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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (04/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

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Pág. 195589 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de diciembre de 2000 podrá requerir a las Entidades Empleadoras la informa- ción relacionada con los procesos de elección Plan de Salud y Entidad Prestadora de Salud. Artículo 21º.- Para la comunicación de las propuestas de las Entidades Prestadoras de Salud así como para la elección, se podrán emplear medios electrónicos o auto- matizados, siempre que se cumplan las normas sobre la materia y se garantice el ejercicio de los derechos conte- nidos en las disposiciones que regulan el Régimen Contri- butivo de la Seguridad Social en Salud. Artículo 22º.- La propuesta de Plan de Salud, su respectiva cotización, sus condiciones generales y sus condiciones particulares, deberán ceñirse a los requisitos establecidos por la SEPS. Artículo 23º.- Las Entidades Prestadoras de Salud se encuentran obligadas a entregar a las Entidades Empleado- ras la información sobre la siniestralidad producida durante el otorgamiento de las prestaciones contenidas en el Plan de Salud contratado, cuando ello les sea requerido. ANEXO 1 CEDULA DE VOTACION 1 Marque con un aspa el recuadro de su elección: Si No EPS # 1 EPS # 2 EPS # 3 Nombre del Trabajador :_______________________ Firma :_______________________ Fecha :_______________________ ANEXO 2 ACTA DE RESULTADOS DE LA VOTACIÓN PARA ELECCION DE ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD Y DEL PLAN DE SALUD En la ciudad de _____________ a los ___ días del mes de _____________ de _____ se realizó el escrutinio de la votación para elegir una Entidad Prestadora de Salud conforme al Artículo 46º del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. Entidad Empleadora Centro de Trabajo Dirección Número de Trabajadores Los resultados del escrutinio fueron: Número de Votos Votos Votos en votos % (1) válidos % (2) viciados % (2) blanco % (2) Emitidos (1)Se deberá considerar el porcentaje en función al total de trabajadores del Centro de Trabajo. (2)Se considera el porcentaje en función al número de votos emitidos. Los votos válidos se distribuyeron de la siguiente forma: EPS # de Votos Válidos % de los Votos Válidos EPS #1 EPS #2 EPS #3 Se proclama a __________________________________________ como ganadora de la elección. (Para el caso de elegirse una EPS) Ninguna de las Entidades Prestadoras de Salud alcanzó la votación requerida (Para el caso de no elegirse EPS) Firma del representante de la Entidad Empleadora y de los representantes presentes. 13739 1 En el caso que se quieran pactar copagos que sean mayores a los límites establecidos en el Artículo 42º del Reglamento de la Ley Nº 26790, en esta cédula se deberá habilitar un campo en la cual los trabajadores autoricen el cobro de dichas mayores sumas.Modifican los Anexos I y II del Reglamento de Infracciones y Sancio- nes de las Entidades Prestadoras de Salud RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 074-2000-SEPS/CD Lima, 30 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, la Resolución de Superintendencia Nº 026-2000- SEPS/CD, Reglamento de Infracciones y Sanciones de las EPS, establece las infracciones susceptibles de sanción aplicables a las Entidades Prestadoras de Salud; Que, habiéndose aprobado las normas complementa- rias relativas a la convocatoria y al proceso de elección de las Entidades Prestadoras de Salud mediante Resolución de Superintendencia Nº 073-2000-SEPS/CD, resulta ne- cesario incorporar al Reglamento de Infracciones y San- ciones de las EPS la tipificación de los hechos que, de conformidad con las nuevas condiciones y obligaciones establecidas, sean susceptibles de sanción; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-98- SA, corresponde al Consejo Directivo aprobar los regla- mentos y otras disposiciones de carácter general que sean de observancia obligatoria por el sistema; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la SEPS corresponde al Superintendente velar por la co- rrecta ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesión Ordinaria de fecha 29 de noviembre de 2000, con el voto unánime del pleno y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar en el Anexo I del Reglamento de Infracciones y Sanciones de las Entidades Prestadoras de Salud, aprobado mediante Resolución de Superin- tendencia Nº 026-2000-SEPS/CD, las siguientes infrac- ciones: 21. Presentar con posterioridad al plazo señalado por las Entidades Empleadoras, las propuestas de Planes de Salud, cotizaciones, condiciones generales o condiciones particulares. 22. No adjuntar a las propuestas presentadas en el marco de un proceso de elecciones, el folleto informativo ordenado por las normas vigentes. 23. Ofertar condiciones generales o particulares que no cumplan las disposiciones y formatos aprobados por la SEPS. 24. Sustituir o modificar las propuestas presentadas a las Entidades Empleadoras en el marco de un proceso de elección, con posterioridad a la fecha límite para su presentación. 25. No entregar a la Entidad Empleadora, con poste- rioridad a la suscripción del contrato que celebre con ella la EPS, copia del Plan de Salud, las Condiciones Genera- les y las Condiciones Particulares del Contrato de Presta- ción de Servicios de Seguridad Social en Salud y, de ser el caso, los folletos informativos. Artículo 2º.- Incorpórese al Anexo II del Reglamento de Infracciones y Sanciones de las Entidades Prestadoras de Salud, aprobado mediante Resolución Nº 026-2000- SEPS/CD, las siguientes infracciones: 39. No proporcionar a las Entidades Empleadoras la información referida a la siniestralidad producida duran- te el otorgamiento de las prestaciones contenidas en el Plan de Salud contratado. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JUAN FELIPE ISASI CAYO Superintendente 13740