Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2000 (26/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La cancelacion a que se refiere el articulo precedente no exime a Prisma Sociedad Agente de Bolsa S.A. del cumplimiento de los compromisos que hubieran asumido con el MORDAZA con anterioridad a la misma. Articulo 3º.- Prisma Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera entregar a CONASEV al dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion y bajo responsabilidad, mediante inventario, los valores depositados, asi como el dinero y/o cheques pendientes de entrega de propiedad de sus comitentes. CONASEV designara a una sociedad agente de bolsa para que se encargue la custodia de los mismos, asi como de los valores representados por anotaciones en cuenta que no hayan sido transferidos. Articulo 4º.- Dentro del plazo senalado en el articulo precedente, Prisma Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera entregar a CONASEV, bajo responsabilidad y mediante inventario, todos sus libros de operaciones y registros relacionados con la intermediacion en el MORDAZA de valores. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de un aviso en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulacion con el fin de que las personas que se consideren afectadas por la actuacion de Prisma Sociedad Agente de Bolsa S.A. en el MORDAZA, presenten sus reclamaciones ante la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su notificacion. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion a Prisma Sociedad Agente de Bolsa S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA, a Cavali ICLV S.A. y a la Asociacion de Sociedades Agentes de Bolsa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Intermediarios y Fondos 4669

mente bienes homogeneos, por tanto, tales condiciones corresponden a Sistemas de Certificado de Compra cuyo objeto es adjudicar el derecho a un importe que podra ser aplicado a la adquisicion de bienes de diverso genero, no homogeneos, dentro de un mismo grupo; Que, la Asociacion de Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (ADEAFCO), ha propuesto que el monto MORDAZA del Certificado de Compra sea diez mil dolares americanos (US$ 10 000); Que, de la evaluacion efectuada a la propuesta alcanzada por ADEAFCO, asi como a la consideracion de los demas requisitos previstos en el Articulo 3º de la Resolucion CONASEV Nº 084-99-EF/94.10, se ha determinado que el monto de los Certificados de Compra no debiera exceder el monto de diez mil dolares americanos (US$ 10 000); y, Estando a lo dispuesto en el Articulo 2º inciso c) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126, asi como a lo dispuesto por el Articulo 3º inciso a) de la Resolucion CONASEV Nº 084-99-EF/94.10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El Certificado de Compra a que se refiere el Articulo 3º inciso a) de la Resolucion CONASEV Nº 08499-EF/94.10, no debera superar el monto de diez mil dolares americanos (US$ 10 000). Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a las empresas administradoras de fondos colectivos y a la Asociacion de Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (ADEAFCO). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General

4600 Establecen monto MORDAZA del Certificado de Compra a que se refiere resolucion que creo regimen especial para Disponen inscripcion de cuarta emiempresas administradoras de fondos MORDAZA de bonos COFIDE en el Registro colectivos que fortalezcan situacion Publico del MORDAZA de Valores RESOLUCION GERENCIA GENERAL patrimonial Nº 028-2000-EF/94.11 RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 027-2000-EF/94.11 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2000 VISTO: El Informe Nº 21-2000-EF/94.55 de fecha 23 de marzo de 2000, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21907 se encargo a CONASEV la supervision y control de las empresas administradoras de fondos colectivos y se faculto a dictar las resoluciones que normen su organizacion y funcionamiento, asi como su supervision; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 730-97-EF/ 94.10 se aprobo el Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, actualmente vigente; Que, con el objeto de mejorar la competitividad y promover el desarrollo del sistema de fondos colectivos, se dicto la Resolucion CONASEV Nº 084-99-EF/94.10 mediante la cual se creo un regimen especial aplicable a las empresas administradoras de fondos colectivos que fortalezcan su situacion patrimonial y de garantias, estableciendose en el Articulo 3º inciso a) que el Certificado de Compra no debera superar el monto que sera establecido mediante Resolucion Gerencia General de la CONASEV; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 098-99-EF/ 94.10 se modifico el Articulo 3º de la Resolucion CONASEV Nº 084-99-EF/94.10, estableciendo que las condiciones adicionales previstas en el articulo en mencion no son aplicables para aquellos programas que incorporen simultaneamente vehiculos e inmuebles, o que consideren exclusivaQue, de conformidad con el Articulo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones; Que, con fecha 24 de MORDAZA de 1999 la Junta General de Accionistas de COFIDE aprobo el primer programa de emision de valores representativos de deuda, hasta por un monto MORDAZA de setecientos millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 700 000 000,00), delegando al Directorio la facultad de determinar los terminos, caracteristicas y condiciones en las emisiones a ser realizadas en el MORDAZA del programa de emision, asi como decidir y acordar las caracteristicas y condiciones de dichas emisiones, pudiendo delegar estas facultades a las personas u organos de la Administracion que estime conveniente; Que, en sesiones de Directorio de COFIDE de fecha 25 de MORDAZA y 9 de noviembre de 1999 se designo un comite especial para que acuerde los terminos, caracteristicas y condiciones de todas las emisiones del programa de emision de valores representativos de deuda de COFIDE, aprobado por la Junta General de Accionistas de fecha 24 de MORDAZA de 1999, autorizando a dicho comite a delegar a uno o mas de sus miembros la facultad de suscribir todos y cada uno de los actos, contratos y demas documentos que estimen necesarios para llevar a cabo la emision; MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2000 VISTOS: El Documento simple Nº 2000/03888 presentado por la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE y el Memorandum Nº 059-2000-EF/94.50 de fecha 19 de MORDAZA de 2000 de la Gerencia de Emisores y Empresas. CONSIDERANDO:

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