Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2000 (14/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, viernes 14 de enero de 2000

15 de setiembre de 1999, el referido ex servidor es cesado por causal de Reorganizacion y Racionalizacion Administrativa; por tanto, se encuentra dentro de los alcances de los Articulos 173°, 174° y 175° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, normas que establecen que el ex servidor a pesar de haber sido cesado es pasible de ser sometido a un MORDAZA Administrativo Disciplinario; Que, del estudio y analisis de los documentos obrantes en autos, resulta evidente que el accionar del ex-servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha contravenido las obligaciones a las que estan sujetos todo servidor publico, como es el concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos, deber que no ha sido cumplido por el exservidor, incurriendo en ausencias injustificadas a su centro laboral desde el dia 4 de marzo hasta el 10 de agosto de 1999, contraviniendo lo dispuesto en el literal k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Estando a las Recomendaciones de los senores Miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 26546 modificada y ampliada por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029SE-TP-CME-PJ y de acuerdo con lo dispuesto por el literal k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, y Articulos 150º, 151º, 154º, 155º, 159º, 170º, 173º, 174° y 175º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER la sancion administrativa de DESTITUCION al ex servidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROSARIO; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion y, en consecuencia, dejese sin efecto la Resolucion Administrativa N° 421-SE-TP-CME-PJ, del 15 de setiembre de 1999, en el extremo que cesa al aludido ex servidor, por causal de Reorganizacion y Racionalizacion. Articulo Segundo.- El mencionado ex servidor no podra reingresar a la administracion publica, bajo cualquier forma o modalidad de contratacion en un periodo no menor de cinco anos, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 159º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, modificada por la Ley Nº 26488. Articulo Tercero.- REMITIR copias autenticadas de la presente Resolucion a la Supervision de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General, Oficina de Inspectoria General, Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial y al interesado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 0459

El Informe Interno N° 038-99-PJ-SE-OIG/UQI, elaborado por la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial, con relacion al Expediente Nº 023-99 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 424-99SE-TP-CME-PJ de fecha 15 de setiembre de 1999, se impuso la medida disciplinaria de Destitucion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Judicial III, del Distrito Judicial de Ica, en merito de las Recomendaciones formuladas por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios senalados en el Informe Final N° 36-99-PJ-SE/CPPAD; Que, como es de verse de autos, el citado Informe Final se remitio a la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, mediante el Oficio N° 271-99-PJ-SE/CPPAD, recepcionado el 15 de setiembre de 1999, en el cual se propuso la sancion de Destitucion, fuera del plazo que establece el Articulo 163° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, desde la fecha en que se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario al citado servidor por Resolucion Administrativa N° 350-99SE.TP-CME-PJ, publicada el dia 27 de MORDAZA de 1999; Que, lo expuesto en los anteriores considerandos ha sido advertido en el documento del Visto, sugiriendo que debe modificarse la citada Resolucion Administrativa N° 424-99-SE-TP-CME-PJ, variando la Destitucion por la Declaracion de Caducidad, resultando necesario dictar el acto administrativo que anule la Resolucion Administrativa N° 424-99-SE-TP-CME-PJ, debiendo recomendarse se tomen las acciones para que el organo competente MORDAZA las medidas correctivas del caso; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26546, modificada y ampliada por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CMEPJ, 032-CME-PJ y 029-99- SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Administrativa N° 424-99-SE-TP-CME-PJ, dictada el 15 de setiembre de 1999, que impone la medida de Destitucion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Judicial III del Distrito Judicial de Ica, declarandose la Caducidad del MORDAZA Administrativo Disciplinario por los motivos expuestos en la parte considerativa. Articulo Segundo.- REMITIR la presente Resolucion y MORDAZA de los actuados a la Gerencia General y al Director Nacional del Proyecto de Reforma y Modernizacion del Poder Judicial, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones, contra los miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios que recomendo dictar la Resolucion Administrativa N° 424-99-SE-TP-CME-PJ, de acuerdo a lo opinado por la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial. Articulo Tercero.- REMITIR copias autenticadas de la presente Resolucion, al Supervisor de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Inspectoria General, Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial y al interesado. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 0460

Autorizan suscribir documentos reDejan sin efecto resolucion que san- lativos a inscripcion registral de amciono con destitucion a servidor del pliacion de plazo de reversion de doDistrito Judicial de Ica nacion
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICAL Nº 027-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 13 de enero del 2000 RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICAL Nº 028-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 13 de enero del 2000

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