Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2000 (04/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de agosto de 2000

SBS
Autorizan al Banco Santander Central Hispano - Peru la apertura de oficinas especiales en las provincias de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 501-2000 MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: Las comunicaciones recibidas con fecha 20 de junio y 20 de MORDAZA del 2000 del Banco Santander Central Hispano - Peru, mediante las cuales pone en conocimiento de esta Superintendencia la apertura de las oficinas especiales ubicadas en la Av. MORDAZA Nº 2124, esquina con MORDAZA MORDAZA, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, y en la Av. Larco Nº 1132, distrito de MORDAZA Larco, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura de dichas agencias; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "D", mediante Informe Nº ASIF "D"093-OT/2000; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Santander Central Hispano - Peru la apertura de las oficinas especiales ubicadas en la Av. MORDAZA Nº 2124, esquina con MORDAZA MORDAZA, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, y en la Av. Larco Nº 1132, distrito de MORDAZA Larco, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 8770

asistencia medica, hospitalaria y farmaceutica en caso de urgencia a los asegurados de ambos paises que se desplacen temporalmente al otro pais; Que, el inciso e) del numeral 1 del Articulo 1° del Acuerdo Administrativo Peruano-Hispano sobre Seguridad Social establece que debe haber un organismo de enlace en cada MORDAZA que se encargue de la identificacion, relacion e informacion entre las entidades gestoras y de brindar informacion a los interesados sobre sus derechos y obligaciones; Que, mediante Resolucion de Gerencia General N° 555-GG-ESSALUD-1999 se autorizo a la Gerencia Central de Recaudacion, como organismo de enlace en el Peru, a realizar las funciones de identificacion y acreditacion de los asegurados, asi como, a brindar informacion sobre los derechos y obligaciones de los asegurados en el MORDAZA del Acuerdo Administrativo Hispano-Peruano; Que, el Procedimiento Nº 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA del Seguro Social de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-TR, referido a la Acreditacion de asegurados por Convenio de Seguridad Social entre Peru y Espana, establece los requisitos a cumplir para la obtencion del Certificado de Derecho a Prestaciones de Salud en Estancias Temporales en Espana, los que requieren ser precisados para una adecuada aplicacion; Que, asimismo es necesario aprobar los formularios de solicitud y certificado de derecho a prestaciones de salud correspondientes para la implementacion del mencionado procedimiento; De conformidad con las facultades conferidas mediante Resolucion de Gerencia General N°186-GG-IPSS1998: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los siguientes formularios, que se adjuntan a la presente Resolucion: - Formulario 1055: Solicitud de Certificado de Derecho a Prestaciones Sanitarias en Estancias Temporales en Espana. - Formulario 1056: Certificado de Derecho a Prestaciones de Salud en Estancias Temporales en Espana. los cuales seran de uso obligatorio a partir del 1 de setiembre del 2000. Articulo 2º.- Los formularios podran ser solicitados en cualquiera de las agencias de MORDAZA y Callao o Subgerencias de Recaudacion y Sucursales en provincias y deberan presentarse en la Agencia de San MORDAZA en Lima. Articulo 3º.- Los requisitos para la obtencion del Certificado de Derecho a Prestaciones de Salud en Estancias Temporales en Espana son: a. Presentar la Solicitud de Certificado de Derecho a Prestaciones Sanitarias en Estancias Temporales en Espana (Formulario 1055), debidamente llenado y firmado por la entidad empleadora y/o asegurado segun corresponda. En el caso de los pensionistas no es necesaria la firma de la entidad empleadora. b. Mostrar el documento de identidad original. En caso sea un tercero, mostrar su documento de identidad, presentar carta poder simple firmada por el asegurado y MORDAZA simple del documento de identidad del asegurado. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Recaudacion

ESSALUD
Aprueban formularios de solicitud y certificado de derecho a prestaciones sanitarias y de salud en estancias temporales en Espana
RESOLUCION Nº 018-GCRE-ESSALUD-2000 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio y Acuerdo Administrativo Peruano-Hispano de Seguridad Social se concede la

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