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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (04/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

Pág. 191323 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de agosto de 2000 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Modifican artículo de ordenanza que estableció beneficio de fraccio - namiento de pago de obligaciones tributarias a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 35 Jesús María, 2 de agosto de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordina- ria de fecha 2 de agosto de 2000; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 32 publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 13 de julio del presente, se aprobó el Beneficio de Regularización de Fracciona- mientos de Pago y el Fraccionamiento Especial con un plazo hasta el 31 de julio del año en curso; Que, ante la situación económica que atraviesa el país, es necesario otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, por lo que deberá prorrogar- se el beneficio otorgado; De conformidad con lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto mediante Dicta- men Nº 009-2000 CPEP/MJM y estando a lo dispuesto en los Artículos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 32, de la siguiente forma: "Artículo Segundo.- Se considerará deuda materia del fraccionamiento especial a las provenientes de obligaciones tributarias, administrativas y a las proce- dentes de los fraccionamientos pendientes de pago y a los que estuvieran con resolución de pérdida del beneficio de fraccionamiento, por lo que se procederá a dejar éstos sin efecto y los pagos realizados se imputarán de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 31º del Código Tributario". Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Artículo Décimo de la Ordenanza Nº 32. Artículo Tercero.- Modificar el Artículo Duodécimo de la siguiente forma: "Artículo Duodécimo.- Los deudores tributarios po- drán acogerse a lo dispuesto en la presente norma hasta el 18 de agosto del año en curso". Artículo Cuarto.- Modificar el Artículo Decimo- tercero de la Ordenanza Nº 32 de la siguiente forma: "Artículo Decimotercero.- Se considerará perdido el fraccionamiento especial cuando el obligado incumpla con el pago íntegro de dos cuotas consecutivas o el no pago en su fecha de vencimiento de los tributos munici- pales que le correspondan en cada ejercicio gravable." Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 8943 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban iniciativa de la inversión privada presentada por empresa para servicio de control del estacionamien- to vehicular y recaudación de tasa de parqueo RESOLUCION Nº 0418-00-ALC/MDLV Expediente Nº 8680-2000 La Victoria, 17 de mayo de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Vista; la Iniciativa Privada para el Control de Estacio- namiento Vehicular y Recaudación, presentada median- te Expediente Administrativo Nº 8680-2000 de fecha 7 de abril del 2000, por la Empresa Master Quality Service S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 098 y Nº 112, la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó el Re- glamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos Locales en la provincia de Lima; Que, al amparo del citado Reglamento, la Empresa Master Quality Service S.A.C., ha presentado con fecha 7 de abril del 2000, una Iniciativa Privada para la Concesión del Servicio de Control de Estacionamiento Vehicular y Recaudación de la Tasa respectiva en la jurisdicción del distrito de La Victoria; Que, la citada Iniciativa está orientada a brindar un tratamiento especial a los vecinos conductores de vehículos o a los que conducen establecimientos receptores de masiva clientela, lo cual se llevará a cabo en un marco adecuado para la correcta adminis- tración del Estacionamiento Vehicular en nuestra jurisdicción, asimismo plantea obtener una mayor recaudación de los ingresos tributarios derivados de la referida Tasa; Que, mediante Informe Nº 007-00/DDU/MDLV, expedido por la Dirección de Desarrollo Urbano, se da cuenta que la Iniciativa presentada se adecua al Sistema de Concesión que reglamenta la Ordenanza Nº 098 y Nº 112, de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica, ha opinado favorablemente sobre la Iniciativa Privada presentada por la Empresa Master Quality Service S.A.C., para el Servicio de Control de Estacionamiento Vehicular y Recaudación de la Tasa del Parqueo en la jurisdicción del distrito, la cual de acuerdo a su naturale- za y a la base legal que la ampara, corresponde llevarse a cabo un Concurso de Proyectos Integrales de próxima convocatoria; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; y el Artículo 13º del Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y en Servicios Públicos Locales en la