Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2000 (18/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de enero de 2000

Articulo 3º.- La presente resolucion dejara de surtir efecto en el caso que la empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.LTDA., incumpla con lo establecido en el Articulo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151º del Reglamento General acotado. Articulo 4º.- De conformidad con el Articulo 118º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, la empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.LTDA. no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidas en el Articulo 1º de la presente resolucion, sin la autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 5º.- Los derechos otorgados en la presente resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6º.- La empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.LTDA., para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. ENA MORDAZA HILBCK Viceministra de Comunicaciones 0654 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 393-99-MTC/15.03 MORDAZA, 9 de diciembre de 1999 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 975020, presentada por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Chepen, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 358-97-MTC/15.19, del 22.JUL.97, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28.JUL.97, se concedio autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Chepen, departamento de La Libertad; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe Nº 222-99-MTC/15.19.03.02, expresa que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion en FM, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias, emitiendo su conformidad tecnica; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 373-99-MTC/15.19.01, considera procedente autorizar la operacion de la referida estacion, por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la R.M. Nº 358-97 acotada; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., la opera-

cion de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Chepen, departamento de La MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion : BC-FM Frecuencia : 101.7 MHz Indicativo : OCT-2k Potencia : 1000 W Emision : 256F8E Horario : H24 Planta Transmisora : Av. MORDAZA Caceda Nº 771 distrito y provincia Chepen, departamento de La Libertad. Coordenadas: L.O. 79° 25' 35" L.S. 07° 13' 10" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por R.M. Nº 358-97-MTC/15.19, por tanto vencera el 28 de MORDAZA del 2007. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La presente resolucion dejara de surtir efectos en el caso que la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. incumpla con lo establecido en el Articulo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151º del Reglamento General acotado. Articulo 4º.- De conformidad con el Articulo 118º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidas en el Articulo 1º de la presente resolucion, sin la autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 5º.- Los derechos otorgados en la presente resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6º.- La empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. ENA MORDAZA HILBCK Viceministra de Comunicaciones 0657 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 001-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 7 de enero de 2000 VISTA, la solicitud presentada por la empresa RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A., sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; asi como se le autorice el cambio de ubicacion y el aumento de potencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 700-96-MTC/15.17, del 27.diciembre.96, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31.diciembre.96, se concedio a la empresa

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