Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2000 (30/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2000

Declaran no ha lugar solicitud de nulidad contra MORDAZA de elecciones generales realizado en la circunscripcion del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 569-2000-JNE MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2000 Visto, el Oficio Nº 331-000-JEE-A suscrito por el Presidente del MORDAZA Electoral de MORDAZA, recibido via fax el dia 29 de MORDAZA de 2000, elevando la solicitud de nulidad presentada por el personero legal alterno del Partido Aprista Peruano acreditado ante dicho MORDAZA Electoral Especial, senor MORDAZA MORDAZA Aperrigue Rosello, contra el MORDAZA electoral del ano 2000 en dicha circunscripcion electoral; fundamentando su pedido en la presumible existencia de incongruencias y diferencia notoria entre el numero de sufragantes y votos, habiendosele indicado en la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA que se trata de error originado en las mesas de sufragio, sin que se le MORDAZA entregado un reporte computarizado que detalle los numeros de mesas en que se ha cometido dicho error y las diferencias mesa por mesa; aduce que habria un ocultamiento intencional sobre el numero de sufragantes y que ello le haria ver la existencia de graves irregularidades; CONSIDERANDO: Que, el presente recurso pretende la nulidad de las elecciones generales realizadas en la circunscripcion del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, sosteniendo el solicitante, la existencia de graves irregularidades que segun manifiesta se pretende ocultar, y que determinarian un exceso en el numero de votos en cuanto a formula presidencial y lista de congresistas; Que, no habiendo aportado el solicitante, pruebas que acrediten en forma concreta y fehaciente lo que aduce, su pedido no resulta atendible; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, de conformidad con lo establecido por el Articulo 178º, numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar no ha lugar a la solicitud de nulidad formulada por el senor MORDAZA MORDAZA Aperrigue Rosello, personero legal alterno del Partido Aprista Peruano acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, contra el MORDAZA de elecciones generales del ano 2000 realizado en dicha circunscripcion electoral. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General 4866

Que, conforme a lo dispuesto por los Articulos 18º y 322º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones proclamar la formula ganadora de las elecciones generales realizadas el 9 de MORDAZA de 2000, siempre que se hubiera obtenido mas de la mitad de los votos validos, sin computar los votos nulos y en blanco; Que, se tiene a la vista los resultados recibidos de los Jurados Electorales Especiales y el computo de las Actas de Sufragio de los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero elevado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, los mismos que estan contenidos en el anexo que forma parte de la presente resolucion; y, habiendose efectuado con ellos el computo nacional de la votacion para formula presidencial, se ha obtenido el siguiente resultado:
Total de Votos Partido Accion Popular Partido Politico Frente Popular MORDAZA FIA del Peru Agrupacion Independiente Avancemos Partido Aprista Peruano Agrupacion Independiente Union por el Peru Alianza Electoral Peru 2000 Partido Politico Solidaridad Nacional Agrupacion Independiente Movimiento Independiente Somos Peru Partido Peru Posible Votos en MORDAZA Votos nulos 46 509 80 099 246 781 152 519 36 541 5 528 394 199 813 333 049 4 460 812 708 603 271 308 Porcentaje (%) 0,4195 0,7226 2,2263 1,3759 0,3296 49,8749 1,8026 3,0046 40,2436

Que, del computo nacional de sufragios a que se refiere el considerando precedente, resulta que ninguno de los candidatos para la Presidencia de la Republica ha obtenido mas de la mitad de los votos validos emitidos, necesario para ser elegido, conforme lo establece el Articulo 111º de la Constitucion del Peru, concordado con el Articulo 17º de la Ley Organica de Elecciones; Que, las formulas presidenciales que han obtenido las dos mas altas mayorias relativas son: la de la alianza electoral Peru 2000 que encabeza el ingeniero MORDAZA Fujimori Fujimori con 5 528 394 votos (49,8749 %); y la del partido Peru Posible que encabeza el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con 4 460 812 votos (40,2436 %); Que, en tal virtud, la MORDAZA eleccion debe llevarse a cabo entre las dos formulas presidenciales mencionadas: Que, de conformidad con lo previsto por el Articulo 18º de la Ley Organica MORDAZA mencionada y el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 40-99-PCM, en caso de que ninguno de los candidatos a Presidente de la Republica y Vicepresidentes obtuviese mas de la mitad de los votos validos, se procedera a una MORDAZA eleccion entre los dos candidatos que hubiesen obtenido la votacion mas alta, dentro de los treinta dias siguientes a la proclamacion de los computos oficiales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que los candidatos a la Presidencia de la Republica que participaron en las elecciones generales del 9 de MORDAZA de 2000, no alcanzaron, para ser elegidos, el porcentaje senalado en el Articulo 111º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 17º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Articulo Segundo.- La MORDAZA eleccion para Presidente y Vicepresidentes de la Republica, se llevara a cabo entre las formulas presidenciales de la alianza electoral Peru 2000 que encabeza el ingeniero MORDAZA Fujimori Fujimori, y la del partido Peru Posible, que encabeza el doctor MORDAZA MORDAZA Manrique. Articulo Tercero.- La MORDAZA eleccion, conforme a lo senalado por el Decreto Supremo Nº 40-99-PCM, se realizara el MORDAZA 28 de MORDAZA de 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General 4867

Disponen la realizacion de MORDAZA eleccion para Presidente y Vicepresidentes de la Republica el dia veintiocho de MORDAZA
RESOLUCION Nº 570-2000-JNE MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2000 Vistos, en sesion de la fecha, los resultados de los computos elevados por los Jurados Electorales Especiales y el computo de los votos de las Actas de Sufragio de los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, para las formulas presidenciales que intervinieron en las elecciones generales del 9 de MORDAZA de 2000;

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