Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2000 (04/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 4 de diciembre de 2000

Articulo 2º.- Constituye regla general de conducta de las Entidades Empleadoras, aplicable en todas las etapas del MORDAZA de eleccion, otorgar a las Entidades Prestadoras de Salud invitadas las mismas oportunidades y facilidades, no pudiendo poner en ventaja a una sobre las otras. Articulo 3º.- A fin de dar cumplimiento al inciso a) del Articulo 46º del Reglamento, las Entidades Empleadoras deben cursar una carta de invitacion a no menos de dos Entidades Prestadoras de Salud, en los mismos terminos y condiciones para todas ellas. La citada carta debera incluir la siguiente informacion: a. Numero de trabajadores y de sus derechohabientes agrupados por centro de trabajo; b. Monto del aporte a ESSSALUD correspondiente a los doce meses precedentes a la invitacion o el monto anual proyectado; c. Cronograma del MORDAZA, en el cual se detallara, como minimo, lo siguiente: - El lugar y fecha limite para la recepcion de las propuestas; - El lugar, fecha y hora de apertura de las propuestas presentadas; - De ser el caso, el lugar y fecha de las exposiciones de las propuestas; - El lugar y fecha del inicio y fin de las elecciones; - El lugar, fecha y hora del escrutinio; d. De contar la Entidad Empleadora con un programa de servicios de salud adicional a la cobertura que brinda ESSALUD, se debera poner en conocimiento de las Entidades Prestadoras de Salud la informacion disponible referida al numero de trabajadores cubiertos, los derechohabientes inscritos, los beneficios contemplados, el aporte de los trabajadores, los copagos, el record de consumo y demas informacion relativa a tal programa. Articulo 4º.- Las cartas de invitacion deben ser recibidas por las Entidades Prestadoras de Salud, con una anticipacion no menor a cinco dias utiles previos a la fecha limite para la recepcion de las propuestas. Articulo 5º.- Durante los cinco dias utiles senalados en el articulo anterior, las Entidades Prestadoras de Salud invitadas podran solicitar a las Entidades Empleadoras que completen la informacion mencionada en el Articulo 3º y podran solicitar a las Entidades Empleadoras informacion adicional con el objeto de elaborar sus propuestas. La informacion que se solicite a las Entidades Empleadoras debera guardar razonable relacion con el objeto del contrato. Las consultas deberan ser respondidas por escrito, debiendose enviar simultaneamente MORDAZA a las demas Entidades Prestadoras de Salud invitadas. Articulo 6º.- Las Entidades Prestadoras de Salud invitadas se encuentran obligadas a presentar sus propuestas en sobre cerrado a las Entidades Empleadoras, las cuales necesariamente incluiran el Plan de Salud, su cotizacion, las condiciones generales y las condiciones particulares que regiran el otorgamiento de las prestaciones. La negativa de las Entidades Empleadoras a los requerimientos de informacion que le formule cualquiera de las Entidades Prestadoras de Salud, no exonera a estas de su obligacion de cotizar. Articulo 7º.- La MORDAZA, total o parcial, de propuestas con posterioridad a la fecha limite establecida en la carta de invitacion, se tendra por no presentada; siendo de aplicacion la sancion que contemple el Reglamento de Infracciones y Sanciones de las Entidades Prestadoras de Salud. Articulo 8º.- Las Entidades Prestadoras de Salud no podran retirarse del MORDAZA de eleccion al cual han sido invitadas, siendo de aplicacion la sancion que contemple el Reglamento de Infracciones y Sanciones de las Entidades Prestadoras de Salud. Articulo 9º.- Adjunto al sobre con sus propuestas, las Entidades Prestadoras de Salud, presentaran un folleto informativo para efectos de la eleccion, el que debera contener informacion de caracter general de la Entidad Prestadora de Salud y un resumen de las condiciones generales del contrato que se celebraria. El folleto informativo debera estar redactado de manera sencilla, debiendo contener, como minimo, informacion relativa a: a. Nombre o denominacion social de la Entidad Prestadora de Salud, precisando el Capital Social; b. Personas comprendidas dentro del Plan de Salud: descripcion de los asegurados regulares y de otros bene-

