Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2000 (09/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 9 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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DECRETOS DE URGENCIA
FE DE ERRATAS DECRETO DE URGENCIA Nº 079-99 Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 079-99 publicado en nuestra edicion del dia 8 de enero del ano 2000, en la pagina 182487. DICE: DECRETO DE URGENCIA Nº 079-99 DEBE DECIR: DECRETO DE URGENCIA Nº 001-2000 DICE: Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. DEBE DECIR: Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de enero del ano dos mil. 0278

Magistratura un plazo para el periodo de resolucion de tachas a candidatos por el MORDAZA Nacional de Elecciones; Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en Sesion del 7 de enero del 2000, acordo se modifiquen los Articulos 7º y 8º del Texto Concordado del Reglamento para la Eleccion de Representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA al Consejo Nacional de la Magistratura, disminuyendose a cinco dias el plazo para interponer tachas a los candidatos y disponiendose que las tachas e impugnaciones presentadas MORDAZA resueltas por el MORDAZA Nacional de Elecciones en el plazo de cinco dias; Que, de conformidad con el Articulo 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los Articulos 7º y 8º del Texto Concordado del Reglamento para la Eleccion de Representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA al Consejo Nacional de la Magistratura, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 7º.- Vencido el plazo de MORDAZA de candidatos la Oficina Nacional de Procesos Electorales publicara por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulacion nacional la relacion de candidatos propuestos. Los candidatos podran ser tachados en forma escrita y documentada dentro del plazo de cinco (5) dias calendario a partir del dia siguiente de la publicacion. Articulo 8º.- Las tachas e impugnaciones seran presentadas a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y elevadas por esta seran resueltas por el MORDAZA Nacional de Elecciones en un plazo de cinco (5) dias calendario." Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 0173

Modifican Texto Concordado del Autorizan funcionamiento de EDPYME Reglamento para la Eleccion de como empresa del sistema financiero RESOLUCION SBS Nº 1104-99 Representantes de los Colegios ProLima, 15 de diciembre de 1999 fesionales del MORDAZA al Consejo NacioEL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS nal de la Magistratura
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 002-2000-CNM MORDAZA, 7 de enero del 2000 VISTO: El Oficio Nº 056-00-J/ONPE, de fecha 4 de enero del 2000, del doctor MORDAZA Portillo MORDAZA, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el que solicita al Consejo Nacional de la Magistratura que el plazo de periodo de tacha de los candidatos a Consejeros de los Colegios Profesionales del pais; sea disminuido de diez a cinco dias, a efecto de que los otros cinco dias sirvan para resolver las tachas que se presenten; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 026-99-CNM, del 19 de noviembre de 1999, se aprobo el Texto Concordado del Reglamento para la Eleccion de Representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA al Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el Articulo 7º del mencionado Reglamento senala que el plazo para que los candidatos MORDAZA tachados en forma escrita y documentada es de diez dias; Que, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 001-00-J/ONPE, del 3 de enero del presente ano, la Oficina Nacional de Procesos Electorales modifico las fechas previstas para elegir a los consejeros ante el Consejo Nacional de la Magistratura senalandose en su Articulo 2º, numeral 5, un plazo de diez dias para presentar tachas, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento para la Eleccion de Representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por medio del documento de Visto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales comunica al Consejo Nacional de la Magistratura que los plazos contemplados en su cronograma de eleccion de representantes de los Colegios Profesionales han resultado muy estrechos; y, asimismo, no se considero en el Texto Concordado del Reglamento para la Eleccion de Representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA al Consejo Nacional de la VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la ONG Habitat MORDAZA Siglo XXI, para que se autorice el funcionamiento de la EDPYME CREDITOS DE ALCANCE REGIONAL MORDAZA S.A., la cual podra usar como denominacion abreviada EDPYME CREAR CUSCO; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la autorizacion de organizacion otorgada por esta Superintendencia mediante Resolucion SBS Nº 1268-98 del 98.12.23, se ha constituido la referida EDPYME mediante Escritura Publica de fecha 99.1.4 extendida ante la Notaria Publica de la doctora MORDAZA MORDAZA De Los MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando inscrita la constitucion de la misma en la Ficha Nº 3653 del Registro Mercantil de la Oficina Registral Regional de la Region Inka, Cusco; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion SBS Nº 41998 del 29 de MORDAZA de 1998 y en el Articulo 26º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, en adelante la Ley General, se ha verificado que la EDPYME CREAR MORDAZA ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 8º de la referida Resolucion, encontrandose tecnica y administrativamente capacitada para el inicio de sus operaciones; Estando a lo informado por la Intendencia de Analisis y Supervision "E" y la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca y Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 27º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la referida Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de la EDPYME CREAR MORDAZA como una empresa del sistema financiero, la misma que podra realizar las operaciones

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

SBS

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