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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2000 (14/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 182689 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de enero de 2000 Autorizan al INDECOPI pago de cuo- tas a diversos organismos interna- cionales RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2000-RE Lima, 8 de enero del 2000 VISTA: La Carta Nº 0883-1999/GEG-INDECOPI, del 24 de noviembre de 1999, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual (INDECOPI) en la que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la autorización para el pago de las cuotas correspondientes al año 2000 a diversos organis- mos internacionales de los cuales el Perú es miembro; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 11º numeral 11.3 de la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2000, permite a las Entidades del Sector Público pagar, con cargo a sus recursos, las cuotas del Gobierno peruano a los Organismos Internacionales de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales priorizados que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de Cooperación de Asistencia Técnica Internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas a los mencionados Organismos Internacio- nales, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de De- fensa de la Competencia y de la Protección de la Propie- dad Intelectual (INDECOPI), el pago de las cuotas año 2000 a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO IMPORTE COMISION PANAMERICANA US$ 1,200.00 DE NORMAS TECNICAS (COPANT) ORGANIZACION INTERNACIONAL 4,000.00 DE FRF METROLOGIA LEGAL (OIML) SOCIEDAD AMERICANA PARA US$ 2,400.00 ENSAYOS Y MATERIALES (ASTM) ORGANIZACION INTERNACIONAL 11,540.00 PARA CHF ESTANDARIZACION (ISO) FEDERACION INTERNACIONAL US$ 200.00 DE LA ASOCIACION DE INVENTORES (IFIA) Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual (INDECOPI). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 0486TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Aprueban cuadro de costas y gastos del procedimiento de cobranza coacti- va del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 004-2000-TR Lima, 10 de enero del 2000 VISTO: El Oficio Nº 041-99-OPP-ORA de fecha 30 de noviembre de 1999, y el Oficio Nº 079-99-OA/CC de fecha 14 de diciembre del año en curso; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecu- ción Coactiva, establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva que ejercen las Entidades de la Admi- nistración Pública Nacional; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 006-99-TR, Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, establece que la Multa es la sanción adminis- trativa de carácter pecuniario, impuesta al deudor por el incumplimiento de disposiciones legales, convencionales o administrativas; Que, el Artículo 12º de la referida norma, señala que el incumplimiento del pago oportuno dará lugar a la aplica- ción de las medidas de cobro coercitivo previstas en el procedimiento de ejecución coactiva; Que, la Oficina de Racionalización ha proyectado el cuadro del arancel de costas y gastos del procedimiento de cobranza coactiva de este Ministerio; Que, es necesario aprobar el cuadro mencionado en el párrafo precedente; Con la visación de la Oficina de Planificación y Presu- puesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 006-99- TR, Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; y el Regla- mento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 012-93-TR; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar el cuadro de costas y gastos del Procedimiento de Cobranza Coactiva del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, el mismo que forma parte de la presente Resolución en el anexo adjunto correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social COSTAS Y GASTOS DE COBRANZA COACTIVA Ministerio de Trabajo y Promoción Social CONCEPTO IMPORTE TOTAL % DE LA UIT COSTAS NOTIFICACIONES 1. Notificación de la Resolución - REC 0.5 MEDIDAS CAUTELARES 1. Depósito sin extracción 6.5 2. Depósito con extracción 11.0 3. Embargo en forma de inscripción 4.5 4. Embargo en forma de retención 8.0 5. Embargo en forma de intervención en recaudación 6.5