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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (26/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de abril de 2000 AÑO XVIII - Nº 7247 Pág. 185951Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" P C M Aprueban donación efectuada a favor de integrantes de organizaciones so- ciales y población de diversos depar- tamentos del país RESOLUCION SUPREMA Nº 170-2000-PCM Lima, 25 de abril del 2000 CONSIDERANDO: Que, con Resolución de SUNAD Nº 000368 del 1 marzo del 2000, la Superintendencia Nacional de Aduanas for- malizó, en vía de regularización, la adjudicación de bienes que efectuó el 1 junio 1999 a favor del Despacho Presiden- cial, consistente prendas de vestir diversas y calzado de diferentes modelos para ser entregados en donación a Instituciones, Organizaciones Sociales y Población de escasos recursos; Que, con el propósito de apoyar a las Instituciones, Organizaciones Sociales, Centros Educativos y Población de escasos recursos, cuyos integrantes realizan esfuerzos orien- tados a mejorar sus condiciones de vida y mediante las Actas de Entrega y Recepción respectivas, el Despacho Presiden- cial procedió, hasta diciembre 1999 a entregar en calidad de donación los aludidos bienes a favor de los integrantes de Organizaciones Sociales y Población de escasos recursos de los departamentos de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Loreto, Piura, por lo que resulta perti- nente la expedición de la Resolución respectiva que fomalice dicha donación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización la donación de prendas de vestir diversas y calzado de diferentes modelos, valorizados en un total de Treinta Mil Setenticuatro y 55/100 Nuevos Soles (S/. 30 074,55), efectuada por el Despacho Presidencial - Unidad Ejecu- tora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, en favor de los integrantes de las Organizaciones Socia- les y población de escasos recursos de los departamentos de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Loreto y Piura, según detalle que se indica en el anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Supre- ma a la Contraloría General de la República, dentro de los términos de ley. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 4682AGRICULTURA Establecen medidas relativas a importación de frutos o material de propagación de plátano o banano, en resguardo de sanidad de áreas pro- ductoras del país DECRETO SUPREMO Nº 011-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-76-AL, del 28 de octubre de 1976, se aprueba el Reglamento Sanitario para la Importación y Exportación de Productos y Subproductos de Origen Vegetal, el mismo que fue modificado en su Artículo 3º por el Decreto Supremo Nº 009-91-AG del 11 de marzo de 1991, estableciéndose que no podrán ingresar al país las plantas y productos vegetales y mercaderías peligrosas que no hayan cumplido con los requisitos fitosanitarios que determine el Ministerio de Agricultura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 782-87-DGAG del 22 de setiembre de 1987, se prohíbe la importación de plátano (Musa spp.) y otras especies vegetales relaciona- das taxonómicamente, procedente de la República del Ecua- dor, bajo cualquier modalidad, por haberse detectado en sus plantaciones bananeras la presencia de Sigatoka Negra del Plátano (Mycosphaerella fijiensis Morelet, sin. M. fi- jiensis var. difformis Mulder & Stover); Que, de acuerdo al Inventario de Plagas y Enfermeda- des presentes en los países miembros del Grupo Andino de la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, aprobado mediante Resolución 419 del 22 de agosto de 1996, hoy Comunidad Andina de Naciones - CAN, se reporta la existencia y/o localización de la incidencia endémica ge- neralizada de Mycosphaerella fijiensis var. diffor- mis, así como en la información de CABI 1998, EPPO 1998, respectivamente; Que, mediante el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 259-91-AG del 22 de abril de 1991, se dispone que los casos no previstos en materia de protección vegetal en importacio- nes de productos y subproductos de origen vegetal, serán resueltos por la autoridad competente de Sanidad Agrícola del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-95-AG del 16 de diciembre de 1995, se declara a la Sigatoka Negra del Plátano como "plaga epidemiológica de importancia econó- mica cuarentenaria y nacional, de riesgo para los cultivos del banano, plátano y otras musáceas", declarando infestadas las plantaciones en la Región Ucayali; Que, la Decisión 328 de la CAN, publicada en la Gaceta Oficial el 30 de octubre de 1992, que crea el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria, se encuentra en proceso de revi- sión, a solicitud de los países miembros de la Comunidad Andina, en razón a que, su adecuación a las disposiciones contenidas en el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosani- tarias de la OMC, tiene carácter impostergable y prioritario; Que, mediante Resolución 431 de la CAN, publicada en la Gaceta Oficial el 20 de setiembre de 1996, se aprueba la "Norma Andina sobre Requisitos Fitosanitarios de Aplica- ción al Comercio de Productos Agrícolas", la cual establece, entre otros, los requisitos fitosanitarios para la importación de plátano o banano (Musa spp.) ;