Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2000 (22/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de enero de 2000

Que, de conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 47º numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: 1. AUTORIZAR la realizacion del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en el distrito del MORDAZA, para los vecinos rimenses, el mismo que se llevara a cabo el sabado 26 de febrero del 2000, con el unico pago de S/. 25.00 (veinticinco y 00/100 nuevos soles) por gastos administrativos, expediente matrimonial y ceremonia, asi como de la exoneracion de la dispensa de publicacion de edictos matrimoniales. Sin incluir los derechos de pago por examen medico. 2. ESTABLECER, que los ciudadanos se adecuaran a lo dispuesto por la Ley de simplificacion administrativa Nº 25035 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, senalandose como requisitos minimos los siguientes: - Partida de Nacimiento original o dispensa judicial de ambos contrayentes. - Fotocopia simple del documento de identidad de ambos contrayentes. - Certificado medico. - Dos testigos mayores de edad. - Asistencia a las charlas de prevencion de enfermedades de transmision sexual. 3. Encargar, a la Direccion de Administracion y a la Direccion de Servicios a la MORDAZA, el cumplimiento de la presente disposicion municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 0817

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE LA MORDAZA - MORDAZA
Autorizan adquisicion de insumos para Programa del Vaso de Leche mediante adjudicacion directa de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2000-MDCLR MORDAZA de la Legua-Reynoso, 21 de enero de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE MORDAZA DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: En la Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Informe Nº 001-2000-S.R/MDCLR, de fecha 18.1.2000, suscrito por los Sres. Sra. Reg. MORDAZA Benzaquen MORDAZA, Sr. Reg. Williams Larrea MORDAZA, Sr. Lic. MORDAZA Suelpres Jerez, con respecto al Programa del Vaso de Leche, Adquisicion de Insumos - Declarar en Situacion de Urgencia; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica vigente prescribe que las Municipalidades Distritales son Organos de Gobierno Local con Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con la MORDAZA disposicion transitoria y complementaria de la Ley Nº 27212, la racion alimentaria del Programa del Vaso de Leche debera estar compuesta por productos de origen nacional, con excepcion de los enriquecidos lacteos los que deberan tener un minimo de 75% de insumos nacionales; Que, en razon de la MORDAZA en mencion y despues de haberse evaluado los diferentes productos que se ofrecen en el MORDAZA se han pronunciado mediante los Informes Nºs. 001-2000-PVL/ MDCLR y Nº 002-2000-PVL/MDCL de fecha 14 de enero del 2000 por leche fresca pasteurizada 100% Nacional y por Hojuela de MORDAZA enriquecida con quinua; Que, es necesario tomar las medidas pertinentes a efectos de garantizar en forma oportuna la continuidad de la racion alimentaria a los beneficiarios y en concordancia a lo establecido en el Art. 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial, como lo es el Programa del Vaso de Leche; Que, concordante con el considerando precedente, el Articulo 19º del MORDAZA citado texto legal, prescribe que estan exonerados de Licitacion Publica y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o urgencia; y, Estando a lo expuesto con el MORDAZA MAYORITARIO del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, en el distrito de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, por el termino de noventa (90) dias. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, la exoneracion al MORDAZA de seleccion contemplado en el Articulo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y aprobar la adquisicion por adjudicacion directa de menor cuantia. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0872

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2000/MDR MORDAZA, 12 de enero del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el proximo 2 de febrero del 2000, se celebrara el 80º Aniversario de creacion politica del distrito del Rimac; Que, es tradicion de los vecinos de esta Comuna el respeto y la participacion en los actos civicos conmemorativos de un ano mas de MORDAZA Institucional de la Municipalidad que los representa, por ende, es necesario dar el MORDAZA de solemnidad que amerita tan magna fecha; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento general del distrito del MORDAZA, del 29 de enero al 6 de febrero del 2000, incluyendose en esta disposicion a todos los predios MORDAZA privados o publicos, de vivienda o comercio. Articulo Segundo.- DISPONER que los predios senalados en el articulo precedente deberan estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada de los mismos. Articulo Tercero.- Los vecinos que incumplan lo dispuesto por el presente Decreto, se haran acreedores a las sanciones establecidas en el Reglamento de Aplicacion y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital del Rimac. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a la Direccion de Seguridad Ciudadana. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 0818

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