ficiarios. La determinacion de los otros beneficiarios debera cenirse a las normas vigentes; c. Descripcion general de las prestaciones que se otorgaran, debiendo senalarse expresamente que se cubren las contingencias correspondientes a la MORDAZA Simple y los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales no cubiertos por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo; d. Requisitos generales para el otorgamiento de las prestaciones. De ser el caso, se detallara si alguna prestacion requiere de un procedimiento especial para recibirla; e. Cobertura durante el periodo de latencia, explicandose el concepto, las prestaciones a otorgarse y la modalidad de otorgamiento. Articulo 10º.- La apertura de los sobres que contienen las propuestas presentadas por las Entidades Prestadoras de Salud invitadas debera efectuarse en acto publico en la fecha y hora senalada en el cronograma a que hace mencion en Articulo 3º. Las Entidades Prestadoras de Salud invitadas tienen el derecho de estar presentes en el citado acto. Articulo 11º.- Las Entidades Empleadoras se encuentran prohibidas de rechazar las propuestas presentadas por las Entidades Prestadoras de Salud invitadas. Articulo 12º.- Las Entidades Prestadoras de Salud, no podran sustituir o modificar sus propuestas una vez que las mismas hayan sido presentadas a la Entidad Empleadora. Las propuestas que MORDAZA sustituidas o modificadas con posterioridad a la fecha y hora limite establecida en la carta de invitacion, se tendran por no presentadas, quedando vigente la propuesta original. Articulo 13º.- La Entidad Empleadora convocara a todos sus trabajadores a la eleccion del Plan de Salud y de la Entidad Prestadora de Salud, debiendo asegurarse que, con una anticipacion no menor a diez dias utiles anteriores a la votacion, los trabajadores conozcan la siguiente informacion: a. Relacion de Entidades Prestadoras de Salud invitadas; b. Folletos informativos, propuesta de Plan de Salud presentada, las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares que regiran el contrato a suscribirse y, de ser el caso, el monto de cualquier suma que los trabajadores deban pagar. c. Lugar, fecha y hora limite para la entrega de las cedulas de votacion y la persona responsable de su recepcion; d. Lugar, fecha y hora de escrutinio; e. Lugar y fecha de la publicacion de resultados; f. Plazo de renuncia al plan elegido. Articulo 14º.- En el caso de que se realicen exposiciones por parte de las Entidades Prestadoras de Salud, ellas se efectuaran directamente ante los trabajadores de la Entidad Empleadora. Para tal fin, las Entidades Prestadoras de Salud podran designar a las personas que las representaran. Articulo 15º.- La Entidad Empleadora debera proporcionar a todos sus trabajadores las cedulas de votacion cuyo modelo consta en el Anexo 1 de la presente resolucion. Articulo 16º.- El escrutinio se realizara en acto publico, siendo la Entidad Empleadora la responsable de llevarlo a cabo. La Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, las Entidades Prestadoras de Salud invitadas y los trabajadores de la Entidad Empleadora pueden designar un representante que estara presente en el escrutinio. Articulo 17º.- El resultado del escrutinio constara en un acta, cuyo modelo consta como Anexo 2. MORDAZA de la citada acta debera proporcionarse a los representantes presentes. Articulo 18º.- Las Entidades Prestadoras de Salud deberan suscribir el contrato respectivo con la Entidad Empleadora una vez que MORDAZA vencido el plazo que tienen los trabajadores para renunciar al Plan de Salud elegido a que se refiere el Articulo 50º del Reglamento. Articulo 19º.- Dentro de los 10 dias habiles siguientes a la suscripcion del contrato, la Entidad Prestadora de Salud debera entregar a la Entidad Empleadora el Plan de Salud, un resumen de las Condiciones Generales y de las Condiciones Particulares y, de ser el caso, los folletos informativos, dejandose MORDAZA de tal hecho. La informacion contenida en los citados documentos tiene caracter vinculante para la Entidad Prestadora de Salud contratada. Se deberan entregar MORDAZA copias de los citados documentos como trabajadores cubiertos por el Plan de Salud existan. Es obligacion de las Entidades Empleadoras entregar la documentacion proporcionada por la Entidad Prestadora de Salud a todos los trabajadores cubiertos por el Plan de Salud contratado. Articulo 20º.- La Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, cuando lo considere necesario,

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