Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2000 (26/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2000

Que, la Resolucion 025 de la CAN, publicada en la Gaceta Oficial el 24 de noviembre de 1997, que aprueba la "Norma Fitosanitaria MORDAZA para el Analisis de Riesgo de Plagas", en su Articulo 6º establece como consideracion para la realizacion del analisis de riesgo de plagas el acopio de nueva informacion que incida sobre la decision tomada; Que, es necesario dictar la correspondiente MORDAZA legal en resguardo de la sanidad de las areas productoras de platano y banano del pais; y, En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto por la Ley Nº 26558 y Decreto Ley Nº 25902; DECRETA: Articulo 1º.- La importacion al MORDAZA de frutos o material de propagacion de platano o banano (Musa spp.) y el establecimiento de los requisitos fitosanitarios para dichos efectos, se supeditaran a los resultados del Analisis de Riesgo de Plagas (ARP), que realice el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), de conformidad con los procedimientos establecidos en la Resolucion 025 de la Secretaria General de la Comunidad Andina. Articulo 2º.- Dejar sin efecto las disposiciones de la Resolucion Ministerial Nº 0782-87-AG-DGAG, del 22 de setiembre de 1987. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 4681

Oficinas de Planificacion, Asesoria Juridica y Administracion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano el "Reglamento para el Deposito y Manejo de la Muestra Viva de una Variedad Vegetal", segun anexo adjunto que forma parte de la Resolucion Jefatural. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Investigacion Agraria REGLAMENTO PARA EL DEPOSITO Y MANEJO DE LA MUESTRA VIVA DE UNA VARIEDAD VEGETAL CAPITULO I Del Objeto, Finalidad y Alcance Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene por objeto reglamentar el Articulo 16 de la Decision 345 de la Comunidad MORDAZA de Naciones. Articulo 2º.- El presente reglamento tiene por finalidad establecer el tamano, momento y modo de MORDAZA de la muestra viva de una variedad vegetal, las recomendaciones para su conservacion y periodicidad de renovacion; asi como, los requisitos fundamentales que deben reunir las personas naturales o juridicas para ser acreditadas como responsables del mantenimiento de muestras vivas. Articulo 3º.- El presente reglamento se aplicara a todas las variedades cultivadas de los generos y especies botanicas solicitantes de certificado de obtentor. CAPITULO II De las Definiciones Articulo 4º.- A efectos de la aplicacion del reglamento para el deposito y el manejo de la muestra viva de la variedad vegetal a proteger, se aplicaran las siguientes definiciones: Autoridad Nacional Competente(ANC).- Organismo designado en cada MORDAZA Miembro del Acuerdo de Cartagena para aplicar el Regimen Comun de Proteccion a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales; o en otro que, conceda trato reciproco y que cuente con legislacion internacionalmente reconocida, sobre Proteccion a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales. Guias de Referencia.- Son Directrices elaboradas por la UPOV para orientar a las Autoridades Nacionales Competentes y a los Obtentores, de las Naciones Adherentes, en la ejecucion o realizacion de las pruebas de Distinguibilidad, Homogeneidad y Estabilidad (DHE). Considerando la trayectoria de la UPOV, la ANC, ha adoptado estas Directrices como documentos bases para la Evaluacion Tecnica. OINT - INDECOPI.- Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (OINT - INDECOPI); designado Autoridad Nacional Competente encargada de ejecutar las funciones administrativas de la Decision 345. PRONARGEB - INIA.- Programa Nacional de Investigacion en Recursos Geneticos y Biotecnologia del Instituto Nacional de Investigacion Agraria (INIA); designado Autoridad Nacional Competente encargada de ejecutar las funciones tecnicas contenidas en la Decision 345. Muestra Viva.- De acuerdo a la Decision 345, la muestra viva es la muestra de la variedad suministrada por el solicitante del certificado de obtentor, la cual sera utilizada para realizar las pruebas de novedad, Distinguibilidad, Homogeneidad y Estabilidad.

Aprueban el Reglamento para el Deposito y Manejo de la Muestra Viva de una Variedad Vegetal
RESOLUCION JEFATURAL Nº 046-2000-INIA MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2000 VISTO: El Oficio Nº 165-2000-INIA-DGIA/PRONARGEB, solicitando la aprobacion y publicacion del "Reglamento para el Deposito y Manejo de la Muestra Viva de una Variedad Vegetal"; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-96-ITINCI se aprueba el "Reglamento de Proteccion a los Derechos de Obtentores de Variedades Vegetales", por el que se regula a nivel nacional la Decision 345 de la Comunidad MORDAZA de Naciones, sobre el "Regimen Comun de Proteccion a los Derechos de Obtentores de Variedades Vegetales"; Que, en el Articulo 2º del Capitulo II del citado Reglamento, se establece que la Autoridad Nacional Competente encargada de ejecutar las funciones tecnicas contenidas en el mismo, es el Programa Nacional de Investigacion en Recursos Geneticos y Biotecnologia (PRONARGEB) del Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA; Estando a lo dispuesto en el Articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 23-94-AG, con las visaciones de los Directores Generales de las Direcciones Generales de Investigacion Agraria y Transferencia de Tecnologia Agraria y la opinion favorable y visacion de los Directores Generales de las

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