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Pág. 191326 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de agosto de 2000 tado atender, en este tiempo, 7,780 Cremaciones y 750 Exhumaciones a razón de $ 140.00 Dólares America- nos + IGV las primeras y de $ 60.00 Dólares America- nos + IGV las segundas; asimismo se ha proyectado un total de egresos por la suma de $ 899,876.00 Dólares Americanos, gastos que comprenden el consumo de gas, el pago del personal, comunicación, manteni- miento de oficina, mantenimiento de horno, cargos por financiamiento, contabilidad, carga social, CTS, Im- puesto y otros, así como también el 20% de Comisión que recibiría la Municipalidad Distrital de Surquillo durante el período de concesión señalado; cantidad la cual proyectada asciende a la suma de $ 226,840.00 Dólares Americanos; Que, el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 098-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprobó el "Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y en Servicios Públicos Locales en la provincia de Lima", establece que las personas jurídicas nacionales o extranjeras podrán presentar ante las Mu- nicipalidades concedentes, iniciativas que identifiquen el proyecto a descripción de la obra a ejecutar o el servicio a explotar, las posibilidades de financiamiento del pro- yecto, así como otros lineamientos que permitan su identificación con claridad. Además señala que deberán presentar la descripción cuantificada de gastos incurri- dos en la elaboración de la misma que tendrá carácter de declaración jurada; En consecuencia, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y del Artículo 13º de la Ordenanza Nº 098 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y contando con la opinión favorable de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano así como de la Oficina de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Iniciativa Privada para la Instalación, Explotación, Administración y Mantenimiento del Crematorio Municipal en el Ce- menterio del distrito de Surquillo, presentado por la Empresa HORNOS INDUSTRIALES S.A., prosi- guiendo con el trámite para la convocatoria a Concur- so de Proyectos Integrales. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 8897 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO Aprueban contratación de maquinaria pesada mediante la modalidad de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 144-2000-MPA Azángaro, 31 de julio de 2000 VISTO; el Informe Nº 004-2000-CEPSAMP-MPA, de fecha 27 de julio de 2000, evacuado por el Presidente de la Comisión Especial, designado por Resolución de Alcal- día Nº 009-2000-MPA, para conducir el Concurso Público Nº 001-2000-CEPSAMP-MPA, por el que solicita la auto- rización para realizar UNA ADJUDICACION DIREC- TA DE MENOR CUANTIA, para Alquiler de Maquina- ria Pesada, para la ejecución de la obra: "Rehabilitación de la Trocha Carrozable Azángaro - Alto Huaraconi";CONSIDERANDO: Que, por Convenio Específico celebrado entre el Con- sejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Puno, el Municipio Provincial de Azángaro y el Comité de Planificación Distrital de Azángaro, se encarga a la Muni- cipalidad Provincial de Azángaro, la ejecución de la obra "Rehabilitación de la Trocha Carrozable Azángaro - Alto Huaraconi", financiado con recursos del Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria Perú - CE (PASA); consiguientemente, es necesario alquilar maquinaria pe- sada, para el cumplimiento de los trabajos encomendados; Que, para la contratación de Alquiler de Maquinaria Pesada, se convoca a Concurso Público Nº 001-2000- CEPSAMP-MPA, el mismo que fuera celebrado DESIER- TO, en el acto de recepción y apertura de propuestas de fecha 5 de julio de 2000, por haberse presentado un solo postor, decidiéndose realizar una segunda convocatoria con el mismo objeto; Que, con fecha 26 de julio de 2000 se realizó el acto de recepción y apertura de propuestas del Concurso Público Nº 001-2000-CEPSAMP-MPA, en una segunda convoca- toria, acto que también ha sido declarado DESIERTO en aplicación del Art. 32º de la Ley de Contratación y Adquisiciones del Estado Nº 26850, al haberse presenta- do un solo postor; Que, el Inc. f) del Art. 19º de la Ley Nº 26850 precep- túa que están exonerados del requisito de Licitación Publica y Concurso Público, las Adquisiciones y Contra- taciones cuyo proceso de selección haya sido declarado desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el proceso del Concurso Público Nº 001- 2000-CEPSAMP-MPA, es procedente autorizar en vía de excepción la Contratación de Pool de Maquinaria Pesada, para la ejecución de la obra "Rehabilitación de la Trocha Carrozable Azángaro - Alto Huaraconi", a través de una Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de conformidad con lo previsto en el Art. 20º de la Ley Nº 26850; Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso c) del Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, la exoneración del proceso de selección debe ser aprobada por Resolución de la Máxima Autori- dad de la entidad; Que, para los efectos anteriormente referidos es necesario la formalización del acto administrativo que apruebe la exoneración del Proceso de Selección antes indicado; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que confiere el inciso g) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con cargo a dar cuenta al Concejo de Regidores; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad a las normas legales pertinentes, la Contratación de un POOL DE MAQUINARIA PESADA, para la ejecución de la obra "Rehabilitación de la Trocha Carrozable Azángaro - Alto Huaraconi", a través de la modalidad de ADJUDI- CACION DIRECTA DE MENOR CUANTIA. Artículo Segundo.- DISPONER que la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Azángaro, ponga de conocimiento de la presente Resolución, a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contralo- ría General de la República, dentro del plazo señalado por la Ley; así como solicite la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Comisión Es- pecial designado según Resolución de Alcaldía Nº 099- 2000-MPA de fecha 1 de junio de 2000, para el cumpli- miento de lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TEOFILO MAYTA QUISPE Alcalde Provincial 8887