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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (06/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 191398 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de agosto de 2000 Designan auxiliares coactivos de la Municipalidad RESOLUCION Nº 863-2000-RASS Santiago de Surco, 3 de agosto de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 001-2000-CECPM-MSS y Acta Nº 06, de la Comisión Encargada del Concurso de Méritos para la Designación de Auxiliares y Ejecutores Coactivos en la Muni- cipalidad de Santiago de Surco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 662-2000-RASS, modificada por Resolución Nº 762-2000-RASS, se conformó la Comisión Encargada del Concurso Público de Méritos para cubrir las plazas de Ejecutor y Auxiliares Coactivos; Que, mediante Resolución Nº 763-2000-RASS, se convocó a Concurso Público de Méritos para un (1) Ejecutor Coactivo, nivel F-2, y tres (3) Auxiliares Coactivos nivel F-1, en la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobándose en ella misma las Bases Administrativas; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 809-2000-RASS, se declaró nulo el Concurso Público de Méritos convocado, en el Extremo de los Ejecutores Coactivos, hasta la etapa de la Evaluación Curricular, toda vez que se declaró fundado un reclamo presentado por un postulante; Que, la Comisión ha concluido el Concurso Público de Méritos, en el extremo de los Auxiliares Coactivos, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Evaluación, declarando a los ganadores del Concurso, según Cuadro de Méritos y Acta que forman parte de la presente Resolución; Que, conforme lo establecen los incisos 7.2) y 7.3) del Artículo 7º de la Ley Nº 26979, precisado por la Ley Nº 27204, el Ejecutor y Auxiliar Coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; percibiendo una re- muneración de carácter permanente, para lo cual es necesario expedir el acto administrativo; Que, en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad de Santiago de Surco, se encuentran estable- cidas las plazas convocadas, las mismas que se encuentran debidamente presupuestadas; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6º del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: 1º.- Designar a don JOSE GABRIEL ZAVALA VALLE RIESTRA, JUAN MANUEL CACIANO JARES y JULIO CORDOVA VELASQUEZ, Auxiliares Coactivos de la Munici- palidad de Santiago de Surco, nivel F-1, a partir del 7 de agosto del 2000. 2º.- Los postulantes ganadores del Concurso Público de Méritos señalados en el artículo anterior de la presente Reso- lución, estarán sujetos al régimen laboral de actividad pública, con todos los derechos y obligaciones que en ella se establecen. 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Administración y Unidad de Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 8998 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAGUNAS Autorizan subdivisión sin cambio de uso y sin obras de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION Nº 001-2000-MDL-M-DPDUR Mocupe, 15 de mayo del 2000 EL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS Y DESARROLLO URBANO Y RURALVisto el Expediente Nº 417-1999, y el Anexo Nº 353-2000, seguidos por el BANCO DE VIVIENDA DEL PERU en liqui- dación, representado por el Dr. VICTOR ALAYO PLACEN- CIA, por el cual solicita se les autorice la SUBDIVISION SIN OBRA en zona de Expansión Urbana de un Lote Matriz de 315,900.00 m2 (TRESCIENTOS QUINCE MIL NOVECIEN- TOS METROS CUADRADOS); el cual se ubica en la urbani- zación NUEVO MOCUPE; entre el Km. 722.20 y el Km. 723.50 de la carretera Panamericana Norte, del distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. CONSIDERANDO: Que el recurrente ha cumplido con presentar la documen- tación requerida para el trámite, no habiendo abonado los pagos de derecho administrativo señalado en el TUPA y el Reglamento Nacional de Construcciones por encontrarse exo- nerado en virtud a la Ley Nº 25478 y Ley Nº 26702; Que estando el informe de Asesoría Legal de fecha 7 de febrero del 2000, el Informe Nº 035-2000 de fecha 3 de abril del 2000 emitido por el Departamento de Proyectos y Desarrollo Urbano y Rural; A mérito de lo expuesto y en concordancia con las faculta- des conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Munici- palidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión sin cam- bio de uso y sin Obras del terreno de 315,900 (TRESCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS) constituido por el Lote Matriz ubicado en la urbanización Nuevo Mocupe entre el Km. 722.20 al Km. 723.50 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, quedando subdi- vidido de la siguiente forma: SUBPARCELA 1-A.- Con un área de terreno de 209,202.18 m2 (DOSCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS DOS ME- TROS CUADRADOS CON DIECIOCHO DECIMETROS CUADRADOS) encerrados dentro de los linderos y las medi- das siguientes: POR EL FRENTE: Línea recta de 322.90 ml., linda con la Av. "Q" (Frente a la carretera Panamericana). POR LA DERECHA: Línea recta de 487.50 ml., linda con la Av. "D". POR LA IZQUIERDA: Línea quebrada de tres tramos, el primero con 328.20 ml., el segundo con 325.10 ml., y el tercer tramo con 159.30 ml.; lindando el primer y el segundo tramo con la Subparcela 1-B, y el tercer tramo con parte de la Av. "N". POR EL FONDO: Línea recta con 648.00 ml., linda con la Av. "L". SUBPARCELA 1-B.- Con un área de terreno de 106,697.82 m2 (CIENTO SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS DECIME- TROS CUADRADOS) encerrados dentro de los linderos y las medidas siguientes: POR EL FRENTE: Línea recta de 325.10 ml., linda con la Av. "Q" (Frente a la carretera Panamericana). POR LA DERECHA: Línea recta de 328.20 ml., linda con parte de la Subparcela 1-A. POR LA IZQUIERDA: Línea recta con 328.20 ml., linda con la Av. "N". POR EL FONDO: Línea recta con 325.10 ml., linda con parte de la Subparcela 1-A. Las características de los lotes resultantes figuran en los planos asignados con los Nº 02-03-04, y la Memoria Descripti- va que forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripción ante la Oficina Registral de Chiclayo de las Subparcelas 1-A y 1-B. Artículo Tercero.- PRECISAR, que las Subparcelas mencionadas en el artículo precedente deberán mantener el uso, en caso se efectúe cambio de zonificación y/o Uso deberá solicitarse la correspondiente acotación para Parques zonales. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la cual estará a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo máximo de treinta días calendario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente resolu- ción a la Oficina Registral de Chiclayo para su inscripción correspondiente, y a la Municipalidad Distrital para su cono- cimiento y fines. Regístrese y comuníquese. JAMES R. SEGURA HERNANDEZ Jefe (e) Departamento de Proyectos y Desarrollo Urbano y Rural 9021