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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (29/08/2000)

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Pág. 192263 NORMAS LEGALES Lima, martes 29 de agosto de 2000 al alcalde vacado, el regidor hábil que le sigue en su propia lista; y, de conformidad con lo establecido en el inciso 2) del artículo antes citado, concordante con lo previsto por el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, debe convocarse al suplente de la misma lista del regidor que asume el cargo de alcalde, para que complete el número legal de miembros del concejo; Que de acuerdo con la relación de candidatos que resultaron electos para el concejo provincial de Puno en las últimas eleccio- nes municipales, con las Resoluciones Nºs. 872 y 1206-2000- JNE, y con la lista de candidatos de la lista independiente Frente Independiente Juntos por Obras - FIJO, lista que postuló al alcalde cuya vacancia es materia del presente expediente; se determina que el primer regidor hábil es el señor Julían Antonio Salas Portocarrero, a quien le corresponde asumir la alcaldía; y el regidor suplente de la misma lista es el señor Aldo Montagne Choquehuanca, candidato no proclamado a quien se debe convo- car para completar el número de regidores; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE POR MAYORIA: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solicitud pre- sentada por Irma Quilca Fernández de Iglesias sobre proclama- ción como alcaldesa del concejo provincial de Puno, por haber sido confirmada la declaratoria de vacancia de su cargo de regidora en dicho concejo mediante Resolución Nº 1206-2000- JNE de fecha 24 de agosto de 2000. Artículo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de alcal- de del concejo provincial de Puno, ejercida por el señor Gregorio Ticona Gómez, por haber sido elegido y proclamado como Con- gresista de la República para el período parlamentario 2000 - 2005, y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 92º de la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 26534, los Artículos 23º inciso 1) y 26º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, y el Artículo 5º inciso u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486. Artículo Tercero.- Convocar al señor Julían Antonio Salas Portocarrero, primer regidor del concejo provincial de Puno, para que asuma el cargo de alcalde en dicho concejo, en reempla- zo del alcalde vacado señor Gregorio Ticona Gómez, para com- pletar el período municipal 1999 - 2002, otorgándosele la respec- tiva credencial. Artículo Cuarto.- Convocar al señor Aldo Montagne Cho- quehuanca, candidato no proclamado de la lista independiente Frente Independiente Juntos por Obras - FIJO, para que ocupe el cargo de regidor en el concejo provincial de Puno y complete el número legal de miembros de dicho concejo durante el período municipal 1999 - 2002, otorgándosele la respectiva credencial. Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BRINGAS VILLAR SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General RESOLUCION Nº 1212-2000-JNE de 25-8-2000 VOTO SINGULAR DEL SEÑOR ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO, PRESIDENTE DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada el 7 de julio del año en curso, doña Irma Amanda Quilca Fernández de Iglesias, pide que se le proclame Alcaldesa del Concejo Provincial de Puno, en razón a que el señor Alcalde Gregorio Ticona Gómez, ha sido elegido y proclamado como Congresista de la República, para el período 2000-2005, mediante Resolución Nº 863-2000-JNE de fecha 2 de junio del presente año; y en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 28º inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; Que, mediante Resolución Nº 863-2000-JNE, el Jurado Nacio- nal de Elecciones proclamó como Congresista de la República para el período parlamentario 2000-2005, al ciudadano Gregorio Ticona Gómez, al haber salido elegido como tal en las elecciones generales realizadas el 9 de abril del 2000; y, que con fecha 24 de julio del 2000, el mencionado ciudadano juramentó el cargo de Congresista de la República, asumiendo dicha función con ese acto; Que, el mandato de Congresista es incompatible con el ejercicio de cualquier otra función pública, excepto la de Minis- tro de Estado y el desempeño de Comisiones Extraordinarias de carácter internacional, tal como lo establece el Artículo 92º de la Constitución Política del Estado, concordante con lo dispuesto por la Ley Nº 26534, que establece que los Congresistas a partirde la instalación del Congreso cesan automáticamente en el ejercicio de cualquier función pública; y, estando a que con fecha 27 de julio del presente año, la Mesa Directiva del Congreso de la República ha instalado la primera legislatura ordinaria del período anual de sesiones 2000-2001; por lo que procede la declaratoria de vacancia del cargo de Alcalde del señor Gregorio Ticona Gómez, en el Concejo Provincial de Puno, con arreglo a lo dispuesto por los Artículos 23º inciso 1) y 26º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y el Artículo 5º inciso u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, con fecha 8 de junio del 2000, este órgano electoral expidió la Resolución Nº 872-2000-JNE, que declara infundado el recurso de revisión interpuesto por el señor Víctor Leopoldo Maldariaga Anchieta contra el Acuerdo Municipal del Concejo Provincial de Puno, de feha 25 de abril del 2000, que declara la vacancia de su cargo de Regidor en el Concejo en mención; convocándose al señor Teófilo Néstor Montes de Oca Valencia, para que se complete el número de Regidores; Que, al expedirse la Resolución Nº 1206-2000-JNE del 24 de agosto del 2000, el suscrito emitió voto singular en el sentido que se declare fundado el recurso de revisión interpuesto por doña Irma Amanda Quilca Fernández de Iglesias, y en consecuencia nulo el Acuerdo Municipal Nº 008-2000-CMPP del 20 de julio del 2000 del Concejo Provincial de Puno; por lo que debe seguir en su cargo; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, reemplazan al alcalde vacado, el regidor hábil que le sigue en su propia lista; y, de conformidad con lo establecido en el inciso 2) del artículo antes citado, concordante con lo previsto por el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, debe convocarse al suplente de la misma lista del regidor que asume el cargo de alcalde, para que complete el número legal de miembros del Concejo; Que, de acuerdo con la relación de candidatos que resultaron electores para el Concejo Provincial de Puno en las últimas elecciones municipales, se determina que el primer regidor hábil es la recurrente, por lo que su solicitud debe ser amparada. Asimismo, se tiene que el regidor suplente de la misma lista es el señor Aldo Montagne Choquehuanca, candidato no proclama- do a quien se le debe convocar para completar el número de regidores; Por tales argumentos, mi voto es porque se resuelva lo siguiente: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Alcal- de del Concejo Provincial de Puno, ejercida por el señor Gregorio Ticona Gómez, por haber sido elegido y proclamado como Con- gresista de la República para el período parlamentario 2000- 2005, y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 92º de la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 26534, los Artículos 23º inciso 1) y 26º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, y el Artículo 5º inciso u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486. Artículo Segundo.- Declarar procedente la solicitud pre- sentada por Irma Amanda Quilca Fernández de Iglesias; en consecuencia debe convocársele para que asuma el cargo de Alcaldesa del Concejo Provincial de Puno, en reemplazo del Alcalde vacado, señor Gregorio Ticona Gómez, para completar el período municipal 1999-2002, otorgándose la respectiva creden- cial. Artículo Tercero.- Convocar al señor Aldo Montagne Cho- quehuanca, candidato no proclamado de la lista independiente Frente Independiente Juntos por Obras - FIJO, para que ocupe el cargo de regidor en el Concejo Provincial de Puno y complete el número legal de miembros de dicho Concejo durante el período municipal 1999-2002, otorgándosele la respectiva credencial. S. MONTES DE OCA BEGAZO TRUJILLANO, Secretario General. 9858 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Encargan a magistrada adjunta el despacho de la Décima Fiscalía Pro- vincial en lo Penal del Cono Norte RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 595-2000-MP-CEMP Lima, 28 de agosto del 2000