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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2000 (22/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 182971 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de enero de 2000 consignarse en la parte pertinente del Artículo Cuarto: "Segun- da Fiscalía Superior en lo Civil: 5 Turnos", siendo el correcto: Segunda Fiscalía Superior en lo Civil: 6 Turnos, y en el Artículo Sexto: "4 de enero del presente año", siendo el correcto: 1 de enero del presente año; es necesario subsanar. En consecuencia, estando al Acuerdo Nº 560 - adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejándose constancia que el señor doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se encuentra de vacaciones; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Subsanar la parte pertinente de los Artículos Cuarto y Sexto de la Resolución Nº 051-2000-MP- CEMP de 19 de enero del 2000, que dice: "Segunda Fiscalía Superior en lo Civil: 5 Turnos", debiendo decir: Segunda Fiscalía Superior en lo Civil: 6 Turnos; "4 de enero del presente año", debiendo decir: 1 de enero del presente año, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordina- ción Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisio- nal de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima y Fiscales Superiores en lo Civil de Lima, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 0863 ADUANAS Autorizan viaje de servidores para parti- cipar como instructores en evento de capacitación aduanera, a realizarse en Ecuador RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000104 Callao, 18 de enero de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante documento Fax de fecha 7 de enero del 2000, la Corporación Aduanera Ecuatoriana -CAE- solicita a la Su- perintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, la colabora- ción de instructores para el desarrollo de un segundo programa de capacitación de asignaturas en materia aduanera, en los temas de Valoración, Nomenclatura y Técnicas de Aforo, a desarrollarse del 21 de enero al 7 de febrero del 2000, en la ciudad de Quito, Ecuador; Que, en virtud del acuerdo de Cooperación Aduanera entre ambos países, se ha designado en representación de ADUA- NAS, al Sr. Ing. JESUS SANCHEZ ORO, Profesional Especia- lista en Aduanas II, de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, Sr. RICARDO DAVILA VEGA, Jefe de División (e) de la Escuela Nacional de Aduanas y Sr. Abog. JORGE CUE- VAS SORIANO, Profesional Especialista I, de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, quienes participarán en calidad de instructores en el mencionado evento; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje en Comisión de Servicios de los mencionados trabajadores, de acuerdo al cronograma aprobado, cuyos gastos por concepto de pasajes, alojamiento y alimentación serán asumidos por la Corporación Aduanera Ecuatoriana - CAE;De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27170 y en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, En uso de las facultades establecidas por Resolución Supre- ma Nº 168-99-EF de fecha 22 de abril de 1999 y de conformidad con el Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduan as Nº 001223 de fecha 24 de noviembre de 1999, que aprueban la Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje en Comisión de Servi- cios, de los trabajadores de la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la ciudad de Quito, Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, de acuerdo a los períodos que a continuación se indican: INTENDENCIA NACIONAL DE TECNICA ADUANERA Sr. Ing. JESUS SANCHEZ ORO Profesional Especialista Del 21 al 24 de en Aduanas II enero del 2000 ESCUELA NACIONAL DE ADUANAS Sr. RICARDO DAVILA VEGA Jefe de División (e) Del 28 al 31 de enero del 2000 INTENDENCIA DE ADUANA MARITIMA DEL CALLAO Sr. Abog. JORGE CUEVAS Profesional Especialista I Del 4 al 7 de SORIANO febrero del 2000 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos íntegramente por la Cor- poración Aduanera Ecuatoriana - CAE, no significando gasto alguno al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuest os de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 0806 CONSUCODE Declaran nulo otorgamiento de buena pro de diversos ítems en licitación pública convocada por el Ministerio de Educación para adquisición de vehículos TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 010/2000.TC-S1 Lima, 19 de enero de 2000 Visto en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del 19.1.2000, el Expediente Nº 001/2000.TC, referente al recurso de revisión interpuesto por la empresa YAMAHA MOTOR DEL PERU S.A., contra el otorgamiento de la Buena Pro correspondiente a los ítems 14, 15 y 16 de la Licitación Pública Nº 014-99-ED, convocada por el Ministerio de Educación para la adquisición de treinta motocicletas chacareras para el Programa de Educación Básica para Todos. CONSIDERANDO: Que, el 3.12.99, el Comité Especial designado para conducir el proceso de selección, aprobó los resultados de la evaluación técnica elaborada por la firma consultora S.G.S. del Perú S.A., luego de lo cual procedió a la evaluación de las propuestas económicas, obteniendo los respectivos puntajes totales, y otor- gando en consecuencia la Buena Pro de los ítems 14, 15 y 16 al postor Yamaha Motor del Perú S.A.; Que, el 7.12.99, el postor Honda del Perú S.A. interpuso recurso de apelación contra el acotado otorgamiento de la Buena Pro, manifestando que de acuerdo a las Bases de Licitación, así como a la absolución de consultas de los postores, las motocicle-