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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2000 (22/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 182966 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de enero de 2000 MANUEL ZEVALLOS VERA Vocal de Asuntos Académico-Profesionales ESTUARDO MARROU LOAYZA Vocal de Asuntos Internacionales JORGE CAMPOS REY DE CASTRO Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnología Educativa CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 0871 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA FE DE ERRATAS RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 002-2000-PCNM Fe de Erratas de la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 002-2000-PCNM, publicada en nuestra edi- ción del día 19 de enero de 2000, en la página 182845 . En el décimo quinto considerando, en la sétima línea DICE: "...laboral..." DEBE DECIR: "...labor..." 0858 CONTRALORIA GENERAL Aprueban directiva sobre información mensual a ser recibida por la Contralo- ría General de la República con rela- ción al gasto del Programa del Vaso de Leche RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 009-2000-CG Lima, 20 de enero de 2000 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 01-2000- CG/SDE/ DEST, del 12 de enero del 2000, mediante la cual la Gerencia de Supervisión y Desarrollo propone para su aprobación el Proyec- to de Directiva sobre información mensual del gasto del Progra- ma del Vaso de Leche que debe recibir la Contraloría General de la República; contando con la visación de la Secretaría Técnico Jurídica y de Etica. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Segunda Disposición Comple- mentaria y Transitoria de la Ley Nº 27212 de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, la Contraloría General de la República supervisa y controla el gasto del Programa del Vaso de Leche a nivel provincial y distrital, debiendo las muni- cipalidades respectivas rendir cuenta del gasto efectuado y del origen de los alimentos adquiridos; Que, para los fines de supervisión y control del gasto, la citada Ley ha dispuesto que la Contraloría General emita una directiva normando el modo y oportunidad de la rendición de cuenta que efectúen las municipalidades, siendo pertinente disponer la rendición trimestral de los formatos de información mensual; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 118-99-CG, del 1 de octubre de 1999, se ha aprobado la Directiva Nº 07-99-CG/SDE sobre “Lineamientos para la Auditoría al Programa del Vaso de Leche por los Organos del Sistema Nacional de Control y Sociedades de Auditoría designadas, en el ámbito de los Gobiernos Locales” y su correspondiente “Guía de Examen Especial para el Programa del Vaso de Leche”; De conformidad con lo establecido en los Artículos 24º y 29º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada mediante Decreto Ley Nº 26162 y con la SEGUNDA Disposición Comple- mentaria y Transitoria de la Ley Nº 27212; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 003-2000-CG/ SDE, “Información a ser recibida por la Contraloría General de la República con relación al Gasto del Programa del Vaso de Leche”, la misma que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 033-99-CG, del 26 de marzo de 1999, que aprue- ba la Directiva Nº 002-99-CG/SDE. Regístrese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República DIRECTIVA Nº 003-2000-CG/SDE INFORMACION A SER RECIBIDA POR LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CON RELACION AL GASTO DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE I. FINALIDAD Precisar la información sobre ejecución del gasto del Progra- ma del Vaso de Leche, que deben remitir las municipalidades provinciales y distritales a la Contraloría General, para la supervisión y control del mismo. II. ALCANCE Las disposiciones contenidas en la presente Directiva se aplican a todas las municipalidades provinciales y distritales del país. III. BASE LEGAL a) Constitución Política del Perú, Artículo 82º. b) Decreto Ley Nº 26162 del 29.12.92, Ley del Sistema Nacional de Control. c) Ley Nº 24059 del 21.12.84, de Creación del Programa del Vaso de Leche. d) Leyes Anuales de Presupuesto aplicables durante la vigencia de la presente Directiva. e) Resoluciones Directorales del Ministerio de Economía y Finanzas, que aprueban las Directivas para el Proceso Presu- puestario de los Gobiernos Locales, aplicables durante la vigen- cia de la presente Directiva. IV. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 1. Las municipalidades provinciales y distritales informa- rán a la Contraloría General de la República sobre el gasto efectuado y origen de los alimentos adquiridos, utilizando el Formato PVL “Información Mensual del Programa del Vaso de Leche” (Anexo Nº 1), este formato deberá llenarse por cada mes en que se reciba recursos del Tesoro Público, consignando el monto total de los compromisos efectuados en el mes, que incluye los montos pagados y los compromisos pendientes de pago con cargo a recursos del Programa. Los Formatos PVL serán presentados a la Contraloría General de la República de manera trimestral, dentro de los quince (15) días útiles posteriores al término de cada trimestre, debiéndose presentar los tres formatos que corresponden al trimestre reportado. Cabe indicar que el Formato PVL a remitirse a la Contra- loría General forma parte del Sistema de Integración Contable de la Nación (SICON) distribuido por la Contaduría Pública de la Nación; en tal sentido, las municipalidades en las que se haya implementado el SICON ingresarán la información sobre el PVL en dicho Sistema, imprimiendo el formato correspon- diente que deberá ser remitido a la Contraloría General de la República. 2. El Formato PVL, “Información Mensual del Programa del Vaso de Leche”, es el mismo que se encuentra contenido en la Directiva Nº 02-99-CG/SDE aprobada con Resolución de Con- traloría Nº 033-99-CG del 26 de marzo de 1999. Dicho formato se adjunta en el Anexo Nº 1, habiéndose perfeccionado únicamente el instructivo correspondiente. 3. La presentación trimestral de los Formatos PVL, se efectuará en la Sede Central o Sedes Regionales de Auditoría de la Contraloría General de la República, según el ámbito territo- rial detallado en el Anexo Nº 2.