21.13 Elegibilidad

Cualquier persona natural o juridica puede solicitar la aceptacion de un Certificado MORDAZA de una aeronave y helice, para fines de obtencion del Certificado de Aeronavegabilidad, siempre se cumpla con el RAP 21.55. 21.15 RESERVADO. RESERVADO.

21.16 al 21.29 21.31

Diseno MORDAZA

El Diseno MORDAZA consta de:

(a) Planos y Especificaciones, y un listado de los mismos, necesarios para definir la configuracion y las caracteristicas de diseno del producto que demuestren el cumplimiento de los codigos de Aeronavegabilidad indicados en la RAP 21.7 aplicable al producto; (b) Toda informacion sobre dimensiones, materiales y procesos, necesaria para definir la resistencia estructural del producto; (c) Las "Limitaciones de Aeronavegabilidad" de las "Instrucciones para Aeronavegabilidad Continuada" como se requiera por los codigos de Aeronavegabilidad indicados en la RAP 21.7; o de otra manera como sea requerido por la DGTA. (d) RESERVADO. (e) Cualquier otro MORDAZA necesario para permitir, por comparacion, la determinacion de las caracteristicas de Aeronavegabilidad y de ruido (que MORDAZA aplicables) de otros Productos de similares caracteristicas.
21.33 al 21.39 21.41 RESERVADO

Aplicabilidad

(a) (b) (c) (d)

RESERVADO RESERVADO RESERVADO Esta Subparte prescribe las reglas para la aceptacion de un Certificado MORDAZA Suplementario.

21.113 al 21.119 RESERVADO 21.120 Aceptacion de Certificado MORDAZA Suplementario

La DGTA aceptara un Certificado MORDAZA Suplementario siempre que el producto cumpla con el RAP 21.55, y:

Certificado MORDAZA

Cada Certificado MORDAZA se considera que incluye:

El Diseno Tipo. Las Limitaciones de Operacion. Las Hojas de Datos del Certificado Tipo. Las regulaciones y Codigos de Aeronavegabilidad aplicables, y (e) Cualquier otra condicion o limitaciones prescritas para el Producto de acuerdo a (d).

(a) (b) (c) (d)

a) Certificado MORDAZA Suplementario emitido por las Autoridades Aeronauticas de los Paises que establecen los codigos de Aeronavegabilidad segun la RAP 21.7 para aeronaves, motores de aeronaves y helices. b) Certificado MORDAZA Suplementario emitido por las Autoridades Aeronauticas, con codigos de Aeronavegabilidad diferentes a los indicados en la RAP 21.7 para aeronaves, motores de aeronaves y helices. Siempre que se cumpla con lo siguiente: 1) El solicitante debera presentar un documento de la Autoridad Aeronautica del MORDAZA fa-

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