Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2000 (26/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2000

Que, el comite especial de COFIDE reunido en sesion de fecha 7 de MORDAZA de 2000 aprobo las caracteristicas de la cuarta emision de valores representativos de deuda de COFIDE, la designacion del agente colocador y del representante de los obligacionistas de la misma; asi como la inscripcion en MORDAZA de bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, de los bonos correspondientes a la cuarta emision de valores representativos de deuda de COFIDE; Que, el Gerente General de COFIDE en el ejercicio de las facultades concedidas en sesion del comite especial de COFIDE de fecha 22 de junio de 1999, ha remitido a CONASEV la cuarta actualizacion del prospecto MORDAZA correspondiente al "Primer Programa de Bonos COFIDE", asimismo ha solicitado la inscripcion de los valores correspondientes a la cuarta emision a realizarse en el MORDAZA del referido programa, y el registro del prospecto complementario correspondiente a tal oferta; Que, mediante Resolucion SBS Nº 0618-99 de fecha 8 de junio de 1999, la Superintendencia de Banca y Seguros emitio opinion favorable respecto al programa a que se hace referencia en el considerando anterior; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 53º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como lo establecido en sesion del Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para disponer la inscripcion de valores y/o registro de prospectos derivados de un tramite anticipado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion de los bonos denominados "Cuarta Emision de Bonos COFIDE" hasta por S/. 60 000 000,00 en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, a emitirse en el MORDAZA del Primer Programa de Valores Representativos de Deuda COFIDE, asi como el registro del complemento del prospecto informativo correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- La oferta publica de los bonos a que se refiere el articulo anterior debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el Articulo 25º y, de ser el caso, en el Articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. La colocacion de los bonos a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga, en ningun caso, podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los Articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 3º.- El registro y la inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFIDE, al Banco de Credito del Peru, en su calidad de entidad estructuradora y representante de los obligacionistas; a Credibolsa S.A. Sociedad Agente de Bolsa en su calidad de agente colocador, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General 4660

ESSALUD
Aprueban contratacion de servicios de alimentacion y nutricion para las Gerencias Departamentales San MORDAZA, Ica y MORDAZA, mediante adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 059-PE-ESSALUD-2000 MORDAZA, 6 de marzo del 2000 VISTA La Carta Nº 234-GDSM-ESSALUD-2000, mediante la cual el Gerente Departamental de San MORDAZA solicita que se autorice la contratacion del servicio complementario de alimentacion y nutricion; y, CONSIDERANDO Que, el numeral 1.2 del Articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, establece que el Seguro Social de Salud - ESSALUD, otorga cobertura a sus asegurados y derechohabientes, a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion, rehabilitacion, prestaciones economicas y prestaciones sociales que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgo humano; Que, para la contratacion del servicio complementario de alimentacion y nutricion se convoco el Concurso Publico Nº 130-ESSALUD-99, el mismo que fue declarado desierto en primera convocatoria por ausencia de postores, en el acto publico de MORDAZA de propuestas, de fecha 23 de MORDAZA de 1999, optandose ante ello por convocar nuevamente a MORDAZA de seleccion; Que, con fecha 8 de febrero del ano en curso, se realizo el acto publico de MORDAZA de propuestas del Concurso Publico Nº 130-ESSALUD-99, MORDAZA convocatoria, el mismo que tambien fue declarado desierto, por ausencia de postores; Que, el inciso f) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de licitacion o concurso publico, las adquisiciones y contrataciones cuyo MORDAZA de seleccion MORDAZA sido declarado desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el Concurso Publico Nº 130-ESSALUD-99, es procedente aprobar la exoneracion de la contratacion del servicio complementario de alimentacion y nutricion a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 20º de la misma norma; Que, de conformidad con lo senalado en el inciso c) del Articulo 20º de la Ley Nº 26850, la exoneracion de licitacion o concurso publico debe ser aprobada, en el caso del Seguro Social de Salud, por resolucion de su MORDAZA autoridad; Que, segun el Articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. Aprobar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratacion del servicio complementario de alimentacion y nutricion para la Gerencia Departamental San MORDAZA, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, por un periodo de doce meses, computados desde la suscripcion del contrato. 2. Disponer que la Secretaria General informe de la presente Resolucion al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por la ley.

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