Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2000 (22/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 22 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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durante el periodo vacacional, asi como atender al publico, recibir documentos, custodiar los expedientes y el archivo, y proporcionar la informacion que se requiera. h) Actividades del personal que no alcance el record vacacional o no le corresponda, entre ellos los de contratos por servicios no personales. Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, tomaran las medidas adecuadas que permitan que el personal eventual, o que no cuente con el tiempo requerido por ley o no le corresponda por estar sujeto a contrato por servicios no personales, realicen labores de apoyo en la depuracion de expedientes conforme a la Resolucion Administrativa Nº 11299-SE-TP-CME-PJ, inventario de expedientes pendientes de anos anteriores a 1995 inclusive y de 1996 a 1999 con especificacion del estado en que se encuentren los mismos, asi como otras tareas que se consideren necesarias. Articulo Quinto.- La Oficina de Control de la Magistratura, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, la Inspectoria General, la Procuraduria encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial y la Gerencia General deberan presentar en un plazo no mayor de cinco (5) dias utiles de publicada la presente Resolucion el rol de vacaciones para el ano 2000 del personal de las Oficinas de Administracion y de las Areas u Oficinas equivalentes a cargo de la Presidencia de la Corte, programacion que estara sujeta a aprobacion por la Secretaria Ejecutiva. Articulo Sexto.- A partir de la vigencia de la presente Resolucion, los organos jurisdiccionales deberan velar por que no se generen perjuicios procesales y materiales para las partes como consecuencia del periodo vacacional, bajo responsabilidad funcional. Como consecuencia de ello, las audiencias, informes orales y diligencias judiciales fijadas o iniciadas, deberan actuarse o concluirse preferentemente MORDAZA del inicio del periodo vacacional, debiendo reprogramarse de oficio las que hubieren sido senaladas para dicho periodo. Articulo Setimo.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, dispondran las medidas de seguridad en los Juzgados y MORDAZA en donde se este haciendo uso de su derecho vacacional, designandose para tal efecto el respectivo personal responsable del organo jurisdiccional quien MORDAZA cuenta al Magistrado o Sala de Vacaciones de cualquier aspecto relacionado con el funcionamiento de la dependencia a su cargo. En todos los casos se consideraran los auxiliares jurisdiccionales y administrativos necesarios para el eficaz y eficiente servicio de administracion de justicia. Asimismo, el Magistrado y la Sala de Vacaciones deberan orientar y supervisar las tareas encomendadas a los secigristas asignados en las dependencias a su cargo. Articulo Octavo.- En ningun caso se designaran Magistrados Suplentes y/o solicitara la contratacion de auxiliares jurisdiccionales y administrativos para realizar las labores en las MORDAZA y Juzgados de Vacaciones, y en las dependencias en donde se MORDAZA hecho uso del derecho vacacional. Articulo Noveno.- Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y Presidencia de las MORDAZA Supremas, Presidencia de las Cortes Superiores, Oficina de Control de la Magistratura, Inspectoria General, Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, Organos de Linea de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, Ministerio Publico y Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 0880

PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS TRIBUTARIOS Y ADUANEROS Y OTROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 339-97-CME-PJ de fecha 14 de marzo de 1997 se faculto a la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica para conocer en MORDAZA instancia las acciones penales por delitos tributarios, aduaneros y otros, asi como facultarla para crear MORDAZA Superiores y Juzgados Especializados en los mismos delitos, que fueren necesarios, con competencia a nivel nacional. Ampliandose las atribuciones conferidas a esta Suprema Sala mediante Resolucion Administrativa Nº 744-CME-PJ de fecha 22 de setiembre de 1998, para que tambien conozca en MORDAZA instancia y de manera exclusiva de los delitos previstos en los Capitulos V y VI del Titulo V, Capitulo III, Seccion I del Titulo XVIII y Capitulos I, II y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal; Que, estando a la considerable cantidad de expedientes existentes a nivel nacional debido a la ampliacion de facultades jurisdiccionales otorgadas a esta Suprema Sala mediante Resolucion Administrativa Nº 744-CME-PJ es necesario reactualizar el inventario fisico de las mismas, asi como de los expedientes existentes por delitos Tributarios y Aduaneros para determinar en forma real el numero de causas existentes y el estado procesal de las mismas. Debiendo para tal efecto designar a dos Vocales Superiores asi como tres jueces especializados para la ejecucion del referido inventario; Que, tambien se hace necesario designar un integrante de este Colegiado Supremo para que supervise la labor encomendada a los Magistrados de MORDAZA y Primera Instancia; En uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nºs. 339 y 774-CME-PJ y, estando a lo acordado en sesion de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Disponer la realizacion de un inventario fisico a nivel nacional de las causas seguidas por delitos Tributarios y Aduaneros y de los contenidos en la Resolucion Administrativa Nº 744-CME-PJ. Segundo.- Designar a los senores Vocales Superiores doctores MORDAZA MORDAZA Lorenzzi Goicochea y MORDAZA Adelid MORDAZA MORDAZA, asi como a los senores Jueces doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mere Espinoza; como los responsables de la ejecucion del referido inventario indistintamente. Tercero.- Designar al senor Vocal Supremo Provisional doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que supervise la labor encomendada a los Magistrados aludidos en el Articulo MORDAZA de la presente resolucion. Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, a la Gerencia Central de la Reforma, al senor Fiscal de la Nacion, a la senorita Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, a los senores Presidentes de las Cortes Superiores del MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura y al senor Superintendente de Aduanas. Quinto.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA AMPUERO DE FUERTES, MORDAZA MARULL MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0849

Aprueban Reglamento del Proyecto Disponen realizacion a nivel nacional de Educacion a Distancia para Made inventario de procesos seguidos gistrados RESOLUCION DE LA COMISION DE por delitos tributarios y aduaneros y REORGANIZACION Y GOBIERNO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA de los referidos en la Res. Adm. Nº 744N°02-2000-AMAG-CRG CME-PJ MORDAZA MORDAZA, 21 de enero del 2000
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 03-2000-P-STP-EDTA-CS MORDAZA, 21 de enero del 2000 VISTA: La propuesta de la Direccion Academica presentada mediante Memorandum N° 481-99-DA/AMAG, de fecha 14 de

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

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