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Pág. 186094 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de abril de 2000 Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legisla- tivo Nº 893; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir del 17 de abril del 2000, la renuncia formulada por la profesora DINA ZAVALE- TA FIGUEROA DE CORNEJO , al cargo de confianza de Gerente de Integración Social, Categoría Gerente A, de la Gerencia de Integración Social del Instituto Nacio- nal de Bienestar Familiar - INABIF, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 4849 RELACIONES EXTERIORES Reconocen Cónsul Honorario de Trini- dad y Tobago en Lima, con jurisdic- ción en todo el país RESOLUCION SUPREMA Nº 222-2000-RE Lima, 28 de abril del 2000 Vista la Nota Nº 000038 de fecha 23 de febrero del 2000, de la Embajada de la República de Trinidad y Tobago en Caracas, Venezuela; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º, inciso 13), de la Constitución Política del Perú, así como de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Reconocer al señor Alfonso Alvarez - Calderón Yrigoyen, como Cónsul Honorario de Trinidad y Tobago en Lima, con jurisdicción en todo el país. 2.- Extenderle el exequátur correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 4821 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Aprueban el Nuevo Texto Oficial de la Síntesis de la Legislación Laboral RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-2000-TR Lima, 26 de abril del 2000CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 058-97-TR, se aprobó la Síntesis de la Legislación Laboral; Que, el Artículo 1º de la precitada Resolución dispuso que el Ministerio de Trabajo y Promoción Social proceda a actualizar periódicamente la Síntesis de la Legislación Laboral; Que, siendo necesario adecuar dicho texto al marco legal vigente, resulta procedente aprobar la nueva ver- sión de la misma; Que, la Síntesis Laboral constituye una relación enunciativa que busca consolidar las principales disposi- ciones laborales, dentro de la función de difusión de la legislación laboral a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social a fin de promover la prevención de los conflictos laborales; Que, el Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 004-96- TR, Reglamento del Procedimiento de Inspección de Trabajo, y demás normas complementarias, establecen que el Inspector de Trabajo realizará la visita inspectiva premunido de la Síntesis de la Legislación Laboral, con el objeto de proporcionar a las partes el sustento legal de sus observaciones; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de la facultades conferidas por el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el Nuevo Texto Oficial de la Síntesis de la Legislación Laboral, conteniendo las prin- cipales disposiciones vigentes sobre la materia, sustitu- yendo el texto anterior aprobado por Resolución Minis- terial Nº 058-97-TR. El Ministerio de Trabajo y Promoción Social actuali- zará periódicamente el Nuevo Texto Oficial de la Sínte- sis de la Legislación Laboral. Artículo 2º.- Los empleadores cuyos trabajadores estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada deberán contar con el Texto Oficial vigente de la Síntesis de la Legislación Laboral. Dicha obligación rige a partir de los quince (15) días posteriores a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución. Artículo 3º.- Precisar que el contenido de la Síntesis de la Legislación Laboral tiene carácter informativo y orientador. No excluye de la supervisión de los Inspecto- res de Trabajo otras obligaciones laborales que no estén contenidas en el texto. Artículo 4º.- Autorizar al Viceministro de Trabajo para que autentique mediante firma y sello cada uno de los ejemplares que conforman la edición oficial a que se refiere el artículo precedente de la presente Resolución. Artículo 5º.- La Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción Social distribuirá gratuitamente el 10% de la Edición del Nuevo Texto Oficial de la Síntesis de la Legislación Laboral, aprobado mediante la presen- te Resolución a las universidades, bibliotecas y gremios representativos de trabajadores y empleadores. Artículo 6º.- Deróguese la Resolución Ministerial Nº 058-97-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 4761 M T C Autorizan viaje de servidores de CORPAC S.A. para participar en se- minario extensivo de seguridad, a realizarse en los EE.UU. RESOLUCION SUPREMA Nº 058-2000-MTC Lima, 28 de abril del 2000