Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2000 (16/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2000

el distrito de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion de servicios de radiodifusion se requiere de autorizaciones y permisos otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicios de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicios de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 112-2000-MTC/15.19.03.2 y 282-2000-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa RADIO MAR S.A. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO MAR S.A., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : : : : : : BC-FM 106.1 MHz OAT-2I 1000 w 256F8E H24

prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa RADIO MAR S.A. esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KAWANO KAWANO Viceministro de Comunicaciones 14395

Renuevan autorizacion a Radio El Sol Promotora Siglo Veinte S.A. para la operacion de estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 443-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 1 de diciembre de 2000 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO EL SOL PROMOTORA SIGLO VEINTE S.A., para que se le renueve la autorizacion para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en la MORDAZA de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion J.P.N.T. Nº 20 de fecha 4 de febrero de 1966, la empresa RADIO EL SOL PROMOTORA SIGLO XX S.A., adquiere de la empresa Cia. de Producciones Radiales y Television S.A., las autorizaciones para operar dos estaciones del servicio de radiodifusion sonora comercial en OCT y OM, ubicadas en el distrito, provincia y departamento de Lima; Que, la empresa RADIO EL SOL PROMOTORA SIGLO VEINTE S.A., solicita la renovacion de la autorizacion de su estacion radiodifusora comercial en Onda Media (OM), acogiendose a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 02498-MTC; Que, el Decreto Supremo Nº 024-98-MTC establecio un plazo de cuatro (4) meses para que los titulares de autorizaciones de radiodifusion sonora o por television cuyos plazos se encontraban vencidos conforme al Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, pudiesen presentar sus solicitudes de renovacion de autorizacion, siempre que no se MORDAZA emitido resolucion de cancelacion correspondiente; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 239-2000-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado inspeccion tecnica a las instalaciones de la estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), se constato que la referida empresa viene operando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la renovacion de la autorizacion solicitada, incluyendose se proceda al cambio del MORDAZA de emision de acuerdo a las normas tecnicas de radiodifusion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones mediante Informe Nº 378-

: Cerro Calera, distrito de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. Coordenadas: L.O. 79° 26' 26.4" L.S. 07° 07' 12.0"

El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articu-

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