Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2000 (26/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2000

autorizar a entidades de derecho privado o publico, a capacitar conciliadores; Estando a lo opinado en el Informe Nº 097-2000-DMSTC, es pertinente atender la peticion del Centro de Negociacion, Conciliacion y Arbitraje - CECONAR; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Centro de Negociacion, Conciliacion y Arbitraje - CECONAR, a funcionar como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores CECONAR, con sede en la MORDAZA de Arequipa. Articulo 2º.- El Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores - CECONAR, para la realizacion de los respectivos Cursos de Formacion y Capacitacion, solicitara en cada oportunidad la autorizacion ante el Ministerio de Justicia, quien verificara que los mismos cumplan con los requisitos senalados en el Art. 35º del Reglamento de la Ley de Conciliacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 4598 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 122-2000-JUS MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2000 Visto el Expediente con Registro Nº 11510 de fecha 30 de setiembre de 1999 y anexos de la Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion; CONSIDERANDO: Que la Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion, es una institucion que tiene entre sus finalidades realizar cursos de formacion y de especializacion de conciliacion para conciliadores extrajudiciales; Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 34º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, el Ministerio de Justicia puede autorizar a entidades de derecho privado o publico, a capacitar conciliadores; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, con sede en la MORDAZA de Lima; Estando a lo opinado en el Informe Nº 254-99/DM-STCSDPCC, es pertinente atender la peticion de la Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion, a funcionar como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores de la Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion, para la realizacion de los respectivos Cursos de Formacion y Capacitacion, solicitara en cada oportunidad la autorizacion ante el Ministerio de Justicia, quien verificara que los mismos cumplan con los requisitos senalados en el Art. 35º del Reglamento de la Ley de Conciliacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 4599

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Embajador del Peru en la Republica de Indonesia
RESOLUCION SUPREMA Nº 212-2000-RE MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2000 Vista la Resolucion Suprema Nº 0326/RE, de 7 de octubre de 1994, que acredito al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica don Elard Escala Sanchez-Barreto, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Indonesia; De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica don Elard Escala Sanchez-Barreto, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Indonesia, a partir del 30 de junio de 2000. 2º.- Trasladar al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica don Elard Escala Sanchez-Barreto, a prestar servicios de su categoria en la Cancilleria, a partir del 1 de MORDAZA de 2000. 3º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 4686

Dan por terminadas funciones de Embajador del Peru en el Reino de los Paises Bajos
RESOLUCION SUPREMA Nº 213-2000-RE MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2000 Vista la Resolucion Suprema Nº 0013/RE, de 17 de enero de 1995, que nombro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica don MORDAZA Azula de la MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de los Paises Bajos; De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica don MORDAZA Azula de la MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de los Paises Bajos, a partir del 31 de MORDAZA de 2000. 2º.- Trasladar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica don MORDAZA Azula de la MORDAZA, a prestar servicios de su categoria en la Cancilleria, a partir del 1 de agosto de 2000. 3º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 4687

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