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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (20/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 196166 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de diciembre de 2000 Que, en el numeral 2) del Artículo 2º de la citada Resolución Ministerial Nº 231-2000-MTC/15.03 se es- tablece que tratándose de servicios privados y de radiodifusión, la revocación de la autorización se efec- tuará por Resolución Viceministerial; no obstante que el Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones señala la competencia de la Dirección Gene- ral de Telecomunicaciones en el ámbito de los servi- cios privados; Que, en consecuencia, resulta necesario expedir el acto administrativo que modifique la parte pertinente del referido artículo; De conformidad con el TUO de la Ley de Teleco- municaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 93-TCC y su Reglamento General, aprobado por De- creto Supremo Nº 06-94-TCC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el numeral 2) del Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 231-2000-MTC/15.03 por el siguiente texto: "2. Transcurrido dicho plazo, a partir de la notificación del Ministerio y de continuar las interferencias, se proce- derá a la revocación de la autorización o del permiso de la mencionada estación, disponiendo el traslado de la mis- ma, previa evaluación, a fin que no se afecte el área de cobertura del servicio autorizado inicialmente. Para el caso de los servicios públicos, la revocación del permiso se efectuará mediante Resolución Viceministerial y se pro- cederá de conformidad con lo establecido en el Artículo 121-A del Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones. Tratándose de los servicios de radiodifusión la revocación se efectuará mediante Resolución Viceminis- terial y en el caso de los servicios privados la revocación de la autorización se efectuará mediante Resolución de la Dirección General de Telecomunicaciones". Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 14584 Autorizan al Viceministro de Trans- portes a ausentarse del país RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 481-2000-MTC/15.01 Lima, 15 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, el señor Viceministro de Transportes, ingeniero Julio Melgar Salmón, se ausentará del país del 22 de diciembre de 2000 al 3 de enero de 2001 por motivos personales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del indicado funcionario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Julio Melgar Salmón, Viceministro de Transportes del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, del 22 de diciembre de 2000 al 3 de enero de 2001. Artículo 2º.- El viaje autorizado en la presente reso- lución no irrogará gasto alguno al Estado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 14575Encargan el Viceministerio de Trans- portes al Viceministro de Vivienda y Construcción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 482-2000-MTC/15.01 Lima, 15 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, el señor Viceministro de Transportes, ingeniero Julio Melgar Salmón, se ausentará del país del 22 de diciembre de 2000 al 3 de enero de 2001 por motivos personales; Que, en consecuencia es necesario encargar el Vicemi- nisterio de Transportes del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 41º del Decreto Legislativo Nº 560; y, SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar al arquitecto Raúl Flores García-Rada, Viceministro de Vivienda y Construcción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, el Viceministerio de Transportes, a partir del 22 de diciembre de 2000 y mientras dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 14585 Sancionan a diversos conductores con inhabilitación para obtener licencias de conducir RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2575-2000-MTC/15.18 Lima, 11 de diciembre de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 05794, 05545, 05759, 05693, 05543, 05481, 05672, 05569, 04764, 05593, 04427, 05627, 05379, 05764, 04860, 05501, 05311, 05804, 05873, 05526, 05250, 05252, 05380, 04993, 04921, 05326, 05478, 05792, 05325, 05199, 05338, 05841, 05206, 05629, 05781, 05401, 05720, 05592, 05394, 05466, 05788, 05344, 05626, 05412, 05209, 04765, 05449, 05793, 05475, 05259, 05850, 05272, 05790, 05341, 05231, 05594, 05389, 05490, 05474, 05346, 05229, 05414, 05476, 05387, 05371, 05329, 05534, 05207, 05733, 05428, 05296, 05374, 05566, 05185, 05639, 05340, 05786, 05778, 05491, 05423, 00172, 04707, 03257 y 000919, organizados en torno a la infracción al Reglamento de Tránsito, por conducir vehículos motorizados sin haber obtenido sus corres- pondientes licencias de conducir, Informe Nº 1429- 2000-MTC/15.18.05.3.AA emitido por el Area de Ante- cedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Li- cencias de Conducir y Memorándum Nº 2344-2000- MTC/15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarías de la Policía Nacional del Perú, han remitido a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, oficios donde ponen en conocimiento haber intervenido a conductores de vehículos motorizados, que en algunos casos han participado en accidentes de tránsito, conduciendo en estado de ebriedad y con el agravante de CARE- CER DE LICENCIA DE CONDUCIR, cuya relación es la siguiente: