Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2000 (02/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de agosto de 2000

acciones legales correspondientes contra las personas MORDAZA mencionadas y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspondientes contra los senores Nilton MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fredy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8817 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 323-2000-MTC/15.02 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 04784011, Informe Tecnico Nº 192-2000-MTC/15.18.05.3.mgl de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir e Informe Nº 2562000-MTC/15.18.01 de la Direccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre; CONSIDERANDO: Que, la Comisaria de Celendin de la provincia de Celendin, del departamento de MORDAZA, mediante Oficio Nº 1176-99COMIS-PNP-CELENDIN-"A"/Sec, remite al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion la Licencia de Conducir G-024406, Clase 2, Categoria D, requisada al senor MORDAZA A. Munoz MORDAZA en operativo de control de MORDAZA por la Policia Nacional del Peru para la verificacion correspondiente; Que, de la revision de la Base de Datos del Centro de Computo, Antecedentes Registrales y Padron General de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, se ha constatado que la Licencia de Conducir G-024406 corresponde al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo esta de Clase 2, Categoria B1; Que, el hecho descrito precedentemente determina que la Licencia de Conducir G-024406, Clase 2, Categoria D, sea falsa; Que, el hecho precedentemente expuesto constituiria delito contra la fe publica, conforme lo tipifica el Articulo 427º del Codigo Penal, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio, para que inicie las acciones legales correspondientes contra el senor MORDAZA A. Munoz MORDAZA y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspondientes contra el senor MORDAZA A. Munoz MORDAZA y los que resulten responsables por el hecho descrito precedentemente, debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8819 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 326-2000-MTC/15.02 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2000

VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 01788011, 23562011, 02663011 y 04394011, Informes Tecnicos Nºs. 227, 300 y 312-2000-MTC/15.18.05.3.AA del Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir e Informes Nºs. 251, 252 y 254-2000-MTC/15.18.01 de la Direccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre; CONSIDERANDO: Que, las Comisarias de la Policia Nacional del Peru que se mencionan a continuacion, mediante los Oficios correspondientes han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Licencias de Conducir para la verificacion correspondiente: Comisaria Lince Unidad Vecinal Nº 3 MORDAZA de Agua Oficio Licencia

550-99-JPMS-JAP-06-CL-SIAT AF-0078352/A-II 631-JAP-3-CUV3-SIAT AE-0192035/A-III 418-JAP-04-CCA.SIAT AA-0139128/A-II

Que, de la revision de la Base de Datos del Centro de Computo, Antecedentes Registrales y Padron General de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, se ha constatado que las Licencias de Conducir a nombre de las personas que a continuacion se indican, han sido adulteradas por sus titulares en su categoria y fecha de revalidacion: Licencia AF-0078352/A-II AE-0192035/A-III AA-0139128/A-II Titular MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, los hechos descritos precedentemente constituirian delito contra la fe publica, conforme lo tipifica el Articulo 427º del Codigo Penal, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio, para que inicie las acciones legales correspondientes contra las personas MORDAZA mencionadas y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspondientes contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8820

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra la Municipalidad Distrital de Sangarara y presuntos responsables de demolicion de inmueble de propiedad de la Direccion General de Correos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 322-2000-MTC/15.05 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2000 Visto, el Informe Nº 057-2000-MTC/15.12 de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Correos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, es propietaria del inmueble sito en Av. 18 de Noviembre s/n, distrito de Sangarara, provincia de Acomayo, departamento del MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 6343 del Registro de la

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