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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (30/04/2000)

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Pág. 186095 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de abril de 2000 CONSIDERANDO: Que, según los términos de la comunicación MTC/ CORPAC S.A. GG-587-2000.O del Gerente General de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A., la Federal Aviation Administration (FAA) de los Estados Unidos de Amé- rica, ha cursado invitación a la administración de dicha Corporación para que participe un Seminario Extensivo de Seguridad que se realizará en la ciudad de Miami durante los días 1 al 5 de mayo del presente año; Que, el propósito principal del Seminario es brin- dar a las autoridades de aviación civil de Latinoamé- rica y el Caribe los conocimientos y destrezas para que conduzcan inspecciones de seguridad efectivas, tal como lo exige la OACI, asimismo tiene como objetivo ayudar a los países a construir y mantener infraestructuras necesarias para evaluar mejor sus operaciones de seguridad en los aeropuertos y con las aerolíneas, haciendo efectivos los programas de segu- ridad; Que, considerando lo señalado precedentemente, el Directorio de CORPAC S.A. en Sesión Nº 1907 ha estima- do pertinente que en el citado Seminario participen el Gerente de Seguridad de la Corporación y del Jefe del Area de Seguridad Aeroportuaria del Aeropuerto Inter- nacional Jorge Chávez; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 063-84-PCM, 074-85- PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes servidores de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A., a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 30 de abril al 5 de mayo del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución: . Víctor Pablo Salinas Paredes, Gerente de Seguridad . Juan Enrique Salas Rivera, Jefe del Area de Seguri- dad Aeroportuaria del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente será con cargo al Presupuesto de CORPAC S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,200.00 Viáticos US$ 2,640.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos o de dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 4818 Autorizan donación efectuada por ENAPU S.A., a favor de la Policía Na- cional del Perú RESOLUCION SUPREMA Nº 060-2000-MTC Lima, 29 de abril del 2000 Visto, el Oficio Nº 052-2000-ENAPU S.A./PD de la Presidencia del Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A.;CONSIDERANDO: Que, por Oficios Nºs. 01-99-JPI-PNP-CM-A3 y 188- 99-JPI-PNP-A3 de la Jefatura Provincial Islay-Mollendo de la Policía Nacional del Perú, se ha solicitado a la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. la donación y/o adjudicación de una lancha para prestar primeros auxilios a las personas que son arrastradas por el mar y rescatados por la Policía Nacional del Perú; Que, ENAPU S.A. a través del Acuerdo de Directorio Nº 156/10/96/D de fecha 28 de noviembre de 1996, se dio de baja contable a la Lancha "Sargo" del Terminal Portuario de Matarani; Que, mediante acuerdo de Directorio Nº 111/12/99/D de fecha 29 de diciembre de 1999, ENAPU S.A. acordó ampliar el Acuerdo de Directorio Nº 156/10/96/D en el sentido que la Lancha "Sargo" sea donada a la Policía Nacional del Perú; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación de la Lancha "Sargo" del Terminal Portuario de Matarani de la Em- presa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., a favor de la Policía Nacional del Perú. Artículo 2º.- El bien mueble a que se refiere el artículo anterior, será dado de baja de los registros patrimoniales de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Policía Nacional del Perú, Empresa Nacio- nal de Puertos S.A. - ENAPU S.A., Contraloría General de la República y Superintendencia de Bienes Naciona- les. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 4848 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Arequipa-Juliaca RESOLUCION DIRECTORAL Nº 534-2000-MTC/15.18 Lima, 3 de abril de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00586010, organizado por la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A., sobre concesión de ruta: AREQUI- PA - JULIACA y viceversa e Informe Nº 236-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, de la Dirección de Transporte de Pasa- jeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A., mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de concesión de ruta: AREQUIPA - JULIACA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 236-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR., se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento, aprobado por Decreto