Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2000 (29/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 29 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

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mediante Carta Nº 183-GDLL-ESSALUD-99 del 23 de MORDAZA de 1999, y su posterior aprobacion por la Gerencia Central de Finanzas, con Carta Nº 1427-GCF-ESSALUD-99 del 31 de agosto de 1999, permitio recuperar el importe de S/. 19,073.07 (Diecinueve mil setentitres y 07/100 nuevos soles), monto que supera lo observado por el Organo de Auditoria Interna; Que, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA Velasco Houghton, ex Director del Hospital III MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental La Libertad; por no haber detectado las deficiencias del sistema de acreditacion, en cuanto a los pagos de empleadores, permitiendo que la Institucion otorgue prestaciones asistenciales a trabajadores de empleadores en situacion de morosos por un monto de S/. 18,824.91 (Dieciocho mil ochocientos veinticuatro y 91/100 nuevos soles); Que, no se le encuentra responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA Velasco Houghton, respecto a la observacion de que no se liquidaran ni facturaran en el periodo enero-agosto de 1999 las atenciones brindadas a los miembros de la Fuerzas Policiales y sus familiares por que estas estaban respaldadas por un Convenio con la Institucion, el cual fue renovado considerandose nuevas tarifas, las cuales fueron aprobadas por la Gerencia Central de Finanzas, lo que a su vez, permitio generar mayores ingresos a la Institucion, al efectuarse la liquidacion y posterior facturacion; Que, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria a la senora MORDAZA MORDAZA Gastiaburu, Jefa de la Oficina de Administracion del Hospital III MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental La Libertad; por no haber detectado las deficiencias del sistema de acreditacion en cuanto a los pagos de los empleadores, permitiendo que la Institucion otorgue prestaciones asistenciales a trabajadores de empleadores en situacion de morosos por un monto de S/.18,824.91 (Dieciocho mil ochocientos veinticuatro y 91/100 nuevos soles), transgrediendo lo dispuesto en el Articulo 15º inciso a) del Reglamento de Organizacion y Funciones de los Hospitales III, el cual la sindica como responsable de conducir los procesos de admision, administracion de los pacientes; Que, no le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA Jugo MORDAZA, ex Director del Centro Medico La MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental La Libertad; respecto al hecho de haber permitido el registro indebido como asegurado del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cuanto la inscripcion fue realizada de manera irregular por el senor Jhon Jenrri MORDAZA MORDAZA, ex operador de Red del Sistema de Gestion Hospitalaria del Centro Medico La MORDAZA, quien fraguo documentos, hecho que fue denunciado por el senor MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA, Administrador del mencionado Centro Medico, por consiguiente no estaba dentro de sus facultades iniciar acciones legales al respecto, siendo el area encargada de ello Asuntos Legales, de otro lado, se debe tener en cuenta que el senor MORDAZA Jugo MORDAZA, hace su entrega de cargo el dia 14 de junio de 1999; Que, no le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Administrador del Centro Medico La MORDAZA de la Gerencia Departamental La Libertad; en la inscripcion como asegurado del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cuanto esta fue efectuada por el senor Jhon Jenrri MORDAZA MORDAZA, ex operador de Red del Sistema de Gestion Hospitalaria del Centro Medico La MORDAZA, poniendo en conocimiento de su superior, segun consta de las Cartas Nºs. 125 y 126-ADM-CMLE-GDLL-ESSALUD99 de fechas 25 y 27 de MORDAZA de 1999 respectivamente, las mismas que obran a folios 367 y 368, por consiguiente, no le correspondia liquidar las prestaciones otorgadas por que los hechos los habia puesto ya en conocimiento de la Direccion del Centro de Salud; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 170º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta Nº 03-CEPADAN-ESSALUD-2000 por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel y en merito a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- ABSOLVER al senor MORDAZA JUGO MORDAZA ex Director del Centro Medico La MORDAZA de la Gerencia Departamental La MORDAZA, de los cargos por los que se les instauro MORDAZA administrativo disciplinario mediante Resolucion de Gerencia General Nº 038-GG-ESSALUD-2000, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- ABSOLVER al senor MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, Administrador del Centro Medico La MORDAZA de la Gerencia Departamental La MORDAZA, de los cargos por los que se les instauro MORDAZA administrativo disciplinario mediante Resolucion de Gerencia General N° 038-GG-ESSALUD-2000, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Tercero.- IMPONER la sancion de AMONESTACION al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Produccion de Servicios de Salud y Director del Hospital III MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental La MORDAZA, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus

funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Cuarto.- IMPONER la sancion de AMONESTACION al senor MORDAZA VELASCO HOUGHTON, ex Director del Hospital III MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental La MORDAZA, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Quinto.- IMPONER la sancion de TRES (3) DIAS de SUSPENSION a la senora MORDAZA MORDAZA GASTIABURU, Jefe de la Oficina de Administracion del Hospital III MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Gerencia Departamental La MORDAZA, por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Sexto.- Notificar la presente Resolucion conforme a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA ARMIJO MORDAZA Gerente General ESSALUD 9861 RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 550-GG-ESSALUD-2000 MORDAZA, 12 de junio del 2000 VISTA: El Acta Nº 16-CEPADAN-ESSALUD-2000, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, sobre el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 1047-GG-ESSALUD1999, a merito del Informe Nº 005-IG-GCRS-ESSALUD-1999 referente al "Examen Especial sobre Irregularidades en el Cobro de Cheques - Periodo 1994 - Gerencia Departamental MORDAZA ", del expediente Nº 99-27-CEPADAN. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 1047-GGESSALUD-1999, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA Simborth MORDAZA, ex Jefe de la Division de Finanzas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria; y MORDAZA Ferro MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Gerencia de Red Asistencial de MORDAZA, a merito del Informe Nº 005-IG-GCRS-ESSALUD-1999, referente al "Examen Especial sobre Irregularidades en el Cobro de Cheques - Periodo 1994- Gerencia Departamental MORDAZA " por incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, notificados conforme a ley los senores MORDAZA Simborth MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ferro MORDAZA presentaron sus descargos ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, y solo informo oralmente ante la citada comision el senor MORDAZA Ferro Chavez; Que, del analisis del expediente, y de la documentacion que obra en el principal, se desprende que se le encuentra responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA Simborth MORDAZA, ex Jefe de la Division de Finanzas de la Gerencia de Red Asistencial de MORDAZA, por no haber supervisado y controlado los registros de cheques girados en los Libros Bancos, asi como por no haber realizado un control de calidad en la elaboracion y MORDAZA de las conciliaciones bancarias en los respectivos Libros Bancos. Asimismo, incurre en responsabilidad administrativa disciplinaria por no haber tomado acciones inmediatas al tener evidencias de la existencia de duplicidad de cheques cobrados en los extractos bancarios, lo que ocasiono un perjuicio economico a la Institucion de S/. 188,880.00 (Ciento ochentiocho mil ochocientos ochenta y 00/100 nuevos soles); Que, se le encuentra responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria de la Gerencia de Red Asistencial de MORDAZA, por no haber administrado y ejecutado un control adecuado de los saldos contables de las cuentas bancarias, asi como por no haber realizado el cruce de informacion bancaria recibida para establecer la razonabilidad de las Conciliaciones Bancarias presentadas por la firma ADOSA, contratada por la Institucion. De otro

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