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Pág. 182488 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de enero del 2000 que se requieran como consecuencia de incorporación de nuevas Partidas de Ingresos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 4º.- La Oficina de Planificación, Programación y Presupuesto del Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Notas para Modificación Presupues- taria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- Déjese sin efecto las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto de Urgencia. Artículo 6º.- El presente Decreto de Urgencia será refrenda- do por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 0235 ECONOMIA Y FINANZAS Precios FOB de referencia para la apli- cación de los derechos específicos correspondientes a la importación de productos agropecuarios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 002-2000-EF/15 Lima, 7 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016-91-AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importación de ciertos productos agropecua- rios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modifica- torias, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 27 de diciembre de 1999 y el 2 de enero del 2000; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de referencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Arroz Azúcar BDTE BDTK SUGRCSCS Del 27/12/1999 al 2/1/2000 93 219 132 Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 0171Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la Administración Pública, correspondiente al mes de ene- ro del 2000 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 002-2000-EF/77 Lima, 7 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, es necesario garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto de Personal y Obliga- ciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Pre- visionales (Pensiones) mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensio- nes) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administración Pública en lo correspondiente al mes de ENE- RO - 2000 se sujetará al siguiente Cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES): 13 DE ENERO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Energía y Minas Universidades Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Público Ministerio de la Presidencia Consejo Nacional de la Magistratura Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Salud de los Consejos Transitorios de Administración Regional 14 DE ENERO Agricultura de los Consejos Transitorios de Administración Re- gional Transportes de los Consejos Transitorios de Administración Re- gional Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción 17 DE ENERO Ministerio de Agricultura Ministerio de Salud Corporación de Desarrollo de Lima y Callao Ministerio de Trabajo y Promoción Social Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Pesquería Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano Consejos Transitorios de Administración Regional, excepto uni- dades ejecutoras de Educación, Salud, Agricultura y Transportes 18 DE ENERO Ministerio del Interior 19 DE ENERO Educación: USES 01, 02 y 03 Educación de los Consejos Transitorios de Administración Regio- nal 20 DE ENERO Ministerio de Educación; excepto USES 01, 02 y 03 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (Remuneraciones): 21 DE ENERO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Contraloría General Ministerio de Energía y Minas