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Pág. 196050 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Forma- lización de la Propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competen- cias y toma de decisiones a este respecto; cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, en virtud de la Ley Nº 27304, Ley de Adjudica- ción de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados, se facultó a COFOPRI a ejecutar de manera progresiva, la formalización de Lotes o Edificaciones de Propiedad del estado o de cualquier entidad o Fondo Estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación que se encuentren siendo utilizados para el funciona- miento de mercados; Que, el Artículo 6º del Reglamento de la Ley de Adjudi- cación de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2000-MTC, establece que mediante Reso- lución de Gerencia de Planeamiento y Operaciones, COFO- PRI determinará los mercados públicos a ser privatizados, los que serán materia de adjudicación en campañas progre- sivas y sucesivas, debiendo la resolución ser publicada, por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 27304 y el Decreto Supre- mo Nº 038-2000-MTC y, el visado de la Gerencia de Titula- ción, de la Jefatura de Adjudicaciones y de la Gerencia de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la tercera campaña de privatiza- ción de Lotes o Edificaciones de Propiedad del Estado, sobre los mercados públicos identificados en la relación que como Anexo A, forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Todas las entidades públicas que hubie- ran estado facultadas para la adjudicación de Lotes o Edificaciones de Propiedad del Estado o de cualquier Enti- dad o Fondo Estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación, que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercados, deberán abstenerse de emitir cualquier resolución, acto administrativo o de otra natura- leza relacionada con dichos procedimientos. Artículo 3º.- Notifíquese a los conductores y de ser el caso, a las entidades administradoras de los mercados a que se refiere el Anexo A de la presente resolución, de la asunción de competencia sobre los inmuebles, a efectos de proceder a su adjudicación, acompañando copia autentica- da de la presente resolución. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de la fecha de promulgación. Regístrese y comuníquese. FREDDY KLEIMANN SEMINARIO Gerente de Planeamiento y Operaciones de COFOPRI ANEXO A MERCADOS PÚBLICOS COMPRENDIDOS EN LA TERCERA CAMPAÑA DE PRIVATIZACIÓN Nº DENOMINACIÓN DISTRITO PROVINCIA 1Mercado Santa Marina Sur Callao Constitucional del Callao 2Mercado del Pueblo El Alamo Comas Lima 3Mercado La Esperanza Comas Lima 4Mercado Chacra Colorada Breña Lima 5Mercado Mariscal Ramón Castilla Rímac Lima 6Micro Mercado Nº 11 Rímac Lima 7Mercado del Baratillo Rímac Lima 8Mercado Señor de los Milagros San Juan de Lurigancho Lima 9Mercado El Bosque San Juan de Lurigancho Lima 10Mercado Los Heraldos San Juan de Lurigancho Lima 11Mercado satélite de Ventanilla Ventanilla Constitucional del Callao 12Mercado Brisas del Sur Villa El Salvador Lima 14425P R E S Incluyen procesos de licitación para la adquisición de pólizas de seguros de obras terminadas de Proyectos Especia- les del INADE en el Sistema "Evaluación Internacional de Procesos" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 130-2000-PRES Lima, 15 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25565 se creó el Sistema de Licitación y Concursos denominado "Evaluación Interna- cional de Procesos"; Que, la mencionada norma dispone en su Artículo 1º que los organismos del Sector Público encargarán a las entida- des especializadas debidamente autorizadas, la realización de sus procesos de Licitación Pública para la adquisición de bienes, servicios y la ejecución de obras y, los Concursos de Méritos para la contratación de consultorías, supervisio- nes, peritajes, estudios, asesorías e inspecciones; Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, requiere que el proceso y/o procesos de licitación que fueran necesarios para la adquisición de la póliza de seguros de obras terminadas para los Proyectos Especiales del INADE, se incluyan en el Sistema "Evaluación Internacional de Procesos"; Que, es conveniente que la ejecución del proceso y/o procesos de licitación a que hace referencia el considerando precedente, se encarguen a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas - UNOPS, calificada como entidad especializada mediante el Decreto Supremo Nº 132-92-EF; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25565 y Decretos Supremos Nºs. 132 y 133-92-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incluir el proceso y/o procesos de licitación que se requieran, con fines de adquirirse la póliza de seguros de obras terminadas para los Proyectos Especiales del INADE, en el Sistema "Evaluación Internacional de Procesos". Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organización de Naciones Unidas - UNOPS, la conducción y ejecución del proceso y/o procesos de licita- ción que se requieran, comprendiéndose la convocatoria, la absolución de consultas, la recepción de ofertas, la califica- ción de los postores, la evaluación de las propuestas, el otorgamiento de la buena pro y, en general, todo acto que sea necesario para la realización del proceso y/o procesos. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de la Presidencia 14520 Encargan la Presidencia Ejecutiva del CTAR Arequipa al Gerente Regional de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2000-PRES Lima, 6 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 125-2000-PRES seaceptólarenunciaformuladaporlosPresidentesEjecu-