Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2000 (22/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal de Asuntos Academico-Profesionales ESTUARDO MARROU MORDAZA Vocal de Asuntos Internacionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnologia Educativa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 0871

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de enero de 2000

SDE sobre "Lineamientos para la Auditoria al Programa del Vaso de Leche por los Organos del Sistema Nacional de Control y Sociedades de Auditoria designadas, en el ambito de los Gobiernos Locales" y su correspondiente "Guia de Examen Especial para el Programa del Vaso de Leche"; De conformidad con lo establecido en los Articulos 24º y 29º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada mediante Decreto Ley Nº 26162 y con la MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27212; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 003-2000-CG/ SDE, "Informacion a ser recibida por la Contraloria General de la Republica con relacion al Gasto del Programa del Vaso de Leche", la misma que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion de Contraloria Nº 033-99-CG, del 26 de marzo de 1999, que aprueba la Directiva Nº 002-99-CG/SDE. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica DIRECTIVA Nº 003-2000-CG/SDE INFORMACION A SER RECIBIDA POR LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CON RELACION AL GASTO DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE I. FINALIDAD Precisar la informacion sobre ejecucion del gasto del Programa del Vaso de Leche, que deben remitir las municipalidades provinciales y distritales a la Contraloria General, para la supervision y control del mismo. II. ALCANCE Las disposiciones contenidas en la presente Directiva se aplican a todas las municipalidades provinciales y distritales del pais. III. BASE LEGAL a) Constitucion Politica del Peru, Articulo 82º. b) Decreto Ley Nº 26162 del 29.12.92, Ley del Sistema Nacional de Control. c) Ley Nº 24059 del 21.12.84, de Creacion del Programa del Vaso de Leche. d) Leyes Anuales de Presupuesto aplicables durante la vigencia de la presente Directiva. e) Resoluciones Directorales del Ministerio de Economia y Finanzas, que aprueban las Directivas para el MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales, aplicables durante la vigencia de la presente Directiva. IV. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 1. Las municipalidades provinciales y distritales informaran a la Contraloria General de la Republica sobre el gasto efectuado y origen de los alimentos adquiridos, utilizando el Formato PVL "Informacion Mensual del Programa del Vaso de Leche" (Anexo Nº 1), este formato debera llenarse por cada mes en que se reciba recursos del Tesoro Publico, consignando el monto total de los compromisos efectuados en el mes, que incluye los montos pagados y los compromisos pendientes de pago con cargo a recursos del Programa. Los Formatos PVL seran presentados a la Contraloria General de la Republica de manera trimestral, dentro de los quince (15) dias utiles posteriores al termino de cada trimestre, debiendose presentar los tres formatos que corresponden al trimestre reportado. Cabe indicar que el Formato PVL a remitirse a la Contraloria General forma parte del Sistema de Integracion Contable de la Nacion (SICON) distribuido por la Contaduria Publica de la Nacion; en tal sentido, las municipalidades en las que se MORDAZA implementado el SICON ingresaran la informacion sobre el PVL en dicho Sistema, imprimiendo el formato correspondiente que debera ser remitido a la Contraloria General de la Republica. 2. El Formato PVL, "Informacion Mensual del Programa del Vaso de Leche", es el mismo que se encuentra contenido en la Directiva Nº 02-99-CG/SDE aprobada con Resolucion de Contraloria Nº 033-99-CG del 26 de marzo de 1999. Dicho formato se adjunta en el Anexo Nº 1, habiendose perfeccionado unicamente el instructivo correspondiente. 3. La MORDAZA trimestral de los Formatos PVL, se efectuara en la Sede Central o Sedes Regionales de Auditoria de la Contraloria General de la Republica, segun el ambito territorial detallado en el Anexo Nº 2.

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
FE DE ERRATAS RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 002-2000-PCNM Fe de Erratas de la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 002-2000-PCNM, publicada en nuestra edicion del dia 19 de enero de 2000, en la pagina 182845 . En el decimo MORDAZA considerando, en la setima linea DICE: "...laboral..." DEBE DECIR: "...labor..." 0858

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban directiva sobre informacion mensual a ser recibida por la Contraloria General de la Republica con relacion al gasto del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 009-2000-CG MORDAZA, 20 de enero de 2000 Vistos, la Hoja de Recomendacion Nº 01-2000- CG/SDE/ DEST, del 12 de enero del 2000, mediante la cual la Gerencia de Supervision y Desarrollo propone para su aprobacion el Proyecto de Directiva sobre informacion mensual del gasto del Programa del Vaso de Leche que debe recibir la Contraloria General de la Republica; contando con la visacion de la Secretaria Tecnico Juridica y de Etica. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27212 de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000, la Contraloria General de la Republica supervisa y controla el gasto del Programa del Vaso de Leche a nivel provincial y distrital, debiendo las municipalidades respectivas rendir cuenta del gasto efectuado y del origen de los alimentos adquiridos; Que, para los fines de supervision y control del gasto, la citada Ley ha dispuesto que la Contraloria General emita una directiva MORDAZA el modo y oportunidad de la rendicion de cuenta que efectuen las municipalidades, siendo pertinente disponer la rendicion trimestral de los formatos de informacion mensual; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 118-99-CG, del 1 de octubre de 1999, se ha aprobado la Directiva Nº 07-99-CG/

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