Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2000 (22/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de enero de 2000

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

Registrese y comuniquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 0815

Disponen permanencia de un ejemplar canino de raza "Perro Peruano" en mu- Nombran miembros de comites seos de sitio y zonas arqueologicas de medicos de las AFP y de la Superintendencia la Costa
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 001/INC MORDAZA, 4 de enero de 2000 CONSIDERANDO: Que, Instituto Nacional de Cultura como organismo central y responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion, tiene como finalidad afirmar la identidad nacional, mediante la ejecucion descentralizada de acciones orientadas a la preservacion, formacion y difusion cultural, que promuevan el desarrollo de la cultura y permitan el acceso y participacion de la poblacion a las diferentes manifestaciones culturales del MORDAZA, asi como, fomentar las acciones que incentiven y produzcan bienes culturales, realizando sus actividades y empleando la cultura como un instrumento de desarrollo nacional; Que, en el Peru Prehisp anico la presencia del perro con caracteristicas especiales como la de no poseer pelaje, lo hace el unico perro americano arqueologico, testimonio de ello se encuentra en las culturas Vicus, Chimu, MORDAZA y Chancay, los mismos que han sido representados en la ceramica encontrada actualmente, habiendo recobrado gran interes por tratarse de una raza de caracteristicas atavicas que aparecen en las esculturas pre colombinas, demostrandose asi su existencia en dicha epoca en convivencia con el antiguo poblador peruano, sirviendole como cobija en su propia MORDAZA y atribuyendoles propiedades medicinales, por lo que recientemente se les considera como la raza del perro peruano sin pelo, siendo objeto de estudios de varias ciencias como son la arqueologia, la historia, la medicina popular y la cientifica; Que, mediante Ley Nº 25790 se creo el Sistema Nacional de Museos del Estado, con la finalidad de integrar tecnica y normativamente a los Museos de las Entidades Publicas existentes en el territorio nacional, mediante la aplicacion de principios, normas, metodos y tecnicas para garantizar la defensa, conservacion, investigacion y exhibicion del Patrimonio Cultural Mueble Peruano, teniendo como funciones difundir, dentro y fuera del MORDAZA, los valores del Patrimonio Cultural, los mismos que estan a cargo del Instituto Nacional de Cultura; Estando a lo visado por la Gerencia Administrativa, la Direccion General del Sistema Nacional de Museos del Estado, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley Nº 25790, que crea el Sistema Nacional de Museos del Estado y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 50-94-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DISPONER la permanencia de un ejemplar canino de raza "Perro Peruano" en los Museos de Sitio pertenecientes al Sistema Nacional de Museos y en las Zonas Arqueologicas de la Costa peruana, que cuenten con las condiciones necesarias que permitan su crianza y desarrollo natural, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion del Instituto Nacional de Cultura, proveer la adquisicion de los ejemplares caninos necesarios para el logro del objetivo senalado en el articulo precedente, y la asignacion de los recursos economicos necesarios para su alimentacion y cuidado. Articulo 3º.- Los Directores de los Museos de Sitio y Zonas Arqueologicas a que se refiere el primer articulo de la presente Resolucion, dispondran de las acciones necesarias para el cuidado, alimentacion, crianza y desarrollo de los caninos, bajo responsabilidad. RESOLUCION Nº 039-2000-EF/SAFP MORDAZA, 19 de enero del 2000 VISTOS: La comunicacion C321/99 de la Asociacion de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AAFP) de fecha 99.12.22 recibida por la Superintendencia el 99.12.22 con Registro de ingreso Nº 066411, el Memorandum Nº 030-2000/ SAFP.3 de la Gerencia de Control de Inversiones, Instituciones y Prestaciones, asi como la Resolucion Nº 008-2000-EF/SAFP; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 122º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF, establece que el Comite Medico de las AFP (COMAFP) se encuentra conformado por seis (6) medicos, de los cuales cinco (5) son designados por las AFP y uno (1) por la Asociacion Peruana de Empresas de Seguros (APESEG), teniendo vigencia de un (1) ano y pudiendo ser renovada por dos (2) periodos adicionales; Que, el Articulo 126º del precitado reglamento dispone que el Comite Medico de la Superintendencia (COMEC) se encuentra conformado por tres (3) representantes medicos de la Superintendencia, uno de los cuales actuara como secretario, un (1) representante de las Facultades de Medicina de las universidades del MORDAZA o del Colegio Medico del Peru, segun lo establezca esta Superintendencia, un (1) representante de las AFP y un (1) representante de la Asociacion Peruana de Empresas de Seguros (APESEG); Que, mediante Resolucion Nº 008-2000-EF/SAFP, de fecha 2000.1.5, se aceptaron las renuncias de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Campodonico y MORDAZA Tillit MORDAZA a los cargos de miembros representantes de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) ante el Comite Medico de las AFP (COMAFP) y el Comite Medico de la Superintedencia (COMEC), respectivamente; Que, mediante comunicacion ingresada a esta Superintendencia el 99.12.22, la Asociacion de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AAFP) propone la designacion, como representante ante el COMAFP, al doctor MORDAZA Tillit MORDAZA y, como representante ante el COMEC, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin que se realice el nombramiento correspondiente; Que, en consecuencia, corresponde efectuar el nombramiento de los miembros senalados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 05497-EF, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF; el Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones, aprobado por Resolucion Nº 232-98-EF/SAFP y el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 220-92-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar como miembro del Comite Medico de las AFP (COMAFP), en representacion de las AFP, al doctor MORDAZA Tillit Ibarra. Articulo 2º.- Nombrar como miembro del Comite Medico de la Superintendencia (COMEC), en representacion de las AFP, al doctor MORDAZA MORDAZA Quevedo. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 0850

SAFP

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