Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2000 (16/12/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 196060

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2000

Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, en periodos sucesivos, que vencera el 28 de MORDAZA del ano 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KAWANO KAWANO Viceministro de Comunicaciones 14393 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 445-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 1 de diciembre de 2000 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO EL SOL PROMOTORA SIGLO VEINTE S.A., para que se le renueve la autorizacion para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Corta (OC), ubicada en la MORDAZA de MORDAZA y para la disminucion de potencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion J.P.N.T. Nº 20 de fecha 4 de febrero de 1966, la empresa RADIO EL SOL PROMOTORA SIGLO XX S.A., adquiere de la empresa Cia. de Producciones Radiales y Television S.A., las autorizaciones para operar dos estaciones del servicio de radiodifusion sonora comercial en OCT y OM, ubicadas en el distrito, provincia y departamento de Lima; Que, la empresa RADIO EL SOL PROMOTORA SIGLO VEINTE S.A., solicita la renovacion de la autorizacion de su estacion radiodifusora comercial en Onda Corta (OC), acogiendose a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 02498-MTC; asimismo, solicita se le autorice la disminucion de potencia de la mencionada estacion; Que, el Decreto Supremo Nº 024-98-MTC establecio un plazo de cuatro (4) meses para que los titulares de autorizaciones de radiodifusion sonora o por television cuyos plazos se encontraban vencidos conforme al Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, pudiesen presentar sus solicitudes de renovacion de autorizacion, siempre que no se MORDAZA emitido resolucion de cancelacion correspondiente; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 240-2000-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado inspeccion tecnica a las instalaciones de la estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Corta (OC), se constato que la referida empresa viene operando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la renovacion de la autorizacion solicitada, incluyendose la disminucion de la potencia de la mencionada estacion, asi como se proceda al cambio del MORDAZA de emision de acuerdo a las normas tecnicas de radiodifusion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 378-2000-MTC/15.19.01, senala que es procedente otorgar la renovacion de la autorizacion solicitada por la mencionada empresa para operar la citada estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Corta (OC) por el plazo de diez (10) anos, asi como tambien que es procedente autorizar la disminucion de la potencia y el cambio del MORDAZA de emision de dicha estacion; teniendose en cuenta que su solicitud de renovacion de autorizacion fue presentada dentro del periodo que senala el Decreto Supremo Nº 024-98-MTC; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 024-98-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones;

Articulo 1º.- Renovar la autorizacion a la empresa RADIO EL SOL PROMOTORA SIGLO VEINTE S.A., para la operacion de una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Corta (OC), ubicada en la MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios Ubicacion de la Planta Transmisora : : : : : : : BC-OC 5970 KHz OBX-4Q 1 Kw 10A3E H24 Av. Uruguay Nº 355, 7mo. piso, distrito, provincia y departamento de Lima.

: Alameda del Remero, lotes 2, 3 y 4, Mz. U, Huertos de MORDAZA, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Coordenadas: L.O. 77° 01' 09" L.S. 12° 10' 00"

Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, en periodos sucesivos, que vencera el 4 de febrero del ano 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KAWANO KAWANO Viceministro de Comunicaciones 14394

Otorgan autorizacion a Radio Lider S.R.Ltda. para operar estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 447-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de diciembre de 2000 Vista, la solicitud formulada por la empresa RADIO LIDER S.R.LTDA., para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion de servicios de radiodifusion se requiere de autorizaciones y permisos otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicios de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.