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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2000 (18/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 182814 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de enero de 2000 Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones mediante Informe Nº 209-99- MTC/15.19.01, considera procedente la renovación de la autorización y cambio de ubicación solicitados para la estación en Onda Media, habiéndose verificado que la solicitante se ha adecuado a la normatividad vigente en telecomunicaciones y que ha cumplido con el requisito indispensable para que opere la renovación automática, como es estar al día en sus pagos; y asimismo, considera improcedente la solicitud de renova- ción en cuanto a la estación en Onda Corta, al haberse verificado que estaba inoperativa dicha estación; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC, 006-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99- MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización a la empresa RADIO ANDINA S.A. para que continúe operando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Huan- cayo, departamento de Junín, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-OM Frecuencia :1,300 KHz Indicativo :OAX-4B Potencia :1 Kw. Emisión :10A3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Calle Real Nº 175, distrito de Chilca, provincia de Huanca- yo, departamento de Junín. Ubicación de la Planta Transmisora :Paraje de Coto Coto, distrito de Chilca, provincia de Huan- cayo, departamento de Junín. Coordenadas: L.O. 75° 12' 30" L.S. 12° 05' 07" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, que se computará a partir del 15 de agosto de 1990, por tanto vencerá el 15 de agosto del año 2000. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación con vigencia durante el plazo antes señalado. Artículo 3º.- La presente autorización dejará de surtir efecto en el caso que la titular de la autorización incumpla con las obligaciones establecidas en el Artículo 150º del Reglamen- to General de la Ley de Telecomunicaciones o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del Reglamento General acotado. Artículo 4º.- Los derechos otorgados en la presente resolución son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. En caso contrario, esta resolución queda- rá anulada automáticamente, en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunica- ciones. Artículo 5º.- Para solicitar la renovación de la presen- te autorización deberá observarse el plazo previsto en el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Tele- comunicaciones. Artículo 6º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de renovación de la empresa RADIO ANDINA S.A. en cuanto a la estación en Onda Corta (OC) en la ciudad de Huancayo, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENA GARLAND HILBCK Viceministra de Comunicaciones 0655Autorizan a empresas operar estacio- nes transmisoras y retransmisoras del servicio de radiodifusión sonora co- mercial RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 377-99-MTC/15.03 Lima, 6 de diciembre de 1999 VISTA, la solicitud presentada por la empresa RADIO MIX 104.3 FRECUENCIA MODULADA STEREO E.I.R.LTDA., sobre autorización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modu- lada (FM), ubicada en el distrito de San Juan de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 232-97-MTC/15.19, del 2.Junio.97, se concedió autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, a la empresa RADIO MIX 104.3 FRECUEN- CIA MODULADA STEREO E.I.R.LTDA., para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comer- cial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San Juan de Marcona, provincia de Nasca, departa- mento de Ica; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 022-99-MTC/15.19.03.02. expre- sa que habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación en FM, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias y asimismo, se procede al cambio del indicativo, emitiendo su confor- midad técnica; Que la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 190-99-MTC/15.19.01, considera procedente autorizar la operación de la referida estación, por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la R.M. Nº 232-97 acotada; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99- MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años, a la empresa RADIO MIX 104.3 FRECUENCIA MODU- LADA STEREO E.I.R.LTDA., la operación de una esta- ción transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San Juan de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, así como el cambio del indicativo, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :103.1 MHz Indicativo :OBT-5L Potencia :250 w. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Av. Comercio s/n, 2º Piso, Dist. San Juan de Marco- na, Prov. Nasca, Dpto. Ica. Coordenadas: L.O. 75° 18' 29" L.S. 15° 22' 35" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de insta- lación y prueba de doce (12) meses otorgado por R.M. Nº