Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2000 (14/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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6. Embargo en forma de intervencion en informacion 7. Embargo de administracion de bienes GASTOS Cuando sea aplicable, el monto por concepto de gastos se liquidara de acuerdo a cada expediente, debiendo ser comunicado al obligado para su cancelacion de acuerdo al Articulo 9º de la Ley Nº 26979. 0434

NORMAS LEGALES
3.0 6.5

MORDAZA, viernes 14 de enero de 2000

Otorgan concesion a empresas para prestar servicio publico de transporte interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3189-99-MTC/15.18 MORDAZA, 29 de diciembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 05634010, organizado por la empresa de transportes MAYCA S.A., sobre Concesion de Ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 1040-99-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direccion de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes MAYCA S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado la concesion de la ruta: MORDAZA - Ica y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 1040-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimiento Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes MAYCA S.A., la concesion de ruta: MORDAZA - ICA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS HORARIOS DE SALIDA : MORDAZA - ICA y VICEVERSA : MORDAZA : ICA : CANETE - CHINCHA : CANETE - CHINCHA : DOS DIARIAS : DE LIMA: 6.00 - 23.00 HORAS DE ICA : 9.30 - 17.00 HORAS FLOTA OPERATIVA : UI-6049 (1982) y UI 5457 (1981) FLOTA DE RESERVA : VG-2025 (1982)

MTC
Autorizan transferencia de fondos a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna destinados a ejecucion de obras viales
DECRETO SUPREMO Nº 054-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las carreteras Tacna - Tarata - Candarave Umalso y Costanera Sur, Primer Tramo, constituyen obras de soporte vial indispensables para el adecuado desarrollo de la region sur del pais; Que, el Comite de Administracion de la MORDAZA MORDAZA de Tacna, ha aprobado la financiacion de las obras en las carreteras Tacna - Tarata - Candarave - Umalso y la carretera Costanera Sur, Primer Tramo; Que, resulta necesario emitir el acto administrativo que autorice al Comite de Administracion de la MORDAZA MORDAZA de Tacna, a transferir a la Municipalidad Provincial de Tacna, los fondos necesarios para la ejecucion de las obras que se refiere el presente dispositivo; De conformidad con el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo Primero.- Autorizase al Comite de Administracion de la MORDAZA MORDAZA de Tacna a transferir a la Municipalidad Provincial de Tacna la suma de S/. 20'934,000.00 (VEINTE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la ejecucion de las obras en los tramos Tacna - Tarata - Candarave - Umalso y Costanera Sur, Primer Tramo. Articulo Segundo.- La ejecucion de las obras se efectuara con cargo a los recursos directamente recaudados por el Centro de Exportacion, Transformacion, Industrias, Comercializacion y Servicios de Tacna - CETICO Tacna aprobado para los Ejercicios Fiscales de los anos 1999 y 2000. Articulo Tercero.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, de MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 0477

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de su notificacion. Cuarto.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento.

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