Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2000 (18/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 18 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6º.- La Asociacion CENTRO DE INVESTIGACION, DIFUSION Y APOYO AL DESARROLLO AGRARIO para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. ENA MORDAZA HILBCK Viceministra de Comunicaciones 0646 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 386-99-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de diciembre de 1999 VISTA, la solicitud presentada por la ASOCIACION PROMOTORA "SAN MORDAZA SOLANO", sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 497-97-MTC/15.19, del 15.octubre.97, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18.octubre.97, se concedio autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, contados a partir del dia siguiente de la publicacion, a la ASOCIACION PROMOTORA "SAN MORDAZA SOLANO", para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento Junin; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe Nº 064-99-MTC/15.19.03.02 expresa que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion en FM, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias, emitiendo su conformidad tecnica; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 365-99-MTC/15.19.01, considera procedente autorizar la operacion de la referida estacion, por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la R.M. Nº 497-97 acotada; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, a la ASOCIACION PROMOTORA "SAN MORDAZA SOLANO", la operacion de una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario : : : : : : BC-FM 103.9 MHz OAR-4L 250 W 256F8E H24

Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Nº 283, distrito San MORDAZA, provincia Chanchamayo, departamento Junin. Coordenadas: L.O. 75° 21' 18" L.S. 11° 07' 21" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por R.M. Nº 497-97-MTC/15.19, por tanto vencera el 18 de octubre del 2007. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La presente resolucion dejara de surtir efectos en el caso que la ASOCIACION PROMOTORA "SAN MORDAZA SOLANO" incumpla con lo establecido en el Articulo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151º del Reglamento General acotado. Articulo 4º.- De conformidad con el Articulo 118º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, la ASOCIACION PROMOTORA "SAN MORDAZA SOLANO", no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidas en el Articulo 1º de la presente resolucion, sin la autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 5º.- Los derechos otorgados en la presente resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6º.- La ASOCIACION PROMOTORA "SAN MORDAZA SOLANO" para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. ENA MORDAZA HILBCK Viceministra de Comunicaciones 0653

Autorizan a empresa y asociacion operar estaciones transmisoras del servicio de radiodifusion por television
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 383-99-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de diciembre de 1999 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIODIFUSION COMERCIAL RADIO MORDAZA E.I.R.L., sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion comercial por television, ubicada en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; asi como para el cambio de frecuencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 384-96-MTC/15.17, del 26.agosto.96, se concedio autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, a la empresa RADIODIFUSION COMERCIAL RADIO MORDAZA E.I.R.L., para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television, ubicada en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco;

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