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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (06/08/2000)

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Pág. 191387 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de agosto de 2000 cidad de 2Mbps, cumpliendo con las recomendaciones UIT-T y que incorpora una terminación coaxial de 75 ohms desbalanceado. Este Punto de Interconexión estará en el Bastidor de Distribución Digital (DDF), el cual separa la red de cada operador. El DDF será, de preferencia, el especificado según norma ETSI y de requerirse su instalación (en caso de falta de capacidad de los DDF’s de TELEFÓNICA en los PdI’s establecidos) será instalado por el operador que provea el enlace, en este caso dicho operador sumi- nistrará toda la información correspondiente sobre este equipo y las conexiones del equipo de transmisión, con- venientemente identificados a fin de asegurar una asig- nación correcta de los enlaces de interconexión, los cuales también estarán claramente identificados. Estos DDF serán equipados con conectores según norma DIN (para cable coaxial de 75 ohms de acuerdo a su espesor, los cuales son denominados como "flex 3", "flex 5", por ejemplo), con clavijas de paso con punto de prueba desacoplado (U LINK) El punto de acceso tendrá la velocidad de 2 Mbps cumpliendo con las recomendaciones UIT-T. Ambos operadores proporcionarán, en cada área local y donde se establezca la interconexión, números de respuesta automática, los cuales no serán de uso exclu- sivo del operador. Estos números de respuesta automá- tica permitirán a los operadores probar los niveles de continuidad y encaminamiento. 2. SEÑALIZACION 2.1 El sistema de señalización por canal común Nº 7 PTM-PUSI deberá utilizarse para el enlace de interco- nexión de acuerdo a las especificaciones utilizadas por TELEFÓNICA. TELEFÓNICA proporcionará a FIRSTCOM, en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario computados a partir de la vigencia del presente MANDATO, las especificaciones de la señalización por canal común Nº 7 PTM- PUSI que usa en el Perú. 2.2 Si hubiera algún cambio en estas especificacio- nes, TELEFÓNICA informará a FIRSTCOM con 3 me- ses de anticipación, en el caso de cambios mínimos y con 6 meses de anticipación en el caso de cambios mayores. Se entiende por cambio mínimo aquellas correcciones que no requieren un cambio sustancial en el software y que generalmente son realizadas mediante "parches". Los cam- bios mayores son los que requieren una actualización más detallada de las especificaciones inicialmente establecidas del software, que pueden implicar una actualización de versión. 2.3 En el caso que TELEFÓNICA establezca un Punto de Transferencia de Señalización (PTS) para la atención del área local donde se establezca la interco- nexión y de demostrarse la necesidad de su uso, con un mínimo de seis meses de anticipación, FIRSTCOM en- tregará un E1 previo acuerdo (por cada PTS a interconec- tar) hasta el PdI que se usará para conectarse al punto de transferencia de señalización de TELEFÓNICA. En caso contrario, la señalización se establecerá mediante la señalización por canal común Nº 7 en modo asociado. 2.4 TELEFÓNICA y FIRSTCOM se proveerán mu- tuamente y de manera oportuna sus respectivos códigos de los puntos de señalización, a fin de que sean progra- mados en sus redes, cautelando que la presente relación de interconexión se realice en las fechas previstas en el presente MANDATO. 2.5 TELEFÓNICA y FIRSTCOM acordarán las caracte- rísticas de la información a enviar, tales como número A, número B, cantidad de dígitos a enviar, naturaleza de los tipos de números a enviar y toda la información necesaria para hacer efectiva la interconexión. La señalización que utilicen las partes, deberá ade- cuarse a la normativa que para tal efecto emita el MTC. 3. MEDIOS DE TRANSMISION Para el enlace de interconexión se emplearán cables de fibra óptica monomodo. 4. ENCAMINAMIENTO TELEFÓNICA y FIRSTCOM encaminarán las lla- madas originadas en sus redes hasta el PdI, y las llama- das que reciben del PdI, empleando para ello los mismos criterios de encaminamiento usados para las llamadas al interior de sus redes.Artículo 9º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 014- 99-CD/OSIPTEL. Para los casos en que una de las partes desea hacer uso de la infraestructura de la otra parte, en lugares diferentes a los puntos de interconexión, sea con la finalidad de instalar sus equipos destinados a la interco- nexión, supervisión de equipos, mantenimiento, cambio y/o retiro de equipos, las actuaciones necesarias para dichos efectos se regirán por los acuerdos y procedimien- tos que las partes acuerden en el caso de que sea posible la provisión de espacio físico. Los acuerdos mencionados en los párrafos anteriores, deberán ser puestos en conocimiento de OSIPTEL, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su suscripción, para su respectiva aprobación. ANEXO 1.B PUNTOS DE INTERCONEXION 1. AREAS DE SERVICIO COMPRENDIDAS EN LA INTERCONEXION Las áreas de servicio que están comprendidas en el presente proyecto técnico son las siguientes: a) TELEFÓNICA: Departamento de Lima, incluyen- do la Provincia Constitucional del Callao. b) TM: El área definida por la Resolución Nº372-91- TC/15.17 c) FIRSTCOM: Departamento de Lima, incluyendo la Provincia Constitucional del Callao. 2. PUNTOS DE INTERCONEXION Y SU UBICA- CION Los puntos de interconexión iniciales son dos (2), conforme al cuadro siguiente: Departamento Ciudad Dirección de TELEFÓNICA Lima y Provincia Lima Camino Real 208 - San Isidro Constitucional del Callao. Jr. Washington 1326-1328 - El Cercado 3. REQUERIMIENTOS DE ENLACES DE IN- TERCONEXION INICIALES Y PROYECTADOS La capacidad requerida de E1’s para los cinco prime- ros años, por punto de interconexión, es la indicada en el cuadro consignado en el numeral 7 de la carta de fecha 7 de enero de 2000, remitida por FIRSTCOM a TELEFÓ- NICA, en respuesta a su requerimiento de información. 4. EQUIPOS UTILIZADOS PARA LOS ENLA- CES DE INTERCONEXION Los equipos utilizados para los enlaces de interco- nexión podrán ser provistos por cualquiera de las partes. Las condiciones económicas serán las establecidas en el numeral 3 del Anexo 2 - Condiciones Económicas. ANEXO 1.C CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA INTERCONEXION 1. ESPECIFICACIONES TECNICAS 1.1 Especificaciones técnicas de los enlaces: Los equipos de transmisión para los enlaces de interconexión tendrán las velocidades de 155 Mbps ó 140 Mbps ó 34 Mbps ó 8 Mbps ó 2 Mbps. Todas las características físicas y eléctricas y las estructuras de tramas de los enlaces de interconexión seguirán las recomendaciones UIT-T aplicables para sistemas de transmisiones digitales, tales como: a. Los canales de hasta 64 Kbps de una trama de 2 Mbps: G.703, G.821, G.823 y G.732. b. Para enlaces SDH (especialmente para la trama STM-1 de 155 Mbps: G.707, G.781, G.782, G.783, G.803, G.825, G.826, G.957 y G.958). 1.2 Especificaciones técnicas del Punto de In- terconexión: El Punto de Interconexión tendrá la velo-