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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (16/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 196057 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de diciembre de 2000 PORTUGUÉS: TRADUCCIÓN INVERSA : 1.CORNEJO HERRERA, Gloria del Socorro; SEDE: LIMA 2.DOS SANTOS de DERTEANO, María Luiza; SEDE: LIMA 3.GUILLÉN de VIZCARRA, Hilda Luz; y, SEDE: LIMA 4.TOMÉ de ROJAS, María de Lourdes. SEDE: LIMA Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 14428 M T C Otorgan a Sociedad Radiodifusora Co- mercial S.A. autorización y permiso de instalación para operar estación retransmisora del servicio de radiodi- fusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 440-2000-MTC/15.03 Lima, 28 de noviembre de 2000 Vista, la solicitud formulada por la empresa SERVI- CIOS ARTÍSTICOS S.A., para que se le otorgue autori- zación para establecer una estación retransmisora del ser- vicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Mo- dulada (FM), ubicada en el distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 139-2000- MTC/15.03, se reconoce a la empresa SOCIEDAD RADIO- DIFUSORA COMERCIAL S.A. como titular de las autori- zaciones, permisos y licencias que se encuentren en trámite a mérito de solicitudes formuladas por la empresa SERVI- CIOS ARTÍSTICOS S.A., en virtud de la fusión acordada por dichas empresas; Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación de servicios de radiodifusión se requiere de autorizaciones y permisos otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomuni- cación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supre- mo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicios de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autoriza- ción para prestar servicios de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aproba- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 142-2000-MTC/15.19.03.2 y 283-2000-MTC/15.19.01, la Dirección de Administraciónde Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de late, señalan que la solicitud formulada por la empresa SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A. cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A., autorización y per- miso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación retrans- misora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Gua- dalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Li- bertad, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :103.9 MHz Indicativo :OAT-2H Potencia :250 w Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de la Planta Retransmisora :Cerro La Galera, distrito de Guadalupe, provincia de Pa- casmayo, departamento de La Libertad. Coordenadas: L.O. 79° 28' 22" L.S. 07° 15' 16" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artícu- lo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa SOCIEDAD RADIODIFUSO- RA COMERCIAL S.A. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las característi- cas a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presen- te Resolución se sujeta a las disposiciones legales y regla- mentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y comple- mentarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KAWANO KAWANO Viceministro de Comunicaciones 14396 Otorgan a Radio Mar S.A. autorización y permiso de instalación para operar estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 441-2000-MTC/15.03 Lima, 28 de noviembre de 2000 Vista, la solicitud formulada por la empresa RADIO MAR S.A., para que se le otorgue autorización para estable- cer una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonoracomercialenFrecuenciaModulada(FM)ubicadaen