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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (22/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 196287 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de diciembre de 2000 Disponen destaque de magistrados a fiscalías supremas en lo penal y desig- nan magistrados adjuntos de la 28ª y 42ª fiscalías provinciales penales de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 157-2000-MP-FN Lima, 21 de diciembre de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 148-2000-MP-FN de fecha 20 de diciembre del 2000, se desactivó la Tercera Fiscalía Suprema en lo Penal; por razones de servicio y de conformi- dad con lo previsto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Destacar a los doctores José Fernan- do Timarchi Meléndez, Fiscal Superior Titular de Lima y Jorge Eduardo Maldonado Vergara, Fiscal Superior Titular de Lima, al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal. Artículo Segundo.- Destacar al doctor Hildebrando Basto Girón, Fiscal Adjunto Supremo Titular, al Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la designación de la doctora Nelly Irma Gutiérrez Solís, como Fiscal Adjunta Suprema Provisional de la Tercera Fiscalía Suprema, mate- ria de la Resolución Nº 572-98-MP-CEMP de fecha 1 de setiembre de 1998, debiendo retornar a su plaza de origen en la Sétima Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Cuarto.- Designar a la doctora María del Pilar Malpica Coronado, Fiscal Adjunta Provincial Titular, al Despacho de la Vigésima Octava Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Quinto.- Designar al doctor Fernando Esteban Aparicio Salgado, como Fiscal Adjunto Provincial Provisio- nal de la Cuadragésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Sexto.- Déjese sin efecto toda Resolución de Fiscalía de la Nación, así como Acuerdos y Resoluciones de la ex Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, que se opon- gan a la presente Resolución. Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Na- cional de la Magistratura, Presidente de la Corte Supe- rior de Justicia de Lima, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General del Ministe- rio Público, Oficina de Registro de Fiscales del Ministerio Público y a los Fiscales mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 14771 S B S Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 712-2000 Lima, 4 de octubre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Nelly Patricia Villanueva Meza para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natu- rales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y,CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos forma- les exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señorita Nelly Patricia Villanueva Meza con el Nº N-3472 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natu- rales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 14790 Autorizan a corredor la intermediación en el país de póliza de seguro de vida del American Bankers Life Assurance Company of Florida RESOLUCIÓN SBS Nº 913-2000 Lima, 14 de diciembre de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La póliza de Seguro de Vida Mega Capital, del American Bankers Life Assurance Company of Florida, presentada por el señor Fernando José Woodman Rojas solicitando autoriza- ción de intermediación; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 43º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, los corredores que intermedien seguros de empresas no establecidas en el país, requieren contar con la autorización previa de la Superintendencia de Banca y Seguros, presentando al efecto una solicitud acompañada de los documentos pertinentes; Que, el Artículo 19º de la Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, estableció los requisitos que deben cumplir los corredores de seguros inscritos en el Registro del Sistema de Seguros, que deseen obtener autori- zación de la Superintendencia de Banca y Seguros, para intermediar seguros del exterior; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos forma- les exigidos por los incisos a) y b) del Artículo 19º de la citada norma administrativa; Que, el solicitante en cumplimiento de lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 19º de la Resolución antes señalada, ha declarado por escrito mediante carta de fecha 29.9.2000, su compromiso de informar a sus futuros clientes al momento de contratar el seguro cuya intermediación se autoriza, que lo hacen bajo su propia responsabilidad, no pudiendo invocar a la Superintendencia de Banca y Seguros ni al Estado Perua- no, en defensa de sus intereses, en caso éstos fueran conculca- dos; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros y Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los incisos 7) y 9) del Artículo 349º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificato- rias;